Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2016 (01/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Jueves 1 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, emite opinión favorable para el ingreso al país de personal militar de la República Federativa del Brasil; Que, el referido personal militar de la República Federativa del Brasil, ingresará a territorio de la República, del 15 de diciembre de 2016 al 15 de diciembre de 2017, con la finalidad de participar en la Maestría de Desarrollo y Defensa Nacional, que se realizará en el Centro de Altos Estudios Nacionales; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a un (01) militar de la República Federativa del Brasil, del 15 de diciembre de 2016 al 15 de diciembre de 2017, con la finalidad de participar en la Maestría de Desarrollo y Defensa Nacional, que se realizará en el Centro de Altos Estudios Nacionales. Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa

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Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

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Modifican el Cronograma de Actividades del Proceso de Implementación del Modelo de Gestión de Rendimiento en su Etapa Piloto - Fase 1 del Ministerio de Defensa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1433-2016 DE/VRD Lima, 25 de noviembre de 2016 VISTO: El Informe N° 174-2016-DGRRHH/DIPEC, de fecha 27 de octubre de 2016 y el Informe Legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 22 de la Ley N° 30057 ­ Ley del Servicio Civil, prescribe que la Gestión del Rendimiento

es llevada a cabo obligatoriamente por las entidades públicas en la oportunidad, forma y condiciones que señale el ente rector; Que, la Décima Disposición Complementaria Final del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, dispone que la aplicación del Subsistema de Gestión de Rendimiento en las entidades públicas, se realizará bajo criterios de progresividad y gradualidad de acuerdo a la programación de implementación de la gestión de rendimiento que, mediante acuerdo del Consejo Directivo, defina la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR; Que, asimismo, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 097-2015-SERVIR-PE, de fecha 18 de marzo de 2015, se formalizó la aprobación del "Plan de acción para la implementación del Modelo de Gestión de Rendimiento en su Etapa Piloto", con la finalidad de lograr la implementación del Modelo de Gestión de Rendimiento en un grupo determinado de entidades, asegurando el cumplimiento de la estrategia y garantizando la institucionalización del Modelo de Gestión de Rendimiento, mediante la gestión de evidencia y casos de éxitos en las entidades públicas; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva 267-2015-SERVIR-PE, de fecha 11 de setiembre de 2015, se aprobó al Grupo 2 de entidades priorizadas que implementará el modelo de Gestión de Rendimiento en su etapa piloto - Fase 1, siendo considerado el Ministerio de Defensa, en dicho acto administrativo; Que, en virtud de la Resolución de Presidencia Ejecutiva 277-2015-SERVIR-PE, de fecha 07 de octubre de 2015, se formalizó la aprobación de la Directiva que desarrolla el Subsistema de Gestión de Rendimiento; Que, en mérito a la Resolución Ministerial N° 10152015-DE/SG, de fecha 05 de noviembre de 2015, se implementó en el Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General), el modelo de Gestión de Rendimiento; en donde se indica que los resultados de la evaluación no se aplicarán en cuanto a las actividades establecidas en el artículo 49 del Reglamento General de la Ley N° 30057; Que, acorde a lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 1216-2015-DE/SG, se aprobó el Cronograma de Actividades del Proceso de Implementación del Modelo de Gestión de Rendimiento en su Etapa Piloto ­ Fase 1 del Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General); así como la relación de los participantes; Que, mediante el Informe del Visto, la Dirección de Personal Civil considera necesario que el Ministro de Defensa, apruebe la modificación del Cronograma de Actividades señalado en el párrafo precedente; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; en el Decreto Legislativo N° 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil; en el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; en el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil; en el Decreto Supremo N° 006-2016DE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; en la Resolución de Presidencia Ejecutiva 267-2015-SERVIR-PE, que aprueba el Grupo 2 de entidades priorizadas que implementará el modelo de Gestión de Rendimiento en su etapa piloto - Fase 1; y en la Resolución de Presidencia Ejecutiva 277-2015-SERVIR-PE, que formaliza la aprobación de la Directiva que desarrolla el subsistema de Gestión del Rendimiento; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifícase el Cronograma de Actividades del Proceso de Implementación del Modelo de Gestión de Rendimiento en su Etapa Piloto ­ Fase 1 del Ministerio de Defensa (Unidad Ejecutora 001: Administración General), aprobado mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 1216-2015-DE/SG, de fecha 24 de diciembre de 2015; el mismo que como anexo 1 forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1459217-1

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