Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2015 (13/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Viernes 13 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tiene impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que el literal b) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que es función rectora del Ministerio de Salud, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fiscalización, sanción y ejecución coactiva en materia de su competencia; Que, el literal a) del Artículo 7 de la precitada Ley, señala que en el marco de sus competencias, el Ministerio de Salud cumple con la función específica de regular la organización y prestación de servicios de salud; Que, el artículo 57 del Reglamento de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2006SA, dispone que para desarrollar sus actividades los establecimientos de salud deben contar con los documentos técnicos normativos y guías de práctica clínica; Que, el literal a) del artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, establece como una de las funciones de la Dirección General de Salud de las Personas, el proponer políticas de salud, prioridades sanitarias y estrategias de atención de las personas y el modelo de atención integral de salud, con alcance sectorial e institucional; Que, en virtud de ello, la Directora General de Salud de las Personas ha propuesto para su aprobación la Guía Técnica: "Guía de Práctica Clínica para el Diagnóstico, Tratamiento y Control de la Diabetes Mellitus Tipo 2, en el Primer Nivel de Atención", con la finalidad de contribuir a la reducción de la morbilidad y mortalidad de las personas con diabetes mellitus tipo 2; Que, estando a lo propuesto e informado por la Dirección General de Salud de las Personas y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 1374-2015-OGAJ/ MINSA; Con la visación de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Guía Técnica: "Guía de Práctica Clínica para el Diagnóstico, Tratamiento y Control de la Diabetes Mellitus Tipo 2, en el Primer Nivel de Atención", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas a través de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de Daños No Transmisibles, la difusión y evaluación de lo establecido en la presente Guía Técnica. Artículo 3.- El Instituto de Gestión de Servicios de Salud, las Direcciones de Salud de Lima, las Direcciones Regionales de Salud y las Gerencias Regionales de Salud o las que hagan sus veces a nivel regional son responsables de la difusión, implementación, monitoreo y supervisión de la presente Guía Técnica, dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/index.asp?op=115. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1311603-2

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Ratifican compromisos asumidos por el Ministerio con la provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac, para el desarrollo del servicio de capacitación para la inserción laboral por parte del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos" periodo 2015 - 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 223-2015-TR Lima, 12 de noviembre de 2015 VISTOS: El Oficio N° 803-2015-MTPE/3/24.2 de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos"; el Informe N° 439-2015/ JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGC de la Unidad Gerencial de Capacitación e Inserción Laboral Juvenil; el Informe N° 504-2015/JOVENES PRODUCTIVOS/ DE/UGAL de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Memorando N° 3376-2015/JOVENES PRODUCTIVOS/ DE/UGP, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación, y el Informe N° 1871-2015-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN

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