Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2015 (28/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Sábado 28 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES
Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1317543-1

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CONSIDERANDO: Que, el señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa viajará en Comisión de Servicio a la ciudad de París, República Francesa, desde la cual se trasladará a la ciudad de Toulouse, República Francesa, para realizar una visita a las instalaciones de Airbus Defence and Space, a fin de conocer el avance del proceso de construcción del satélite adquirido por el Perú, entre otras actividades conducentes a profundizar las relaciones entre ambos países, en el período comprendido entre el 30 de noviembre al 2 de diciembre de 2015; Que, es competencia del Sector Defensa promover las políticas bilaterales, regionales, hemisféricas y multilaterales así como los tratados internacionales en materia de Seguridad y Defensa, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, por lo expuesto, siendo de interés del Sector Defensa, es necesario otorgar al Titular del Sector la autorización de viaje correspondiente, así como encargar el Despacho Ministerial, en tanto dure su ausencia; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la comisión de servicio, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando es a un país de otro continente; Que, el viaje del señor Ministro de Defensa a la República Francesa, se realizará en vuelo comercial y retornará al país en la aeronave de la Fuerza Aérea del Perú que traslada a la comitiva del señor Presidente de la República quien participará en la XXI Conferencia Internacional sobre Cambio Climático, a realizarse en la ciudad de París, República Francesa, correspondiéndole al Ministerio de Defensa Unidad Ejecutora 001: Administración General, asumir con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes y viáticos según zona geográfica; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 0562013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del señor Jakke Raimo Milagro Valakivi Álvarez, Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, a las ciudades de París y Toulouse, República Francesa, del 30 de noviembre al 2 de diciembre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, así como autorizar su salida del país el 29 de noviembre y su retorno el 3 de diciembre de 2015. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General del Pliego Ministerio de Defensa, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Ida) Lima ­ París (República Francesa) US$ 2,363.20 x 1 persona (incluye TUUA) US$ 2,363.20 Viáticos: US$ 540.00 x 1 persona x 4 días TOTAL : US$ US$ 2,160.00 4,523.20

Aprueban la realización de la Encuesta General de Mancomunidades Municipales
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 042-2015-PCM/SD Lima, 19 de noviembre del 2015 VISTO: El Informe Nº 063-2015­PCM/SD-OGI-IJTY del 17 de Noviembre del 2015 emitido por la Oficina de Gestión de Inversiones; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobada por Ley Nº 29029 y sus modificatorias, se estableció el marco jurídico para el desarrollo de las relaciones de asociatividad municipal, previstas en el artículo 124° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, a fin de promover la creación de Mancomunidades Municipales orientadas a la prestación conjunta de servicios o ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos, teniendo como principios, entre otros, al de la Integración Local que se constituye en base para la interacción regional y nacional, pudiendo dicha articulación municipal ser económica, social, fiscal, cultural y política; Que, conforme a las normas descritas y al Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, se constituye un Registro de Mancomunidades Municipales a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros, el cual otorga personería jurídica de derecho público a la Mancomunidad Municipal una vez que es inscrita en el mismo, a través de Resolución de la Secretaría de Descentralización; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo N° 063--2007PCM, la Secretaría de Descentralización administra el Registro de Mancomunidades Municipales y la Oficina de Gestión de Inversiones de la Secretaría de Descentralización apoya en la administración de dicho Registro; Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina de Gestión de Inversiones ha identificado que existen un número significativo de Mancomunidades Municipales que no cuenta con información actualizada, que no han cumplido con los procesos de adecuación exigidos por ley o que no se han ceñido a la atención de las finalidades u objetivos inicialmente previstos en sus respectivos actos constitutivos, lo que limita no solo el funcionamiento del Registro de Mancomunidades Municipales sino la propia legitimidad institucional de las mismas, conforme a las normas citadas; Que, ante ello, la Oficina de Gestión de Inversiones ha recomendado que, en el marco de acciones orientadas a lograr el fortalecimiento de las Mancomunidades Municipales y su funcionamiento según los fines que corresponde perseguir acorde a ley, se lleve a cabo una Encuesta General de Mancomunidades Municipales que permita a la Secretaría de Descentralización no solamente la actualización del Registro de Mancomunidades Municipales inscritas desde el año 2008, sino también un adecuado seguimiento y monitoreo del funcionamiento actual de las mismas, identificando debilidades en el desarrollo y gestión operativa de las mismas, además de contar con aquellas apreciaciones, observaciones y/o

Artículo 3.- Encargar la Cartera de Defensa al señor José Luis Pérez Guadalupe, Ministro de Estado en el Despacho del Interior, en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

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