Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2015 (25/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Domingo 25 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

564627

Autorizan a la Escuela de Conductores Profesionales Santa Isabel S.A.C. la modificación de los términos de su autorización contenida en la R.D. Nº 23562013-MTC/15
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 3841-2015-MTC/15 Lima, 28 de agosto de 2015 VISTOS: Los Partes Diarios N° 118494 y 133019, presentado por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES SANTA ISABEL S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 2356-2013MTC/15 de fecha 05 de junio de 2013, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 10 de julio de 2013, se otorgó autorización a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES PROFESIONALES SANTA ISABEL S.A.C., con RUC N° 20539474252, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela; en su local ubicado en: Urbanización Industrial Cayro, Mz. E, Lote 6, Distrito de Paucarpata, Provincia y Departamento de Arequipa; con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos - prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción

responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la clase A categoría II y III y clase B categoría II-c, así como los cursos de Capacitación Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancías, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor, y los cursos de reforzamiento para la revalidación de las licencias de conducir de la clase A categoría II y III; Que, mediante Resolución Directoral N° 5373-2013MTC/15 de fecha 13 de diciembre de 2013, se otorga a la Escuela, autorización para impartir los cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la Licencia de Conducir de la Clase A Categoría I; Que, con Parte Diario N° 118494 de fecha 10 de julio de 2015, La Escuela solicita la modificación de los términos de su autorización contenida en la Resolución Directoral N° 2356-2013-MTC/15, cambiando la ubicación del local situado en: Urbanización Industrial Cayro, Mz. E, Lote 6, Distrito de Paucarpata, Provincia y Departamento de Arequipa, al nuevo local ubicado en: Calle los Pinos N° 103-A, Distrito de Paucarpata, Provincia y Departamento de Arequipa; Que, asimismo mediante Oficio Nº 4345-2015MTC/15.03 de fecha 15 de julio de 2015 y notificado con fecha 20 de julio del presente, esta Administración formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriéndole la subsanación en relación a los documentos que acrediten el uso de la infraestructura del nuevo local propuesto por La Escuela y la memoria descriptiva, para lo cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, con Parte Diario N° 133019 de fecha 05 de agosto de 2015, La Escuela emite respuesta a lo requerido mediante oficio indicado en el considerando precedente;

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN

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