Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2015 (30/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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Visto, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en los articulos 194º y 195º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para la administracion de sus bienes y rentas; Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades dispone que las Ordenanzas son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal por medio de la cual se regulan las materias de su competencia; Que, los articulos 55º, 56º y 59º de la referida Ley senalan que los bienes y derechos de su propiedad que administra se ejerce con autonomia, asi mismo pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotacion, arrendados o modificados su estado de posesion o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por acuerdo de Concejo Municipal; Que, los actos que realizan los gobiernos locales, respecto de los bienes de su propiedad, asi como los de dominio publico que se encuentran bajo su administracion, se ejecutan conforme a la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, en lo que fuera aplicable, estando obligados a remitir a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) informacion de los referidos bienes para su registro en el Sistema de Informacion Nacional de Bienes Estatales (SINABIP); Que, la vigente Ordenanza Nº 237-MDJM, que regula los procedimientos de arrendamiento, afectacion en uso o modificacion del estado de posesion de los bienes de propiedad estatal administrados o en posesion de la Municipalidad, tiene como base legal al derogado Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Que, es necesario regular la administracion actual de los bienes de acuerdo a las nuevas exigencias de modernizacion administrativa, en concordancia a los fines sociales institucionales; Que, en consecuencia, resulta necesario dictar una Ordenanza que regule los mecanismos y procedimientos que permitan una eficiente gestion de los bienes de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria; Que, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA tiene la autonomia economica, presupuestal, financiera, tecnica y funcional necesaria para la ejecucion de los actos de disposicion y administracion de los bienes de propiedad estatal cuya administracion esta a su cargo; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA LOS MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS QUE PERMITAN UNA EFICIENTE GESTION DE LOS BIENES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento que Regula los Mecanismos y Procedimientos que permitan una eficiente Gestion de los Bienes de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, el cual consta de cuatro (04) articulos del Titulo Preliminar, tres (03) Titulos, cinco (05) Capitulos, setenta y cuatro (74) articulos, cuatro (04) Disposiciones Complementarias Finales, cuyo texto forma parte integrante del presente dispositivo. Articulo Segundo.- DEROGAR las Ordenanzas Nº 237-MDJM y Nº 243-MDJM, asi como todas aquellas normas que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Por Decreto de Alcaldia se dictaran las disposiciones complementarias y reglamentarias para el debido cumplimiento de la presente norma. Articulo Cuarto.- ENCARGUESE a la Secretaria General, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 4º del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, la publicacion del

El Peruano Sabado 30 de MORDAZA de 2015

texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, sin el anexo correspondiente. Articulo Quinto.- ENCARGUESE a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicacion de la presente Ordenanza en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA www.munijesusmaria.gob. pe y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA ALBERTOS MORDAZA CLAEYSSEN MORDAZA 1244373-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Ordenanza que suspende temporalmente el procedimiento de visacion de planos y memoria descriptiva y procedimiento de constancias de posesion para fines de otorgamiento de servicios basicos, contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 290 La MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2015 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, la propuesta de Ordenanza de Suspension Temporal de los Procedimientos Nº 6.31 y 6.52 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), de la Municipalidad de La Molina; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 194º y su modificatoria por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, reconoce a los gobiernos locales, autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo IV del Titulo de la Ley Nº 27972, Ley Organica de las Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que las ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Asimismo establece que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen, exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por la ley; Que, la Ley Nº 30327 ­ Ley de Promocion de las Inversiones para el Crecimiento Economico y el Desarrollo Sostenible, publicado el 21 de MORDAZA del 2015, tiene por objeto promocionar las inversiones para el crecimiento economico y el desarrollo sostenible, estableciendo la simplificacion e integracion de permisos y procedimientos, asi como medidas de promocion de la inversion; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30327, incorpora el articulo 376-B del Codigo Penal con el siguiente texto: "Articulo 376-B.Otorgamiento ilegitimo de derechos sobre inmuebles. El funcionario publico que, en violacion de sus atribuciones u obligaciones, otorga ilegitimamente derechos de posesion o emite titulos de propiedad sobre bienes de dominio publico o bienes de dominio privado estatal, o bienes inmuebles de propiedad privada, sin cumplir con los requisitos establecidos por la normatividad vigente,

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