Norma Legal Oficial del día 18 de abril del año 2016 (18/04/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Lunes 18 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

583625

judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar; precisando que las ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias; Que, mediante la Ordenanza Nº 383-MSI publicada en el diario Oficial el Peruano el 16 de abril del 2015, se aprobó el Procedimiento de Internamiento de vehículos abandonados en áreas de uso público, el cual estará a cargo de la Subgerencia de Fiscalización, el mismo que tiene como medida complementaria el Internamiento del Vehículo; Que, por otro lado la Ordenanza Nº 395-MSI, publicada en el diario oficial El Peruano el 18 de julio del 2015, aprobó el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de San Isidro, regulando en su numeral 29.10 de su artículo 29º la Medida Complementaria de Internamiento de Vehículo, Que, con la Ordenanza Nº 414-MSI publicada en el diario oficial El Peruano el 7 de enero del 2016, se aprobó la Regulación del Servicio de Transporte de Entrega Rápida de Productos a través de Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el Distrito de San Isidro, el cual estará a cargo de la Subgerencia de Fiscalización, el mismo que tiene como medida complementaria el Internamiento del Vehículo; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 022-2015ALC/MSI publicado en el diario Oficial El Peruano el 17 de diciembre del 2015, se aprobó el Reglamento para el Funcionamiento y Administración del Depósito Municipal de Vehículos para el distrito de San Isidro; Que, en razón de ello la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres puso en conocimiento el proyecto de Decreto de Alcaldía que establece el procedimiento para la ejecución de la medida complementaria de Internamiento del vehículo, el cual determinará el traslado, internamiento, liberación del vehículo y responsabilidad del administrador del depósito; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 0185-2015-0400-GAJ/MSI; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º y los artículos 39º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento que Regula el Procedimiento para la Ejecución de la Medida Complementaria de Internamiento de Vehículos en el Distrito de San Isidro Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastres; Subgerencia de Fiscalización y Subgerencia de Tránsito, y demás unidades orgánicas que resulten competentes; así como su publicación en el Diario Oficial El Peruano a la Secretaría General y a la Oficina de Comunicaciones e Imagen en la página web de la Municipalidad de San Isidro: (www.munisanisidro.gob.pe). Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde REGLAMENTO QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA MEDIDA COMPLEMENTARIA DE INTERNAMIENTO DE VEHICULOS EN EL DISTRITO DE SAN ISIDRO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- OBJETO El presente reglamento tiene por objeto establecer el procedimiento que se deberá seguir para ejecutar la

medida complementaria de internamiento de vehículos, con la finalidad de establecer las pautas para el internamiento, depósito y su liberación, asimismo disponer las funciones del administrador del depósito vehicular. Artículo 2º.- DEFINICIONES Para la aplicación del presente reglamento se entiende por: 2.1 Acta de constatación: Documento suscrito por el personal encargado del procedimiento administrativo sancionador, donde se dejará constancia de la ubicación, características y estado actual del vehículo. 2.2 Acta de Internamiento Vehicular: Documento emitido luego de impuesta la sanción que tiene como finalidad dejar constancia del ingreso del vehículo en el deposito municipal. 2.3 Administrador del Depósito Municipal: Personal designado por la Subgerencia de Tránsito para dirigir el funcionamiento del depósito vehicular. 2.4 Constancia de Internamiento vehicular: Documento adosado al pavimento que es utilizado para poner en conocimiento que el vehículo ha sido trasladado al depósito vehicular. 2.5 Deposito vehicular: Local autorizado para el internamiento de vehículos de propiedad de la Municipalidad de San Isidro o de terceros, el cual es provisto de equipamiento y seguridad de acuerdo con las normas legales vigentes. 2.6 Inspector Municipal de Fiscalización: Personal de la Subgerencia de Fiscalización a cargo del procedimiento sancionador conforme a la normatividad vigente. 2.7 Inspector Municipal de Transporte: Personal de la Subgerencia de Tránsito que prestará el apoyo para el traslado del vehículo y su internamiento en el depósito municipal. 2.8 Pavimento: Superficie de rodamiento para los distintos tipos de vehículos. 2.9 Poseedor Vehicular: Persona natural que sin ser propietario ejerce derechos sobre el uso y disfrute del vehículo. 2.10 Propietario: Persona natural o jurídica que tiene el poder jurídico de usar, disfrutar, disponer y reivindicar el vehículo. 2.11 Servicio de grúa: Consiste en el servicio para el traslado del vehículo desde el punto de intervención al depósito vehicular respectivo, ante la negativa del intervenido de dirigirse al depósito vehicular o ausencia de este. 2.12 Tasas: Es el hecho imponible a la prestación no exclusiva que realiza la Municipalidad como consecuencia del depósito por los conceptos de servicio de guardianía y remolque de vehículos con grúas o internamiento. Artículo 3º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Su ámbito se circunscribe a la jurisdicción del distrito de San Isidro. Artículo 4º.- ÓRGANOS COMPETENTES La Subgerencia de Tránsito y la Subgerencia de Fiscalización de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgos de Desastre serán las encargadas de cumplir con lo establecido en el presente reglamento. TÍTULO II DEL INTERNAMIENTO Y DEPÓSITO DEL VEHÍCULO Artículo 5º.ACCIONES PREVIAS AL INTERNAMIENTO DEL VEHÍCULO Acto seguido de la imposición de la sanción que tiene como consecuencia la ejecución de la medida complementaria de internamiento de vehículo; la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.