Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2015 (25/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

Domingo 25 de octubre de 2015 /

El Peruano

g) Certificado de Alineamiento en caso de colindar o estar afecto a una vía metropolitana. h) Plano de ubicación y localización del terreno, por triplicado, con coordenadas UTM y georeferenciado a la red geodésica nacional, referidas al datum oficial. i) Plano de Trazado y Lotización del terreno, por triplicado, que contenga: * Coordenadas UTM y georeferenciado a la red geodésica nacional, referidas al datun oficial. * Área y Perímetro del terreno. * Cuadro de Datos Técnicos. * Diseño de lotización, vías, aceras, bermas, rampas (adecuación urbanística para personas discapacitadas), ejes de trazo y habilitaciones colindantes cuando sea necesario para comprender la integración con el entorno. * Indicar los lotes ocupados y la altura de las edificaciones existentes. * Indicación de las secciones de vías. * La lotización deberá estar en concordancia con el Plan de Desarrollo Urbano aprobado por la Municipalidad Provincial correspondiente. * Indicación de curvas de nivel cada metro. * Cuadro general de áreas. * Cuadro de aportes reglamentarios. * Cuadro de áreas y linderos de lotes por manzanas. * Esquema de Localización. j) Memoria descriptiva, por triplicado, indicando las manzanas de corresponder, las áreas de los lotes, la numeración y los aportes. k) Documento con fecha cierta donde se acredite la existencia de edificaciones, permanentes con un área techada mínima de 25 m2 de las edificaciones construidas con cimientos, muros y techos; l) Copia legalizada notarialmente de las minutas y/o copia de los comprobantes, del pago por la redención de los aportes que correspondan. Para el caso de redención de aportes, las entidades receptoras emitirán los documentos que faciliten su cancelación en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles. m) Declaración jurada suscrita por el solicitante de la habilitación y el profesional responsable de la obra, en la que conste que las obras han sido ejecutadas, total o parcialmente. n) Plano que indique los lotes ocupados y las alturas de las edificaciones existentes. En caso que se cuente con estudios preliminares aprobados, corresponde presentar lo siguiente: 1.- Resolución y planos de los estudios preliminares aprobados. 2.- Planos de Replanteo de la Habilitación Urbana, de corresponder. B) Requisitos para Regularización de Edificaciones

i) Para regularización de remodelaciones, ampliaciones o demoliciones, presentarán copia del documento que acredite la declaratoria de fábrica o de edificación, del predio a regularizar, con sus respectivos planos en caso no haya sido expedido por la municipalidad; en su defecto, copia del Certificado de Conformidad o Finalización de Obra, o la Licencia de Obra o de Edificación de la construcción existente que no es materia de regularización. j) En caso de demoliciones totales o parciales de edificaciones cuya fábrica se encuentre inscrita en el Registro de Predios, se acreditará que sobre el bien no recaigan cargas y/o gravámenes; en su defecto, se acreditará la autorización del titular de la carga o gravamen. k) En caso de ubicarse el terreno frente a vía expresa, arterial o colectora metropolitana deberá acompañar el Certificado de Alineamiento otorgado por la Municipalidad Metropolitana de Lima. l) Autorización de la Junta de Propietarios, para las regularizaciones de inmuebles con unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y bienes de propiedad común. m) Para el caso de modalidades de aprobación C y D, además deberá presentar: - Memoria y planos de seguridad amoblados, firmados y sellados por el profesional y propietario, anexando los comprobantes de pago por derecho de revisión para la comisión AD-HOC correspondiente. - Las edificaciones del sector educativo, salud, estaciones de combustible y otras actividades especiales, deberán anexar la autorización previa del Ministerio o Sector respectivo. - Estudio de impacto ambiental y/o vial, cuando la normatividad vigente lo requiera. - Estudio de accesibilidad y evacuación vehicular, peatonal y discapacitados, cuando las normas vigente lo requieran. n) En caso de estaciones de combustible y actividades especiales, deberá anexarlos Certificados de Alineamiento y Compatibilidad de Uso otorgados por la Municipalidad Metropolitana de Lima. ñ) Copia del comprobante de pago por la tasa municipal correspondiente a la Modalidad A: S/. 10.65 Nuevos Soles; Modalidad B: S/ 81.20 Nuevos Soles, Modalidad C y D: S/. 135.50 Nuevos Soles. o) Copia del comprobante de pago de la multa por construir sin licencia. El valor de la multa será equivalente al 3% del valor de la obra a regularizar tomando como base el costo a la fecha de construcción actualizado por el índice de precios al consumidor para Casa- Habitación y 8% del valor de la obra a regularizar tomando como base el costo a la fecha de construcción actualizado por el índice de precios al consumidor para las otras Zonificaciones. Artículo Sexto.-

a) FUE Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación, por triplicado, debidamente llenado y firmado por el Responsable de Obra y el Propietario. b) Documento con fecha cierta donde se acredite que el predio cuente, por lo menos, con el correspondiente Proyecto de Habilitación Urbana aprobado. c) Documentación que acredite que cuenta con derecho a edificar y represente al titular, en los casos que el solicitante de la licencia de edificación no sea el propietario del predio. d) Si el solicitante es una persona jurídica se acompañará la respectiva constitución de la empresa y copia literal del poder expedido por el Registro de Personas Jurídicas, vigente al momento de presentación de los documentos. e) Documentación técnica, firmada por el profesional constatador, compuesta por: - Plano de Ubicación y Localización, según formato. - Planos de Arquitectura (planta, cortes y elevaciones). - Memoria descriptiva. f) Documento que acredite la fecha de ejecución de la obra. g) Carta de seguridad de Obra, firmada por un ingeniero civil colegiado. h) Declaración jurada del profesional constatador, señalando encontrarse hábil para el ejercicio de la profesión.

Modalidades de Aprobación 1. Modalidades de aprobación de Regularización de Habilitaciones Urbanas sólo son de aplicación a las modalidades B, C y D. Modalidad B: Podrán acogerse a esta modalidad las habilitaciones urbanas: a) De unidades prediales no mayores de cinco (05) hectáreas que constituyan islas rústicas y que conformen un lote único, siempre y cuando el lote no se encuentre afecto al Plan Vial Provincial o Metropolitano. b) De predios que cuenten con un Planeamiento Integral aprobado con anterioridad. Modalidad C: Podrán acogerse a esta modalidad las Habilitaciones Urbanas que: a) Que se vayan a ejecutar por etapas con sujeción a un Planeamiento integral, b) Con construcciones simultanea que solicitan venta garantizada de Lote.

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