Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2015 (09/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Lunes 9 de noviembre de 2015 /

El Peruano

Regionales: Formular, Aprobar y Evaluar las Políticas, Programas, Proyectos y Planes Regionales en materia de Educación, Salud, Trabajo y Vivienda Saneamiento, en concordancia con las Políticas Nacionales y Planes Sectoriales y los Planes de Desarrollo de los Gobiernos Locales; Que, mediante Oficio Nº 675-2015-GRH/GR presentado por el Gobernador Regional Ing. Rubén Alva Ochoa con fecha 21 de julio de 2015 dirigido al Consejero Delegado Ing. Máximo Fortunato Mayo Advíncula solicitando que mediante Ordenanza Regional se determine la aprobación de Políticas Regionales de Desarrollo Social del Gobierno Regional Huánuco; Que, con Informe Nº 114-2015-GRH/GRDS el Gerente Regional de Desarrollo Social CPC. Gustavo Alvarado Coz, eleva el documento al Gerente General Regional Ing. Wilson Arquíñigo Trujillo, comunicándole que mediante Informe Nº 096-2015-GRH/GRDS de fecha 11 de febrero de 2015 se formuló la propuesta de las Políticas de Desarrollo Social que permitirá la plasmación las políticas orientadas a la atención de la demanda (niños, niñas, jóvenes, adultos mayores, personas con discapacidad, víctimas de la violencia políticas, etc.), además será necesario entender que la atención a la demanda requiere de fortalecimiento de la oferta al que denominaremos políticas institucionales; Que, la Gerencia Regional de Desarrollo Social en cumplimiento a sus funciones ha elaborado las Políticas Regionales de Desarrollo Social, en materia de educación, salud, vivienda y saneamiento, trabajo y promoción del empleo de desarrollo e igualdad de oportunidades, población, seguridad ciudadana, participación ciudadana, así como la de formular proyectos sociales que favorezcan la equidad de género y reduzcan las desigualdades y eliminan los mecanismos de exclusión social de los grupos de atención prioritaria; Que, en marco de las Políticas Públicas Regionales, las Direcciones Sectoriales deberán elaborar los lineamientos de políticas sectoriales y transversales, es decir, considerando planes, proyectos, actividades y productos en los espacios que intervienen a nivel del Gobierno Regional, Local; así como de los programas sociales que dependen de los ministerios como es el caso de igualdad de Género, víctimas de violencia política, Primera infancia, Madre Gestante, Adultos Mayores; Que mediante Informe Nº 007-2015-GRH/D de fecha 27 de marzo de 2015 comunican al Presidente Regional Ing. Rubén Alva Ochoa el Acuerdo de Directorio 27/03/2015 (Acta Nº 007-2015-GRH/D) donde la Reunión de Directorio, por acuerdo UNÁNIME de los Gerentes Regionales emitieron los siguientes acuerdos, entre otros: · 1º Aprobar, la propuesta de Políticas Regionales de Desarrollo Social. Encargar, al Director Regional de Asesoría Jurídica, emitir la opinión legal para ser canalizado por la Presidencia al Consejo Regional para su aprobación mediante Ordenanza Regional. Se adjunta el Informe Nº 114-2015-GRH/GRDS en 03 folios y 01 espiralado. Que, con Informe Nº 0757-2015-GRH/ORAJ la Oficina Regional de Asesoría Jurídica (ORAJ) Abog. Gróver Visag Villanueva eleva el documento al Presidente del Gobierno Regional Huánuco Ing. Rubén Alva Ochoa, comunicándole que el Informe Nº 007-2015-GRH/D de fecha 27 de marzo de 2015 expedido por los Gerentes Regionales del Gobierno Regional Huánuco. Que, luego de realizar su apreciación jurídica invocando el Art. 44º de la Ordenanza Regional Nº 047-2013-CR-GRH de fecha 01/02/2013, Art. 45º de la referida norma sobre Funciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica inciso b) Conducir y supervisar las actividades jurídicas de asesoramiento, opinión legal, absolución de consultas, interpretación de disposiciones y normas legales sobre asuntos o documentación del Gobierno Regional que le sean encomendados. Que, en el Numeral 171,2 del Art. 171º de la Ley Nª 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General prescribe que: Los dictámenes e informes se presumirán facultativos y no vinculantes, con las excepciones de ley. Que, en el Art. 2º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, precisa que los Gobiernos Regionales emanan la voluntad popular.

Son persona jurídicas de derecho público con autonomía política, económica, y administrativa en asuntos de su competencia (...); siendo la autonomía una atribución constitucional conforme se desprende de los alcances del artículo 191º de la norma normarum. Que en el numeral 1.1. del Art. Iº del Título Preliminar y el Art. 1º de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General; Que, por los fundamentos antes expuestos se colige que la propuesta de Políticas Regionales de Desarrollo Social del Gobierno Regional Huánuco correspondiente al periodo 2015-2018 que desarrollará el Gobierno Regional Huánuco a través de la Gerencia de Desarrollo Social, se sujeta al principio de legalidad y forma parte de las competencias compartidas del Gobierno Regional, por lo que el mismo debe formalizarse a través de la Ordenanza Regional correspondiente. Y RECOMIENDA: Por los fundamentos antes glosados el Director Regional de Asesoría Jurídica que al final suscribe emite la siguiente OPINIÓN: Se ELEVE el presente y su anexos al Consejo Regional, a efectos que previo debate aprueba mediante Ordenanza Regional APRUEBE: la Propuesta de Políticas Regionales de Desarrollo Social del Gobierno Regional Huánuco correspondiente al periodo 2015-2018 que desarrollará el Gobierno Regional Huánuco a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social; previo debate y votación. Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el dictamen favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9o, 10º, 11º, 15º, y 38 de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales Nº 27867; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que las ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencias; así como el literal a) del artículo 15º de la citada Ley, señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de Huánuco de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA QUE APRUEBA LAS POLÍTICAS REGIONALES DE DESARROLLO SOCIAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO, LAS MISMAS QUE ESTÁN ORIENTADAS A: Artículo Primero.- APROBAR, Las POLÍTICAS REGIONALES DE DESARROLLO SOCIAL DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO, las mismas que están orientadas a: - Reducción de manera drástica la anemia y desnutrición crónica en la etapa de Desarrollo Infantil Temprano. - Reducir el índice de mortalidad materno neonatal, orientando los recursos y esfuerzos de manera óptima y articulada. - Mejora del nivel de aprendizaje de los estudiantes de la región Huánuco. - Incremento de Cobertura de los servicios de saneamiento básico de calidad en los Centros Poblados Rurales de la región Huánuco. - Mejorar la Protección del adulto mayor y la reducción progresivamente de los niveles de violencia familiar. - Fortalecimiento de la seguridad ciudadana en los ámbitos urbano y rural de la región Huánuco. - Promoción del empleo digno a la PEA de la Región Huánuco con la participación de las empresas privadas en el marco de la responsabilidad social. - Desconcentración de las instancias administrativas regionales de los sectores de Educación y Salud para mejorar la calidad del servicio.

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