Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2015 (20/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Viernes 20 de noviembre de 2015 /

El Peruano

Que, el Deutsche Bank Group APAC College 2015 es un evento dirigido a funcionarios de entidades supervisoras de los países donde opera el Deutsche Bank, en el cual el European Central Bank (ECB) Joint Supervisory Team presentará el Deutsche Bank desde una perspectiva de grupo y cada supervisor realizará una presentación sobre los puntos destacados de las subsidiarias o sucursales del Deutsche Bank que operan en sus respectivos países; Que, en atención a la invitación cursada, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en beneficio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar a la señorita Wendy Maribel Okada Nishikawa, Jefe de Supervisión y Proyectos del Departamento de Supervisión Bancaria D de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas, para que participe en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-18, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", la Resolución SBS N° 6879-2015, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-18 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2015, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señorita Wendy Maribel Okada Nishikawa, Jefe de Supervisión y Proyectos del Departamento de Supervisión Bancaria D de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas de la SBS, del 20 al 26 de noviembre de 2015 a la ciudad de Singapur, República de Singapur, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2015, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo Viáticos US$ US$ 1 847,58 2 500,00

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Modifican la Ordenanza N° 315-2015MDA que aprueba Cuadro de Sanciones y Escala de Multas Administrativas y adecua los procedimientos de fiscalización y control de disposiciones administrativas municipales y de aplicación de sanciones por su incumplimiento
ORDENANZA Nº 322-2015-MDA Ancón, 20 de julio de 2015 VISTO: En Sesión Ordinaria deconcejo del 20 de julio del 2015 el Informe Nº 208-2015-GR/MDA de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, sobre proyecto de Ordenanza Nº 315-2015-MDA que establece el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas en el ámbito del distrito de Ancón y adecúa los procedimientos de Fiscalización y Control de Disposiciones Administrativas Municipales y de Aplicación de Sanciones por su incumplimiento, el Informe Nº 195-2015-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 841-2015-GM/MDA de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con fecha 29 de Abril de 2015 el Concejo Distrital de Ancón aprobó la Ordenanza Nº 315-2015MDA que establece el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas en el ámbito del distrito de Ancón y adecúa los procedimientos de Fiscalización y Control de Disposiciones Administrativas Municipales y de Aplicación de Sanciones por su incumplimiento; Que, mediante Informe Nº 208-2015-GR/MDA de fecha 16 de julio de 2015 la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas identificó determinados obstáculos para la aplicación de la Ordenanza Nº 315-2015-MDA, por lo cual se hace necesario realizar modificaciones a la misma con la finalidad de contar con un adecuado marco normativo que regule un debido procedimiento administrativo sancionador en la jurisdicción del distrito de Ancón; Que, mediante Informe Nº 195-2015/GAJ/MDA la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que la propuesta de ordenanza modificatoria remitida por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas se encuentra acorde al marco normativo, por lo que corresponde su aprobación por el concejo municipal. Ante ello la Gerencia Municipal, con Memorándum Nº 841-2015-GM/MDA dispone su elevación al Concejo Municipal para los fines de su competencia; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 315-2015-MDA QUE APRUEBA EL CUADRO DE SANCIONES Y ESCALA DE MULTAS ADMINISTRATIVAS Y ADECUA LOS PROCEDIMIENTOS DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS MUNICIPALES Y DE APLICACIÓN DE SANCIONES POR SU INCUMPLIMIENTO Artículo Primero.- Modifíquese los Artículos Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto y Octavo de

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 1314351-1

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