Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2015 (16/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Viernes 16 de octubre de 2015 /

El Peruano

Que, mediante Comunicaciones de fechas 15 y 30 de julio de 2015, el Ministro de Industria, Comercio Internacional, Comercio y Desarrollo de la Pequeña Empresa de Barbados, y el Presidente del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Tributarios; respectivamente, cursan invitación al Ministerio de Economía y Finanzas a participar en la "Octava Reunión Anual del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)", a llevarse a cabo los días 29 y 30 de octubre de 2015, en la ciudad de Bridgetown, Barbados; Que, en la Sétima Reunión Anual del Foro Global, realizada en octubre de 2014, en la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, se dió la bienvenida como nuevo miembro al Gobierno de Perú; Que, la participación en el mencionado Foro como nuevo miembro adoptará decisiones respecto de los nuevos términos de referencia que regirán los estándares internacionales en materia de intercambio de información a requerimiento que regirán a partir del año 2016; estos últimos constituirán el parámetro con el que se realizarán los nuevos procesos de evaluación, denominados "peer review", en los cuales será evaluado el Gobierno del Perú; Que, el mencionado Foro resultará una oportunidad para: i) el intercambio de experiencias respecto de la administración y atención de las solicitudes del intercambio de información a requerimiento. ii) incrementar la red de acuerdos de intercambios de información dado que los acuerdos son instrumentos que permitirán a las Administraciones Tributarias obtener información sobre rentas de fuente extranjera que no son declaradas por los contribuyentes en el país, lo cual ayudará a combatir la elusión y evasión fiscal; Que, la Dirección General de Política de Ingresos Públicos es el órgano de línea del Viceministerio de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, encargado de formular la política tributaria, optimizar el sistema tributario y mejorar la recaudación de los diferentes niveles de gobierno; Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación del señor Marco Antonio Camacho Sandoval, Director General de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, teniendo en cuenta que los temas que se tratarán en el mencionado Foro están relacionados con las funciones y competencias de la citada Dirección General; Que, el literal e) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, dispone que los viajes que se efectúen en el marco del cumplimiento de las actividades relacionadas con la participación y acceso a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), se autorizan mediante Resolución del Titular de la entidad; Que, en consecuencia, siendo de interés nacional y del Ministerio de Economía y Finanzas, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y en la Directiva N° 002-2015-EF/43.01­ Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional y su respectiva rendición de cuentas del personal del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 069-2015-EF/43, y modificada mediante Resolución Ministerial N° 102-2015-EF/43; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Marco Antonio Camacho

Sandoval, Director General de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Bridgetown, Barbados, del 28 al 31 de octubre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son asumidos con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos Viáticos (2 + 1 día) : : US $ US $ 2,526.90 1,290,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1299988-1

Modifican el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 391-2014-EF/15, que aprobó la actualización de la jerarquía y ponderación de los criterios señalados en el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local FONIPREL
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 310-2015-EF/15 Lima, 15 de octubre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28939, Ley que aprueba el Crédito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, dispone la creación de Fondos y dicta otras medidas, se creó el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local ­ FONIPREL, destinado al financiamiento o cofinanciamiento de estudios de preinversión y proyectos de inversión pública de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, con la finalidad de reducir las brechas en la provisión de los servicios e infraestructura básica; Que, mediante Ley N° 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local ­ FONIPREL y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 204-2007-EF, se estableció la implementación y el funcionamiento del FONIPREL, señalándose los criterios para la asignación de los recursos del referido Fondo; Que, el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 0372009, incorporó el literal k) en el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 29125, a fin de incluir como criterio de asignación de recursos el grado de ejecución financiera de los recursos asignados para gastos en proyectos de inversión; Que, el artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 037-2009, dispone que la actualización de la jerarquía y ponderación de los criterios señalados en el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley Nº 29125, se aprueban por Resolución Ministerial

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