Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2015 (28/11/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

567438

NORMAS LEGALES

Sábado 28 de noviembre de 2015 /

El Peruano

Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa

dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa

1

Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209 1317296-2

1

Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209 1317296-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1137-2015-DE/SG Lima, 27 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO:

ENERGIA Y MINAS
Otorgan a favor de Shougesa la concesión definitiva para desarrollar actividad de transmisión de energía eléctrica en líneas de transmisión ubicadas en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 495-2015-MEM/DM Lima, 11 de noviembre de 2015 VISTO: El Expediente Nº 14361115 sobre otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, presentado por la empresa SHOUGANG GENERACIÓN ELÉCTRICA S.A.A. (SHOUGESA), persona jurídica inscrita en la Partida Nº 03014959 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral Nº IX Sede Lima, Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante la carta Nº SGO2015-375, ingresada el 22 de abril de 2015 con registro Nº 2491727, SHOUGESA, solicitó al Ministerio de Energía y Minas la concesión definitiva de transmisión para las líneas de transmisión LT1 34.5 kV (LT1) S.E. 8B ­ S.E. 1G y Derivaciones; y LT2 34.5 kV (LT2) S.E. 8B ­ S.E. CD-2 y Derivaciones, ubicadas en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en el Expediente; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 320-97-EM/ DGM, del 30 de setiembre de 1997, la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas aprobó el Programa de Adecuación y Manejo Ambiental de la Unidad Minera "San Juan de Marcona" de Shougang Hierro Perú S.A., que comprende, entre otros, a las líneas de transmisión LT1 34.5 kV S.E. 8B ­ S.E. 1G y Derivaciones; y LT2 34.5 kV S.E. 8B ­ S.E. CD-2 y Derivaciones; Que, la solicitud de concesión definitiva referida en el primer considerando, está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los Artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, luego de haber verificado y evaluado que la empresa peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 437-2015-DGE-DCE, recomendando otorgar la citada concesión de transmisión; De conformidad con el artículo 28 de la Ley de Concesiones Eléctricas, y con lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía;

Que, con Facsímil (DSD) Nro. 741, del 02 de noviembre de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Oficio Nº 3917 W ­ c.2, del 13 de noviembre de 2015, el Director de Relaciones Internacionales del Ejército, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 30 de noviembre de 2015 al 04 de diciembre de 2015, con la finalidad de participar en un intercambio de Expertos en comunicaciones con la Dirección de Telemática del Ejército del Perú y compartir métodos para mejorar el sistema de comunicaciones del Ejército del Perú. Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Dirección de Relaciones Internacionales del Ejército; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a dos (02) militares de los Estados Unidos de América, del 30 de noviembre de 2015 al 04 de diciembre de 2015, con la finalidad de participar en un intercambio de Expertos en comunicaciones con la Dirección de Telemática del Ejército del Perú y compartir métodos para mejorar el sistema de comunicaciones del Ejército del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.