Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2015 (20/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano / Viernes 20 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

566911

Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informática y Estadística la publicación de la presente Ordenanza en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital: www. munisantanita.gob.pe Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 1314065-1

3.1.- Se precisa que los descuentos se efectuarán sobre el importe de la Sanción y/o Multa o sobre el saldo deudor en caso hubiera efectuado pago a cuenta. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 1314065-2

Modifican Artículo Tercero de la Ordenanza N° 168-2015/MDSA, que otorga beneficios tributarios y administrativos a contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 00181/MDSA Santa Anita, 17 de noviembre 2015 VISTO: El informe Nº 018-2015-SGCR-GR/MDSA, emitido por la Subgerencia de Control y Recaudación, para modificar el Art. 3º de la Ordenanza Nº 168-2015/ MDSA. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú, otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, la misma que es reconocida de conformidad a lo establecido en la Norma III y IV del Título Preliminar del Decreto Supremo Nº 133-2013-EF- Texto Único Ordenado del Código Tributario, pudiendo los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas, pueden crear, modificar y suprimir los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción, dentro de los límites establecidos por Ley; Que, mediante informe del visto, la Subgerencia de Control y Recaudación informa que mediante Ordenanza Nº 00168/MDSA, se otorgan diversos beneficios tributarios y administrativos. Sin embargo, existe un segmento de personas naturales y jurídicas que se encuentran en situación de deudores por tener resoluciones de sanción y/o multas administrativas impuestas hasta el presente ejercicio 2015, por ello se propone establecer un beneficio para otorgar descuentos y suspender las acciones coercitivas de cobranza no pecuniaria, entre otros, por ello plantea la modificación del Art. 3º de la referida ordenanza. Que, mediante informe Nº 665-2015-GAJ/MDSA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, indica que la ordenanza del beneficio tributario y administrativo cumple con los preceptos legales vigentes sobre la materia, por lo que emite opinión favorable; Estando a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por mayoría aprueba la siguiente Ordenanza: Artículo Unico.- Modifíquese el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 168-2015/MDSA que otorga beneficios tributarios y administrativos a los contribuyentes del distrito de Santa Anita; en los siguientes términos: Artículo Tercero.BENEFICIO PARA LAS OBLIGACIONES DE CARACTER NO TRIBUTARIO: Para las Resoluciones de Sanción y/o Multas Administrativas, el beneficio establecido en la ordenanza comprende un descuento para las multas emitidas hasta el 30/09//2015, de acuerdo al siguiente orden: · Descuento del 80%, de la multa administrativa, siempre y cuando lo cancele desde la entrada en vigencia de la presente ordenanza hasta el 30/11/2015. · Descuento del 80%, de la multa administrativa (Excepto para las sanciones administrativas impuestas mayores a S/. 50,000.00 Nuevos Soles), si es cancelada durante el periodo (01/12/2015 al 31/12/2015).

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Aceptan donación dineraria efectuada a favor de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 052-2015-MDLP La Perla, 6 de octubre del 2015 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha, 06 de Octubre del 2015, el Dictamen Nº 018-2015 de la Comisión Ordinaria de Administración, Economía y Presupuesto; que opina aprobar la donación que realiza la Empresa INVERSIONES D' CARBON S.A.C. ascendente a la suma de S/. 43,030.00 (CUARENTA Y TRES MIL TREINTA y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor de la Municipalidad Distrital de la Perla; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que "las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Órganos de Gobierno Local, tienen autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia''; Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 20) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972, precisa que son atribuciones del Concejo Municipal "Aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad"; Que, el Artículo 64º de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972, en su segundo párrafo precisa: "Las donaciones de bienes a favor de una municipalidad están exoneradas de todo impuesto, conforme a la ley de la materia..."; Que, mediante Carta S/N ­ RTD Nº 009599 de fecha 23 de setiembre del 2015, la Empresa INVERSIONES D' CARBON S.A.C., ofrece a esta Comuna, donar la suma de S/. 43,030.00 (CUARENTA Y TRES MIL TREINTA y 00/100 NUEVOS SOLES), con el propósito de ser asignados al mantenimiento de sardineles, veredas peatonales, instalación de grass natural, tachos de basura, y el mantenimiento de la pista auxiliar de la av. La Marina cdra. 06, Distrito de La Perla, Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Dictamen Nº 018-2015 de la Comisión Ordinaria de Administración, Economía y Presupuesto, se pronunció favorablemente sobre la aprobación del ofrecimiento de donación de la Empresa INVERSIONES D' CARBON S.A.C., conforme a los siguientes fundamentos: 1. Que, existe una necesidad latente en el ámbito de infraestructura urbana que debe ser satisfecha por la Corporación Edil, por lo que la donación propuesta por la Empresa INVERSIONES D' CARBON S.A.C. redundaría en el mejoramiento de la pista auxiliar de la cuadra 06 de

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