Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2016 (11/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES
DICE:

Jueves 11 de agosto de 2016 /

El Peruano

Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros, los viajes que realicen los profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), para las acciones de inspección de laboratorios farmacéuticos en el extranjero, en la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura y Buenas Prácticas de Laboratorio, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Administración, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y de la Secretaria General (e); y, De conformidad con lo dispuesto en el literal g) del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modificatorias; y en la Directiva Administrativa para la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros, aprobada por Resolución Ministerial N° 7372010/MINSA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, en comisión de servicios, el viaje de los químicos farmacéuticos Aura Amelia Castro Balarezo y Juan José Villegas Campos, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, a la ciudad de Singapur, República de Singapur, del 12 al 20 de agosto de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de los citados profesionales en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, han sido íntegramente cubiertos por la empresa SCHERING-PLOUGH DEL PERÚ S.A., a través de los Recibos de Ingreso detallados en los considerandos precedentes y abonados a la Oficina de Economía de la Oficina General de Administración, incluyendo la asignación por concepto de viáticos, conforme al siguiente detalle:
- Pasaje aéreo, tarifa económica para 2 personas (c/persona US$ 4,400.475 incluido TUUA) : US$ 8,800.95 - Viáticos por 6 días para 2 personas (c/persona US$ 3,000.00 incluido gastos de instalación) : US$ 6,000.00 ---------------------Total : US$ 14,800.95

"Artículo 2.- Designar al contador público José Antonio Gonzales Clemente, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4 , de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud." DEBE DECIR: "Artículo 2.- Designar al licenciado en administración José Antonio Gonzales Clemente, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F4, de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud." 1413671-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 015-2016-MTC Mediante Oficio Nº 820-2016-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 015-2016-MTC, publicado en la edición del día 28 de julio de 2016. DICE: "Artículo 4.- Incorporaciones al Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito Código de Tránsito Incorpórese el Código G.71 al Anexo I - Cuadro de Tipificación, Sanciones y Medidas Preventivas aplicables a las Infracciones al Tránsito Terrestre del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2009-MTC, en los términos siguientes: «ANEXO I: CUADRO DE TIPIFICACIÓN, SANCIONES Y MEDIDAS PREVENTIVAS APLICABLES A LAS INFRACCIONES AL TRÁNSITO TERRESTRE
Código (...) a) Utilizar, mientras se conduce el vehículo, cualquier dispositivo electrónico que reproduzca imágenes o videos con fines de entretenimiento visual. b) Utilizar un vehículo Grave G.71 que tenga instalados los dispositivos electrónicos permitidos obstaculizando la visibilidad del conductor mientras conduce o las señales emitidas por el tablero de control del vehículo. (...).» CalifiSanción cación Puntos acumulados Medida Preventiva Responsabilidad propietario del vehículo

Infracción

Artículo 3.- Disponer que los citados profesionales, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presenten ante la Titular de la entidad, con copia a la Oficina General de Recursos Humanos, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1414489-1

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". DEBE DECIR:
FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 564-2016/MINSA Mediante Oficio Nº 1881-2016-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 564-2016/MINSA, publicada en la edición del día 4 de agosto de 2016.

"Artículo 4.- Incorporaciones al Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito Código de Tránsito Incorpórese el Código G.72 al Anexo I - Cuadro de Tipificación, Sanciones y Medidas Preventivas aplicables a las Infracciones al Tránsito Terrestre del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito, aprobado por

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