Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2015 (28/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Sábado 28 de noviembre de 2015 /

El Peruano

De conformidad con la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Supremo Nº 010-2013-IN, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del Comandante de la Policía Nacional del Perú Juan William León Pairazamán, del 6 al 26 de diciembre de 2015, a la ciudad de La Habana, República de Cuba, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, en categoría económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje al que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo de la Unidad Ejecutora Nº 002 ­ Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos Pasajes Importe US$ 430.00 US$ 1,539.84 Días 20 Pers. 1 1 TOTAL US$ US$ 8,600.00 US$ 1,539.84

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días de efectuado el viaje, el personal policial mencionado en el artículo 1º deberá presentar un informe detallado ante el Titular del Sector, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos y viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1317540-4

Autorizan viaje de personal policial a Cuba para recibir tratamiento médico altamente especializado
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 241-2015-IN Lima, 27 de noviembre de 2015 VISTOS; el Acta de Junta Médica Intersanidades Nº 02-2015-dnc, del 2 de junio de 2015; el Oficio Nº 274-2015-IN-SALUDPOL-GG-GARCCP.EE, de fecha 20 de agosto de 2015; y el Oficio Nº 639-2015-INSALUDPOL-GG, de fecha 4 de noviembre de 2015, de la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al acuerdo del Acta de Junta Médica Intersanidades Nº 02-2015-dnc., de fecha 2 de junio de 2015, se acordó que el Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Jorge William Arcela Godoy,

debe ser evacuado a un centro altamente especializado en el extranjero para continuar el tratamiento del programa Neuro Restaurativo de Medicina Física y de Rehabilitación, con la posibilidad de intervención quirúrgica altamente especializada; Que, mediante Oficio Nº 274-2015-IN-SALUDPOLGG-GARCCP.EE, de fecha 20 de agosto de 2015 y Oficio el Nº 639-2015-IN-SALUDPOL-GG, de fecha 4 de noviembre de 2015, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú, solicitó la expedición de la Resolución Suprema que autorice el viaje al extranjero del Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Jorge William Arcela Godoy, para continuar el tratamiento del Programa Neuro Restaurativo de Medicina Física y de Rehabilitación, con la posibilidad de intervención quirúrgica altamente especializada en el Centro Internacional de Restauración Neurológica (CIREN) de la ciudad de La Habana, República de Cuba, por un total de doscientos setenta y seis (276) días de permanencia en tres etapas diferentes; Que, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, emitió la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000003111, de fecha 25 de noviembre de 2015, respecto a la disponibilidad presupuestaria, por concepto de compensación extraordinaria por tratamiento altamente especializado en el extranjero por el periodo del 1 de diciembre al 31 de diciembre de 2015, ascendente a la suma de un mil ocho y 93/100 dólares americanos (US$ 1,008.93), y pasaje aéreo en clase económica de ida más impuestos (Lima - La Habana), por el importe de un mil cuarenta y cinco y 54/100 dólares americanos (US$ 1,045.54), la misma que ha sido registrada en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público; Que, asimismo en cuanto al período del 01 de enero al 22 de febrero de 2016, por el concepto de compensación extraordinaria por tratamiento altamente especializado en el extranjero, ascendente a la suma de un mil setecientos veinticuatro y 62/100 dólares americanos (US$ 1,724.62) y pasaje aéreo en clase económica de retorno, más impuesto (La Habana ­ Lima) por el importe de setecientos noventa y uno y 66/100 dólares americanos (US$ 791.66), se debe establecer que dichos gastos se atenderán con los créditos presupuestales aprobados para el período 2016, no requiriéndose previsión presupuestal para estos casos, pues se trata de asignación de compensación extraordinaria, para lo cual se debe considerar los términos del Oficio N° 7192-2015-DINGI-DIREJADMDIRECFIN-PNP/DIVPRE, de fecha 23 de noviembre de 2015, de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, en el cual se señala que dicho gasto se atiende con los créditos presupuestarios aprobados, cuyo importe es de diez millones setecientos sesenta y ocho mil ochocientos cuarenta y nueve y 00/100 nuevos soles (S/. 10'768,849.00); Que, el tratamiento médico altamente especializado que se debe brindar al Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Jorge William Arcela Godoy, se orienta esencialmente a la recuperación de su salud, lo cual redundará en el bienestar personal, así como en el institucional de la Policía Nacional del Perú, pues ello permitirá reincorporarlo en su oportunidad al servicio policial, resultando de interés institucional autorizar el respectivo viaje al exterior del país, teniendo en consideración que los gastos que irrogará dicho tratamiento por concepto de compensación extraordinaria, pasajes aéreos en clase económica (incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto) y otros, serán asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; Que, el artículo 13 del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2004DE/SG, establece que el Personal Militar del Sector Defensa en Situación de Actividad que contraiga una enfermedad o lesión y no logre su total recuperación por falta de tratamiento especializado en el país, podrá ser evacuado al extranjero para ser tratado en Centros de Salud altamente especializados, sujeto a la disponibilidad presupuestal, requiriéndose previamente un peritaje médico, así como el informe de la Junta de Sanidad de la Institución Armada respectiva;

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