Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2015 (30/05/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Sabado 30 de MORDAZA de 2015

553705

Sivina MORDAZA, en razon a que a la entrada en vigencia de la mencionada Ley, tal supuesto no se habia cumplido. Cuarto. Que, este Organo de Gobierno ante un hecho de MORDAZA significacion, en especial, por lo que representa la trayectoria de un Juez con las cualidades humanas y profesionales del doctor MORDAZA Sivina MORDAZA, no puede dejar de hacer publico su mas profundo reconocimiento a quien, como el, ha dejado una huella indeleble en su paso por el Poder Judicial. Quinto. Que es importante destacar que el doctor MORDAZA Sivina MORDAZA comenzo su MORDAZA en 1966, y desde entonces fue escalando, con esfuerzo y merito personal, cada uno de los peldanos del escalafon judicial, desempenandose como Juez de Paz Letrado Titular del Distrito del MORDAZA, Juez Instructor Titular del MORDAZA Juzgado de Instruccion de MORDAZA y Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, hasta ser nombrado en virtud a sus competencias profesionales el 27 de diciembre de 1993 como Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la Republica. Sexto. Que durante el ejercicio de sus labores como Juez Supremo Titular desarrollo diversas funciones siempre de la mayor trascendencia y responsabilidad, como lo fueron la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, conforme al mandato para el que fue elegido por la Sala Plena de la Corte Suprema, y que ejercio durante el periodo 2003 a 2004. Asimismo, desempeno la Presidencia de la Comision Especial de Reforma Integral de la Administracion de Justicia (CERIAJUS), la Presidencia del Foro del Acuerdo Nacional por la Justicia, asi como la Presidencia del MORDAZA Nacional de Elecciones (JNE) en la que fue elegido por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por el periodo 2008 a 2012. De igual modo, ha sido distinguido con las siguientes condecoraciones: a) Orden MORDAZA del Peru en Grado de Gran MORDAZA, otorgado por el Presidente de la Republica del Peru; b) Orden de Gran MORDAZA Cruzeiro Do Sul, otorgado por el Presidente de la Republica Federativa del Brasil; c) Condecoracion Peruana de la Justicia, otorgada por el Poder Judicial; asi como otras distinciones de igual importancia que destacan el merito de su labor profesional y personal; y que por todo ello, merecen el reconocimiento de este Organo de Gobierno y del Poder Judicial. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo Nº 731-2015 de la vigesimo novena sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA Postigo, De MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; sin la intervencion de los senores Lecaros MORDAZA y MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- MORDAZA por limite de edad, a partir del 30 de MORDAZA del ano en curso, al doctor MORDAZA Sivina MORDAZA, en el cargo de Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Expresar reconocimiento publico, acorde a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion, al doctor MORDAZA Sivina MORDAZA por su destacada trayectoria como Juez y sus notables cualidades humanas y profesionales. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial; y al mencionado Juez de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA POSTIGO Presidente 1244261-2

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Establecen disposiciones aplicables a las MORDAZA Penales Permanente y Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE SALA PLENA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPUBLICA R.A. N° 17-2015-SP-CS-PJ MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2015 VISTO: El Oficio N° 1-2015/CEJS-CSJR cursado por los senores MORDAZA San MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Pastrana, Jueces Supremos Titulares, mediante el cual hacen llegar informe respecto a la necesidad de homologar las competencias funcionales de las dos MORDAZA Penales de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para que MORDAZA conozcan todos los asuntos del MORDAZA Codigo Procesal Penal de 2004. CONSIDERANDO: Primero.- Que del acopio de informacion estadistica de las MORDAZA Penales de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, en lo pertinente, se advierte lo siguiente: A. Que en el ano 2014 a la Sala Penal Permanente ingresaron ­en lo que es exclusivo de ella- 1 recurso de revision de medida disciplinaria, 15 recursos de apelacion de sentencias, 820 recursos de casacion y 482 recursos de queja. Esto es, un total de 1,318 causas del MORDAZA Codigo Procesal Penal. B. Que en lo que va del ano 2015 ingresaron a dicha Sala 7 recursos de apelacion de sentencias, 278 recursos de casacion y 142 recursos de queja. Vale decir, un total de 427 causas del MORDAZA Codigo Procesal Penal. C. Que, pese a que oportunamente se reordeno el sistema de redistribucion de causas, para que exista equiparidad numerica entre MORDAZA MORDAZA Supremas, lamentablemente ello no fue posible. Es asi que la Sala Penal Permanente recibio 84 causas adicionales en el ano 2014 y en lo que va del presente ano 2015 han ingresado un total de 22 causas adicionales. Segundo.- Que el volumen de asuntos que conoce este Supremo Tribunal con el MORDAZA Codigo Procesal Penal esta aumentando ano tras ano, sin perjuicio que el ingreso de las causas con el Codigo de Procedimientos Penales permanece estandarizado. Siendo asi, es desde todo punto de vista razonable que la competencia funcional de MORDAZA MORDAZA Supremas sea exactamente la misma para que la dinamica del Codigo se haga mas intensa. El riesgo de lineas jurisprudenciales contradictorias se relativiza con el hecho de que, aun cuando cada ano cambia el personal de las MORDAZA Supremas, precisamente para evitar este problema el propio MORDAZA Codigo Procesal Penal instituyo el mecanismo de las Sentencias Plenarias. Tambien tiende a superar ese obstaculo los Acuerdos Plenarios dispuestos por el articulo 116° de la Ley Organica del Poder Judicial, que son el vehiculo mas eficaz que se tiene, y utilizan con mas intensidad los Jueces Supremos en lo Penal, precisamente para garantizar la unidad en la interpretacion y aplicacion del Derecho Penal. Por tales fundamentos, estando al Acuerdo N° 482015 de la novena Sesion Extraordinaria de Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Republica de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del articulo 80° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, modificado por la Ley N° 27465. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Las MORDAZA Penales Permanente y Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica a partir del 1 de junio de 2015 tendran la misma competencia objetiva, material y funcional. Articulo Segundo.- Las reglas del reparto de causas, en especial de los recursos de apelacion de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.