Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2015 (31/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

565302 GOBIERNOS REGIONALES

NORMAS LEGALES

Sábado 31 de octubre de 2015 /

El Peruano

SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR en la persona del Director Ejecutivo Adjunto, Médico Cirujano Miguel Ángel LANDECHO QUISPE, con efectividad del 12 de Agosto del 2015 las funciones de Funcionario Responsable de la Comisión de Concurso a Plazo Fijo para atender el ingreso de personal para cubrir plazas vacantes, producidas en el Hospital Barranca Cajatambo y Servicios Básicos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Estadística e Informática la publicación de la presente Resolución Directoral en la Sección de Nombramientos del Portal Institucional ­ Hospital de Barranca. Regístrese y comuníquese. ELVIS EDILBERTO JARA PANADA Director Ejecutivo Hospital Barranca-Cajatambo SBS 1306052-1

GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
Delegan las funciones de Funcionario Responsable de la Comisión de Concurso a Plazo Fijo para atender el ingreso de personal para cubrir plazas vacantes en el Hospital Barranca Cajatambo y Servicios Básicos
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 607-2015-GRL-DL/DIRESA-L/HBC-P Barranca 19 de octubre del 2015 VISTO: El Memorando Nº 1132 -2015-GRL/DIRESA/HBCSBS-DE; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, en su Artículo 28º considera que el ingreso a la Administración Pública como servidor de carrera o de servidor contratado para labores de naturaleza permanente se efectúa obligatoriamente mediante Concurso; Que, mediante Ley Nº 30281 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2015 Sub capítulo III de las medidas de austeridad, racionalidad y disciplina en el gasto público, en las acciones de personal en su Artículo 8º, inciso d) La contratación para el reemplazo por cese, ascenso o promoción del personal o para suplencia temporal de los servidores del sector público; Que, la Resolución Ministerial Nº 453-86-SA/P, Reglamento General de Provisión de Plazas para organismos y dependencias del Ministerio de Salud, establece los procedimientos para la selección e ingreso de personal.; Que, el Artículo 74º de la Ley 27444 ­ Ley de Procedimientos Administrativo General, establece que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentra en otros jerárquicamente dependiente de aquellos; asimismo el numeral 74.2 del acotado artículo señala que los Órganos de Dirección de las entidades se encuentran liberados de cualquier rutina de ejecución, de emitir comunicaciones ordinarias y de las tareas de formalización de actos administrativos, con el objeto de que se concentren actividades de Planeamiento, supervisión, coordinación, control interno y en la evaluación de resultados. Que asimismo, son principios de Derecho Administrativo la celeridad y simplicidad, así como la aplicación de los procedimientos y tramites que se desarrollan en la Administración Publica, dirigidos a la desconcentración de los procedimientos decisorios, a través de una clara distinción entre los niveles de dirección y ejecución. En concordancia con los fundamentos Legales y Administrativos es necesario efectuar la delegación respectiva en la persona del Médico Cirujano Miguel Ángel LANDECHO QUISPE y así conformar la Comisión para efectuar Concurso Provisión Abierto, para cubrir plazas vacantes producidas por cese, renuncia, fallecimiento y reasignación en el Hospital Barranca Cajatambo y Servicios Básicos de Salud; En uso de las facultades conferidas en la Resolución Ministerial Nº 701-2004/MINSA, Ley 27444 Ley de Procedimientos Administrativos General y Resolución Ejecutiva Regional Nº 468-2015-PRES; Con la opinión favorable del Director de Sistema Administrativo I, Jefe de la Unidad de Personal y el visto de la Oficina de Asesoría Legal del Hospital Barranca Cajatambo y Servicios Básicos de Salud;

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 147-2015-MDP-C, que otorgó beneficio para el pago de multas administrativas por carecer de licencia de edificación
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2015-MDP/A Pachacámac, 20 de Octubre del 2015. EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC, VISTO: La Ordenanza N° 147-2015-MDP/C de fecha 19 de Mayo del 2015, Informe N° 216-2015-MDP/GFC de fecha 20 de Octubre del 2015 emitido por la Gerencia de Fiscalización y Control, sobre "Prorroga del Vencimiento del Plazo de la Ordenanza que Aprueba Otorgar beneficios para el pago de multas administrativas, por carecer la licencia de edificación". CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 28607 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que (...) las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante Ordenanza N° 147-2015-MDP/C de fecha 19 de Mayo del 2015, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 06 de Junio del 2015, se aprobó la "Ordenanza que otorga beneficio para el pago de multas administrativas por carecer de licencia de edificación", dentro del cual, se establece, como vigencia de la referida Ordenanza hasta el 31 de Julio de 2015; Que, en la Quinta Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza en mención, se faculta al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y necesarias para lograr su adecuada aplicación así como disponer la prórroga de la misma; Que, a través del Decreto de Alcaldía N° 009-2015-MDP/A, se prorroga el plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal N° 147-2015-MDP/C "Ordenanza que Aprueba Otorgar beneficios para el pago de multas administrativas, por carecer la licencia de edificación", hasta el 30 de Octubre del 2015. Que, mediante Informe N° 216-2015-MDP/GAF de fecha 20 de Octubre del 2015, la Gerencia Fiscalización

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