Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2015 (28/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Sábado 28 de noviembre de 2015

NORMAS LEGALES

567437

Capitán de Navío José Antonio FERNÁNDEZ Gamarra y del Capitán de Fragata Juan Carlos ZAPATA Matienzo, para que participen en la Conferencia Media de Planeamiento (MPC) del Ejercicio Multinacional RIMPAC 2016, a realizarse en el Estado de Hawái, Estados Unidos de América, del 1 al 3 de diciembre de 2015; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá tomar conocimiento de nuevos entrenamientos y tendencias del más alto nivel operacional, concebidos en el ámbito de las operaciones multinacionales, en un escenario gravitante para nuestro interés y acorde a las políticas de gobierno en el campo de las relaciones exteriores; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2015 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío José Antonio FERNÁNDEZ Gamarra, CIP. 01803815, DNI. 43246570 y del Capitán de Fragata Juan Carlos ZAPATA Matienzo, CIP. 00920198, DNI. 43317408, para que participen en la Conferencia Media de Planeamiento (MPC) del Ejercicio Multinacional RIMPAC 2016, a realizarse en el Estado de Hawái, Estados Unidos de América, del 1 al 3 de diciembre de 2015; así como, autorizar su salida del país el 30 de noviembre y su retorno el 4 de diciembre de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Hawái (Estados Unidos de América) - Lima US$. 2,700.00 x 2 personas US$. 5,400.00 Viáticos: US$. 440.00 x 2 personas x 3 días US$. 2,640.00 --------------------TOTAL A PAGAR: US$. 8,040.00 Artículo 3°.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El Oficial Superior más antiguo designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá

efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1317543-4

Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de España y EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1136-2015-DE/SG Lima, 27 de noviembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 793 del 20 de noviembre de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar del Reino de España, sin armas de guerra; Que, con Oficio Nº 726-2015-ACFFAA-DJ-DC, del 25 de noviembre de 2015, el Jefe de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar del Reino de España; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 29 de noviembre de 2015 al 30 de diciembre de 2015, con la finalidad de impartir el "Curso de Identificadores de Catalogación" en la ciudad de Lima. Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a dos (02) militares del Reino de España del 29 de noviembre de 2015 al 30 de diciembre de 2015, con la finalidad de impartir el "Curso de Identificadores de Catalogación" en la ciudad de Lima.

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