Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2015 (20/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

Viernes 20 de noviembre de 2015 /

El Peruano

Prado Saldarriaga, Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República, del 20 al 28; y del 21 al 28 de noviembre del presente año, respectivamente, concediéndoseles licencia con goce de haber por las mencionadas fechas, para que participen en el curso "Argumentación Jurídica e Interpretación de la Constitución y la Ley: Derechos Fundamentales y Recurso de Casación", desarrollado por el Instituto de Derecho Público Comparado "Manuel García Pelayo" de la Universidad Carlos III de Madrid, Reino de España, (fase presencial en la ciudad de Madrid). Artículo Segundo.- Los gastos de viáticos, gastos de instalación, pasajes y assist card, estarán a cargo de la Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle: Doctor Ramiro Eduardo De Valdivia Cano (20 al 28 de noviembre) Gastos de Instalación Viáticos Pasajes Assist Card : : : : US$ 1,080.00 4,860.00 1,746.97 54.00

Doctor Víctor Roberto Prado Saldarriaga (21 al 28 de noviembre) Gastos de Instalación Viáticos Pasajes Assist Card : : : : US$ 1,080.00 4,320.00 1,746.97 48.00

Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Jueces Supremos nombrados, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1313801-2

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Encargan a juez de manera temporal el Juzgado de Paz Urbano de Primera Nominación del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes - Mi Perú
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 325-2015-P-CSJV/PJ Ventanilla, 17 de noviembre de 2015. VISTOS: El Oficio N°559-1-2015-VJO-ODECMA-VCHA, cursado por el Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura-ODECMA, el doctor Christian Hernández Alarcón; CONSIDERANDO: Primero: Mediante la Resolución Administrativa N° 026-2007-CE-PJ, de fecha 31 de enero del 2007, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se creó el Juzgado de Paz Urbano de Primera Nominación del Centro Poblado Virgen de las Mercedes-Mi Perú, con

competencia jurisdiccional en los Grupos I, J, A, B, C, D, E, y F, en el Distrito de Ventanilla. Segundo: Asimismo, por Resolución de Administrativa N° 269-2010-P-CSJCL/PJ, de fecha 21 de setiembre del 2010, se designó al señor Guillermo Luis Carazza Córdova, como Juez de Paz Titular, y a la señora María Esther Vera Suarez, como Primer Juez Accesitario, ambos del Juzgado de Paz Urbano de Primera Nominación del Centro Poblado Virgen de las Mercedes-Mi Perú, del Distrito de Ventanilla. Tercero: Por Resolución Administrativa N° 128-2014-CE-PJ, de fecha 23 de Abril de 2014, modificada por Resoluciones Administrativas N° 219-2014-CEPJ, N° 288-2014-CE-PJ, N° 317-2014-CE-PJ y N° 366-2014-CE-PJ, se crea el Distrito Judicial de Ventanilla, cuya competencia territorial comprende a los distritos de Ventanilla, Mi Perú, Santa Rosa y Ancón. Cuarto: Que, mediante Resolución Administrativa N° 279-2014-CE-PJ, de fecha 12 de agosto de 2014, se dispone el funcionamiento de este Distrito Judicial con sede en el Distrito de Ventanilla, a partir del 30 de Setiembre de 2014. Quinto: Que, con el Oficio N° 559-1-2015-VJOODECMA-V-CHA, el señor doctor Christian Hernández Alarcón, Jefe de Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura-ODECMA, pone en conocimiento la Resolución N° 01, de fecha 11 de noviembre del 2015, emitida por su Jefatura, donde se impone la Medida Cautelar de Suspensión Preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial a GUILLERMO LUIS CARAZZA CORDOVA, en su actuación como Juez del Juzgado de Paz Urbano de Primera Nominación del Centro Poblado Virgen de las Mercedes-Mi Perú de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla. Sexto: Que, con el Oficio N° 058-2015-ODAJUPCSJV/PJ, la encargada de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de esta Corte Superior de Justicia, informo que el señor Guillermo Luis Carazza Córdova, Juez del Juzgado de Paz Urbano de Primera Nominación del Centro Poblado Virgen de las Mercedes-Mi Perú, venció su periodo de designación el año 2014, sin embargo, continuo a cargo del referido juzgado en tanto juramente el nuevo Juez de Paz. Séptimo: Mediante la Resolución Administrativa, señalada en el Primer Considerando, se crea el Juzgado de Paz Urbano de Primera Nominación del Centro Poblado Virgen de las Mercedes-Mi Perú, y a la vez se creó el Juzgado Paz Urbano de Segunda Nominación en el mismo Centro Poblado, ambos con la misma competencia territorial. Octavo: Que, tal como se ha precisado en el segundo considerando, el Juzgado de Paz del Juzgado de Paz Urbano de Primera Nominación del Centro Poblado Virgen de las Mercedes-Mi Perú, cuenta con un Juez Accesitario, que actualmente estaría viviendo en provincia, y resultando necesario encargar el referido juzgado, a fin de asegurar a los pobladores del Centro Poblado Virgen de la Mercedes-Mi Perú, una adecuada prestación del servicio de justicia de paz, y la confianza de la ciudadanía. Por tales consideraciones, la Presidencia de la Corte, como máxima autoridad administrativa del Distrito Judicial a su cargo, que dirige la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de impartición de justicia en beneficio del usuario del sistema judicial, y conforme a las facultades conferidas por el inciso 3) y 9) del articulo 90°del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR de manera temporal el Juzgado de Paz Urbano de Primera Nominación del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes-Mi Perú, a SILVIA MOSCOSO JAIME, Juez del juzgado Paz Urbano de Segunda Nominación del Centro Poblado Nuestra Señora de las Mercedes-Mi Perú, a partir de la fecha, hasta que la situación disciplinaria del Juez de Paz Titular sea resuelta en forma definitiva.

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