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El Peruano Domingo 24 de mayo de 2015 553240 CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Regional y Gobiernos Locales a partir del año 2003, vienen realizando los Procesos de Programación Presupuestaria en forma participativa, básicamente en lo que comprende el rubro de inversiones, tomando como referencia la Programación Presupuestal Multianual de Inversión Pública; para llevar a cabo dicho proceso se requiere contar con un Equipo Técnico con experiencia en Planeamiento y Presupuesto Participativo; en tal sentido el Proceso de Planeamiento y Presupuesto Participativo implica una Gestión de Desarrollo Regional para fortalecer las relaciones Estado-Sociedad y con la participación directa de los Agentes Participantes del ámbito Regional: Que, el proceso de Presupuesto Participativo, es un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y trasparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones del Estado- Sociedad Civil, para lograr consensos básicos en materia de prioridades de gasto, con énfasis en la inversión; Que mediante Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Modifi catoria Ley Nº 29298 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, establecen las disposiciones para el cumplimiento del Presupuesto Participativo; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76,01, el Ministerio de Economía y Finanzas ha aprobado el Instructivo Nº 001-2010-EF/76,01, referido al Proceso del Presupuesto Participativo, a través del cual se norma, instruye y orienta en desarrollo del proceso; Que, en el Art.15º (literal C) de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, se establece como atribución del Consejo Regional aprobar el Plan Anual y Presupuesto Participativo en el marco del Plan de Desarrollo Regional y de conformidad a las normas vigentes en esta materia; Que, el Proceso del Presupuesto Participativo es un instrumento de concertación que debe sincronizar el Gobierno Regional, Gobierno Local Provincial y Gobierno Local Distrital, mediante una articulación territorial en forma concertada y transparente. Lo que mediante una Gestión Estratégica, permitirá vincular Planeamiento Estratégico con el Presupuesto por Resultados. Que, es necesario establecer las reglas claras sobre los procedimientos y mecanismos para realizar el Proceso de Planeamiento y Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2016 del Gobierno Regional Huánuco, a nivel de Gobierno Regional y Gobiernos Locales de manera efi ciente y efi caz, promoviendo la participación democrática de los actores económicos, sociales y políticos; Que, el Presupuesto Participativo es un instrumento de decisión y Gestión democrático para el uso de los recursos asignados del Presupuesto Regional, en función al Plan Desarrollo Regional Concertado, en donde se establecen la Visión, Dimensiones de Desarrollo y Objetivos Estratégicos; Que, mediante Ofi cio Nº 346-2015-GRH/GR de fecha 27 de Abril de 2015, el Gobernador Regional solicita al Consejo Regional aprobar el Plan de Trabajo y Reglamento para el Desarrollo del Proceso de Planeamiento y Presupuesto Participativo basado en Resultados 2016 del Gobierno Regional Huánuco, expediente acompañado con el Informe Técnico Nº 083-2015-GRH-GRPPAT/ SGPER de la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Estadística y el Informe Nº 0816-2015-GRH/ORAJ emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, con dictamen de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional, con la exposición del Presidente de la Comisión, se sometió al Pleno del Consejo aprobándose por unanimidad; Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el dictamen favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9o, 10º, 11º, 15º, y 38 de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales Nº 27867; Que, el Artículo 38º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la Organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15º y 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: APROBAR EL PLAN DE TRABAJO Y REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DEL PROCESO DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS 2016 Artículo Primero.- APROBAR, el Plan de Trabajo y el Reglamento del Proceso de Planeamiento y Presupuesto Participativo Basado en Resultado 2016 del Gobierno Regional Huánuco, que constituye el documento técnico para la organización y ejecución del proceso de Presupuesto Participativo en el ámbito de la Región Huánuco, cuyo texto se adjunta y se encuentra rubricado en cada uno de los folios, forma parte integrante de la presente ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la implementación y difusión del presente reglamento. Artículo Tercero.- DISPONER, las medidas necesarias para la Identifi cación y acreditación de los Agentes Participantes del Proceso de Planeamiento y Presupuesto Participativo Basado en Resultado 2016, el cual será aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, al Gobernador Regional y al Consejo de Coordinación Regional, asumir el liderazgo promoviendo que los procesos se realicen de manera sincronizada, es decir se inicien primero en los distritos, luego en las provincias y después en la región, teniendo en cuenta los plazos establecidos. Artículo Quinto.- DISPONER, que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, garantice la asignación presupuestaria para el fi nanciamiento del Proceso de Planeamiento y Presupuesto Participativo Basado en Resultado 2016 del Gobierno Regional Huánuco. Artículo Sexto.- DEROGUESE, o déjese sin efecto, las normas o actos administrativos que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Séptimo.- PUBLICAR, la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 42º de la ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huánuco para su promulgación. En la Provincia de Huánuco, a los quince días del mes de mayo del año dos mil quince. FORTUNATO MÁXIMO MAYO ADVINCULA Consejero Delegado Gobierno Regional Huánuco POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco, en la a Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil quince. RUBÉN ALVA OCHOA Gobernador Gobierno Regional Huánuco 1240963-1 Autorizan viaje de Gobernador Regional a Brasil, en comisión de servicios ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 049-2015-CR-GRH. Huánuco, 13 de mayo del 2015