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597723 NORMAS LEGALES Sábado 27 de agosto de 2016 El Peruano / Impuesto a la Renta del período correspondiente a la transferencia del área expropiada, siempre que esté debidamente acreditado por el Sujeto Pasivo. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y noti fi cada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble afectado a favor del bene fi ciario. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del bene fi ciario el área expropiada del inmueble afectado y levante toda carga o gravamen contenido en la partida registral que se detalla en el Anexo que forma parte de la presente resolución, bajo responsabilidad y sanción de destitución; según lo previsto en el literal d) del numeral 28.1 del artículo 28 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación; según lo previsto en el literal e) del numeral 28.1 del artículo 28 de la citada Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese,MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO 1 VALOR TOTAL DE TASACIÓN CORRESPONDIENTE AL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA AUTOPISTA DEL SOL, SUB TRAMO TRUJILLO - CHICLAYO No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES• CASA GRANDE S.A.A.CÓDIGO: PAS-EV02-CHI-002 AREA AFECTADA: 7.5677 Has.AFECTACIÓN: Parcial del inmueble 824,481.69LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA AFECTADA:• Por el Norte: Colinda el Fundo Sausal Grande, propiedad de la empresa Agroindustrial CASA GRANDE S.A.A con 106.99 ml. • Por el Sur: Colinda con canal de regadío con 56.17 ml.• Por el Este: Colinda con la misma propiedad (predio Santa Rosa) 1,157.41 ml, 53.08 ml, 77.45 ml, 62.36 ml, 82.36ml. • Por el Oeste: Colinda con la misma propiedad (predio Santa Rosa) 117.36 ml, 71.27 ml, 82.56 ml, 58.94 ml, 614.10 ml, 447.62 ml. COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL AREA AFECTADA VERTICES LADODISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 993.67 704202.9617 9131533.3042 B B-C 211.37 704751.7039 9130704.9233 C C-D 71.55 704932.2366 9130611.4346 D D-E 65.91 704985.2711 9130654.3595 E E-F 240.94 704989.7994 9130719.8500 F F-G 10.53 705088.6466 9130500.2810 G G-H 54.45 705080.2497 9130493.9280 H H-I 45.20 705028.5786 9130508.0609 I I-J 48.68 704983.6088 9130508.5850 J J-K 208.99 704941.3252 9130532.2279 K K-L 519.79 704756.0054 9130626.5167 L L-M 447.62 704462.0494 9131054.2231 M M-A 106.99 704214.0975 9131426.8982Partida Registral N° 04008104 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral No. V Sede Trujillo, O fi cina Registral de Trujillo. Certifi cado de Busqueda Catastral: Expedido el 15.06.2016 (Informe Técnico N° 4539-2016-Z R-V-ST/OC, emitido por la O fi cina de Catastro de la Zona Registral No. V Sede Trujillo). 1421883-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 652-2016 MTC/01.02 Lima, 24 de agosto de 2016VISTA: La Nota de Elevación Nº 378-2016-MTC/20 de fecha 05 de agosto de 2016, del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, en su Quinta Disposición Complementaria Final, declara de necesidad pública la ejecución de la Autopista del Sol (Trujillo – Chiclayo – Piura - Sullana), y, en consecuencia, autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para su ejecución; Que, el Decreto Legislativo Nº 1192, que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del