Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2015 (30/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades en su Articulo 53º dispone que los Municipios se rigen por Presupuestos Participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados en su jurisdiccion, precisando el Articulo 97º que los planes de desarrollo municipal concertados y sus Presupuestos Participativos tienen un caracter orientador de la inversion, asignacion y ejecucion de los recursos municipales, los que deben ser aprobados por el Concejo Municipal. Del mismo modo en su Articulo 112º, senala que los Gobiernos Locales promueven la participacion vecinal en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestion; Que, la Ley Nº 28056 que aprueba la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y el Decreto Supremo Nº 1422009-EF que aprueba el Reglamento de la ley en mencion, establecen disposiciones y lineamientos que permiten asegurar la efectiva participacion de la Sociedad Civil en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto, el cual se desarrolla en MORDAZA con los Planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Locales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 097-2009-EF se establece los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecucion que permiten delimitar los proyectos de inversion del Presupuesto Participativo, en concordancia con la normatividad del Sistema Nacional de Inversion Publica que aseguren su ejecucion en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto; Que, por Resolucion Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 "Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados", publicado en el diario oficial "El Peruano" el dia sabado 10 de MORDAZA de 2010, se establecio los mecanismos y pautas para el desarrollo del MORDAZA en los Gobiernos Locales, entre otros; Que, en el presente MORDAZA, el Gobierno Municipal debe estar a la altura de las exigencias de los lineamientos establecidos para la mejora de la gestion municipal cuyo objetivo principal es impulsar reformas que permitan lograr el crecimiento y el desarrollo sostenible de la economia local y la mejora de su gestion, en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion y mejora de la competitividad; Que, con Informe Nº 0026-2015-MDLO/GPP/SGPR, de fecha 08 de MORDAZA de 2015 MORDAZA con Informe Nº 0031-2015-MDLO/GPP/SGPR de fecha 18 de MORDAZA de 2015 de la Subgerencia de Planeamiento y Racionalizacion, indica que, se han generado espacios de concertacion plasmados en las reuniones realizadas entre los funcionarios de la municipalidad vinculados al desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo 2016 y los miembros de la Sociedad Civil representados por el Consejo de Coordinacion Local Distrital y Comite de Vigilancia conforme se advierte del Oficio Nº 065/2015CCLD-SC de fecha 24 de MORDAZA de 2015 de su Presidente y del Acta de Acuerdo Nº 001-2015 de fecha 28 de MORDAZA de 2015, obrantes en los actuados administrativos, en base a los cuales se ha consolidado una propuesta de Proyecto de Ordenanza que regula el MORDAZA de Presupuesto Participativo correspondiente al ano fiscal 2016; Que, con Informe Nº 223-2015-MDLO/GAJ del 15 de MORDAZA de 2015 de la Gerencia de Asesoria Juridica, MORDAZA con Informe Nº 230-2015-MDLO/GAJ de fecha 18 de MORDAZA de 2015, indica que revisado el Proyecto de Ordenanza que regula el MORDAZA de Presupuesto Participativo correspondiente al ano fiscal 2016, este cumple con todos los presupuestos legales para su emision, por lo que opina por la procedencia de su aprobacion debiendo derivar todo lo actuado al Concejo Municipal para tal efecto; Estando a lo expuesto y con el Dictamen favorable de la Comision Permanente de Economia y Presupuesto, en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal con el MORDAZA UNANIME y dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; ha dado la siguiente: ORDENANZA Nº 413-2015-CDLO QUE REGULA EL MORDAZA DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO CORRESPONDIENTE AL ANO FISCAL 2016 Articulo Primero.- APROBAR EL REGLAMENTO QUE REGULA EL MORDAZA DE PRESUPUESTO

El Peruano Sabado 30 de MORDAZA de 2015

PARTICIPATIVO CORRESPONDIENTE AL ANO FISCAL 2016 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS MORDAZA, que en anexo forma parte de la presente Ordenanza y consta de Titulo I con II Capitulos; Titulo II, Titulo III con VI Capitulos, 42 Articulos, Dos Disposiciones Finales y Anexos 1, 2, 3 y 4. Articulo Segundo.- APROBAR la organizacion del distrito con distribucion homogenea de predios en 8 zonas, de acuerdo al detalle en el Anexo Nº 04. Articulo Tercero.- FACULTESE al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias de la presente Ordenanza y/o modifique el cronograma del MORDAZA de Presupuesto Participativo 2016 de ser el caso. Articulo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la GERENCIA MUNICIPAL, GERENCIA DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO, GERENCIA DE PARTICIPACION VECINAL, SUBGERENCIA DE PLANEAMIENTO Y RACIONALIZACION, la publicacion en el diario oficial "El Peruano" a la SECRETARIA GENERAL, su difusion a la SUBGERENCIA DE IMAGEN INSTITUCIONAL, y su debida implementacion en el sistema informatico en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de Los MORDAZA www.munilosolivos.gob.pe, MORDAZA del Estado Peruano www.peru.gob.pe, en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano www.serviciosalciudadano.gob.pe, a la GERENCIA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1243961-1

Designan y acreditan a Auxiliar Coactivo de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 285-2015-MDLO Los MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2015 VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 008-2015-CDLO de fecha 08 de febrero de 2015 que aprueba las bases y nombra al Comite para el Concurso Publico de Merito con el fin de designar un Auxiliar Coactivo y el Documento Simple Nº S-0017491-2015 por el que la postulante ganadora se desiste de tal condicion. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680 y Nº 28607, en concordancia con el Articulo II y IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los Gobierno Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, con la finalidad de promover el desarrollo y la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, de conformidad con los alcances del Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, que aprueban el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, prescribe en el Articulo 7º numeral 7.1 regulando que: "...la designacion del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuara mediante concurso publico de meritos...". Asimismo el numeral 7.2 del mismo texto legal prescribe que: "Tanto el Ejecutor como el Auxiliar Coactivo, ingresaran como funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejerceran su cargo a tiempo completo y dedicacion exclusiva; a mayor abundamiento, los requisitos y formalidades se encuentran debidamente establecidos en el Articulo 28º y siguientes del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM -Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, Decreto Legislativo Nº 276;

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