Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2016 (27/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Sábado 27 de agosto de 2016 /

El Peruano

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Reconforman el Comité de carácter permanente para la elaboración y aprobación del Listado priorizado de obligaciones derivadas de sentencias con calidad de cosa juzgada, constituido por el Decreto Supremo N° 001-2014-JUS, del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 287-2016-VIVIENDA Lima, 26 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30137, Ley que establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales, establece criterios de priorización para el pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada para efectos de reducir costos al Estado; Que, el artículo 4 del Reglamento de la Ley Nº 30137, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2014JUS, establece que cada Pliego contará con un comité de carácter permanente para la elaboración y aprobación del Listado priorizado de obligaciones derivadas de sentencias con calidad de cosa juzgada; Que, el artículo 5 del citado Reglamento señala que dicho Comité, estará integrado por el o la titular de la Oficina General de Administración o quién haga sus veces, quien lo presidirá; por un representante de Secretaría General o la que haga sus veces; por el o la titular de la Procuraduría Pública de la entidad; por el o la titular de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o quien haga sus veces; y por un representante designado por el Titular del Pliego; Que, en ese sentido, mediante Resolución Ministerial N° 133-2014-VIVIENDA, modificada por las resoluciones Ministeriales Nº 309-2014-VIVIENDA, Nº 110-2015-VIVIENDA y Nº 194-2015-VIVIENDA, se designó a los integrantes del Comité de carácter permanente para la elaboración y aprobación del Listado priorizado de obligaciones derivadas de sentencias con calidad de cosa juzgada, constituido por el Decreto Supremo N° 001-2014-JUS, del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS; Que, es necesario reconformar el citado Comité conforme a lo dispuesto en el proveído de la Hoja de Trámite Nº I-00139934-2016, de la Secretaría General, de fecha 22 de agosto de 2016; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; la Ley N° 30137, Ley que establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 001-2014-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Reconformar el Comité de carácter permanente para la elaboración y aprobación del Listado priorizado de obligaciones derivadas de sentencias con calidad de cosa juzgada, constituido por el Decreto Supremo N° 001-2014-JUS, del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, el mismo que queda integrado de la siguiente manera: - El(la) Director(a) General de la Oficina General de Administración, quien lo presidirá.

- El(la) Director(a) General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, en representación de la Secretaría General. - El(la) Procurador(a) Público(a) del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. - El(la)Director(a) General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. - Un(a) representante designado por el Titular del Pliego. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a las personas que ejercen los cargos señalados en el artículo 1, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1421739-1

Aprueban contenido básico de la Malla Curricular del Curso de Especialización para Agente Inmobiliario
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 008-2016-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU Lima, 18 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29080 se crea el Registro del Agente Inmobiliario del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que desarrolla los servicios de intermediación, destinados a la adquisición, administración, arrendamiento, comercialización, asesoramiento, consultoría, transferencia, venta, cesión, uso, usufructo, permuta u otra operación inmobiliaria a título oneroso, de inmuebles o sobre los derechos que recaigan en ellos; Que, a través del Decreto Supremo Nº 010-2016-VIVIENDA se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29080, en cuyo artículo 42 se dispone que por Resolución Directoral, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, aprueba y establece el contenido básico de la malla curricular del Curso de Especialización para Agente Inmobiliario, cuya duración es no menos de doscientas cuarenta (240) horas lectivas; Que, el inciso g) del artículo 66 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA, dispone que la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo tiene entre sus funciones, conducir y supervisar el Registro del Agente Inmobiliario; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; la Ley Nº 29080, Ley de creación del Registro del Agente Inmobiliario del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2016-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Malla Curricular del Curso de Especialización para Agente Inmobiliario Apruébase el contenido básico de la Malla Curricular del Curso de Especialización para Agente Inmobiliario, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Directoral.

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