Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2016 (27/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Sábado 27 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

597735

Tramo Trujillo ­ Chiclayo, y el valor de la Tasación del mismo, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los cinco (5) días hábiles de emitida la presente Resolución. Asimismo, PROVIAS NACIONAL realizará las gestiones necesarias para el reconocimiento y pago del valor del Impuesto a la Renta del período correspondiente a la transferencia del área expropiada, siempre que esté debidamente acreditado por el Sujeto Pasivo. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble afectado a favor del beneficiario. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros

Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario del área expropiada del inmueble afectado y levante toda carga o gravamen contenido en la partida registral que se detalla en el Anexo que forma parte de la presente resolución, bajo responsabilidad y sanción de destitución; según lo previsto en el literal d) del numeral 28.1 del artículo 28 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192, requiriéndole la desocupación y entrega del área del bien inmueble expropiado dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación; según lo previsto en el literal e) del numeral 28.1 del artículo 28 de la citada Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO
VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DE UN (1) INMUEBLE AFECTADO POR LA OBRA EJECUCIÓN DE LA AUTOPISTA DEL SOL SUB TRAMO TRUJILLO- CHICLAYO, UBICADO EN EL DISTRITO DE PAIJAN, PROVINCIA DE ASCOPE, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO VALOR DE LA TASACIÓN (S/) AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble

No.

IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE

CÓDIGO: PAS-EV04-CAS-001

ÁREA AFECTADA: 1.8958 Ha.

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: · Por el norte: Propiedad del Proyecto Especial Chavimochic con 50.70 ml. · Por el Sur: Con el predio La Fortuna, propiedad de la E.A. CASA GRANDE S.A.A. con 86.28 ml. · Por el Este: Con el área remanente (predio de Chuín) con 365.93 ml. · Por el Oeste: Con el área remanente (Predio de Chuín) con 429.14 ml. VERTICES A B C D LADO A-B B-C C-D D-A DISTANCIA (m) 50.7 365.93 86.28 429.14 WGS84 ESTE (X) 690434.5836 690481.2289 690524.8614 690485.7532 NORTE (Y) 9143664.3039 9143678.4561 9143315.1406 9143238.2283 266,099.66

1

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

CASA GRANDE S.A.A.

PARTIDA REGISTRAL: 04008103 que viene de la Ficha PR037981 perteneciente a la Oficina Registral de Trujillo - Zona Registral N° V Sede Trujillo. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 11.07.2016 (Informe Técnico Nº 5195-2016-ZR-V-ST/OC de fecha 08.07.2016) expedido por la Oficina de Catastro de la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral N° V - Sede Trujillo.

1421889-1

Designan Directora de la Dirección de Regulación y Normatividad de la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 670-2016 MTC/01.02 Lima, 25 de agosto de 2016

CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo público de confianza de Director de la Dirección de Regulación y Normatividad de la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en consecuencia, resulta necesario designar al Director de la Dirección de Regulación y Normatividad de

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