Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2015 (28/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Sábado 28 de noviembre de 2015 /

El Peruano

por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable serán asumidos por el Poder Judicial; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidencia del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0102013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú José Luis Frías Chávez y del Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Segundo Carlos Valdivia Quibajo, del 30 de noviembre al 4 de diciembre de 2015, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Viáticos US$ 370.00 días 5 Pers. 2 = Total 3,700.00

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 239-2015-IN Lima, 27 de noviembre de 2015 VISTOS; los Mensajes con referencia EX 15590/15/ UDI/G.97/FEF, y EX 15.590/15/UDI/G.97/FV, de fechas 6 y 9 de noviembre de 2015, respectivamente, de la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Buenos Aires; y, el Memorándum Múltiple Nº 598-2015-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 18 de noviembre de 2015, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad al procedimiento simplificado de entrega establecido en el artículo XIV del Tratado de Extradición suscrito entre la República Argentina y la República del Perú, en el que: "El estado requerido podrá conceder la extradición si la persona reclamada, con asistencia letrada y ante la autoridad judicial de este Estado, prestare su expresa conformidad de ser entregada al Estado Requirente, después de haber sido informada acerca de sus derechos a un procedimiento formal y de la protección que este le brinda"; Que, mediante Mensaje con referencia EX 15590/15/ UDI/G.97/FEF y EX 15.590/15/UDI/G.97/VF, de fechas 6 y 9 de noviembre de 2015, respectivamente, la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Buenos Aires, hizo de conocimiento a la Oficina Central Nacional de Interpol de Lima que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina ha resuelto conceder la extradición activa simplificada del ciudadano peruano Franco Américo Lapa Nolasco, motivo por el cual solicitaron los nombres y planes de desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 18-2015-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 13 de noviembre de 2015, la División de Becas de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior en comisión de servicios del 30 de noviembre al 4 de diciembre de 2015, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del Comandante de la Policía Nacional del Perú José Hermitaño Huaynate y del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú Félix Víctor Cárdenas Limaco, a fin que ejecuten la extradición activa simplificada del ciudadano peruano Franco Américo Lapa Nolasco, quien se encuentra requerido por el Primer Juzgado Penal del Módulo Básico de Justicia de Huaycan de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud ­ Homicidio en grado de Tentativa; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Múltiple Nº 598-2015-DIRGENPNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 18 de noviembre de 2015, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando que los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable serán asumidos por el Poder Judicial; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el artículo 1° de la presente resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1317540-2

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