Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2015 (20/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Viernes 20 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Artículo Segundo.- DISPONER que la Administración de esta Corte Superior de Justicia, adopte las medidas pertinentes con el objeto de dar cabal cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Tercero.- PONER en conocimiento esta Resolución Administrativa a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidencia del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz y Justicia Indígena, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz y la Oficina de Administración Distrital de esta Corte Superior, para conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, Publíquese, comuníquese y cúmplase. ELICEA INES ZUÑIGA HERRERA DE LEGUA Presidenta 1313623-1

ORGANOS AUTONOMOS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA ALTOANDINA DE TARMA COMISIÓN ORGANIZADORA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 107-2015-CO-P-UNAAT Tarma, 4 de noviembre de 2015 VISTO: El Oficio Nº 068-2015-DGA-UNAAT, de fecha 04 de Noviembre de 2015, mediante el cual el Director General de Administración de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina Tarma, solicita designación del nuevo responsable para remitir las ofertas de empleo a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante acto Resolutivo; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, en su cuarto párrafo establece que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico y económico. Las Universidades se rigen por su propio Estatuto en el marco de la Constitución y de las leyes; Que, mediante Ley Nº 29652, modificada por la Ley Nº 30139, se creó la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma, como Persona Jurídica de derecho público interno y mediante Resolución Nº 346-2013-CONAFU, se autoriza la versión final del PDI, para que sea utilizada en las autoevaluaciones anuales; Que mediante Resolución Viceministerial Nº 008-2015-MINEDU de fecha 25 de marzo de 2015; se resuelve Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma integrada por: Dr. Miguel Ángel BARRENA GURBILLON (Presidente), Dra. Lucia ARANDA MORENO (Vicepresidenta Académica) y Dra. Esther ARIAS CORDOVA (Vicepresidenta de Investigación);

Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 012-2004TR, que aprueba las disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de su Programa "Red CIL Proempleo" proporcionará diariamente al Instituto de Radio y Televisión del Perú la información vinculada con la oferta de trabajo del sector público y privado, a efectos del cumplimiento del artículo 1º de la Ley Nº 27736, la misma que será difundida por Canal 7 y Radio y Televisión del Perú, en el horario que disponga dicha entidad; Que, el artículo 2º del precitado dispositivo legal señala que todo organismo público y empresa del Estado está obligada a remitir al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar, con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso, con excepción de los clasificados como de confianza, conforme a la normativa legal vigente. Asimismo, el citado artículo, establece que la designación del responsable de remitir las ofertas de empleo debe realizarse mediante Resolución del titular de la entidad y publicarse en el Diario Oficial El Peruano; Que, el artículo 69º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Decreto Supremo Nº 004¬2010, establece que la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo es un órgano de línea, responsable de proponer, ejecutar, dirigir y evaluar la política y la normativa en materia de intermediación laboral pública y privada. Asimismo, regula, coordina, ejecuta y supervisa la articulación de los servicios en materia de promoción del empleo y capacitación laboral; que se prestan a nivel nacional, regional y local, integrados en una Red Nacional bajo su coordinación y asistencia técnica: asumiendo las funciones del ex programa "Red CU Proempleo" a que hace referencia el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR; Que, la Única Disposición Complementaria y Final del Decreto Supremo N0 065-2011-PCM de fecha 26 de julio de 2011, establece modificaciones al Reglamento del Régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), precisando que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) aprobará el modelo de convocatoria y de contrato administrativo de servicios los mismos que serán publicados en el portal institucional de SERVIR y en el Portal del Estado Peruano; Que, mediante el artículo 2º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE de fecha 13 de setiembre de 2011, se aprobó el Modelo de Convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios, que incluye la obligación de las entidades públicas de publicar las convocatorias para la contratación de personal CAS en el Servicio Nacional del Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 050-2015-CO-P-UNAAT, se DESIGNÓ a la CPC. Urbana YANTAS OROSCO, Jefe (e) de la Oficina de Recursos Humanos, como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo a que se refiere la Ley Nº 27736 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0122004-TR, del Pliego 553: Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 094-2015-CO-P-UNAAT, se APROBO la Licencia por Maternidad a la trabajadora CPC Urbana YANTAS OROSCO, Jefe de la Oficina de Tesorería y encargada de la Oficina de Recursos Humanos de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma, por el periodo de noventa (90) días a partir del 30 de setiembre al 28 de diciembre de 2015; Que, vista la necesidad, el Director General de Administración de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina Tarma, solicita mediante Oficio Nº 068-2015-DGA-UNAAT, de fecha 04 de Noviembre de 2015, la designación de un nuevo responsable para remitir las ofertas de empleo a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

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