Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2016 (06/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Martes 6 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Aplicación del Decreto Supremo N° 272-2016-EF La Transferencia de Partidas autorizada mediante el presente Decreto Supremo, se encuentra sujeta al límite para autorización de compromisos aprobado para el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante el Anexo del Decreto Supremo N° 272-2016-EF y sus modificatorias del límite de gasto. El titular del pliego, realizará la modificación a la desagregación del límite de gasto, de conformidad a lo establecido en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 3042016-EF. Artículo 5.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1460948-2

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de los pliegos Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y Ministerio de Agricultura y Riego
DECRETO SUPREMO Nº 336-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional de los pliegos 001: Presidencia del Consejo de Ministros, 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y 013: Ministerio de Agricultura y Riego; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1104, se crea la Comisión Nacional de Bienes Incautados - CONABI, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, para la recepción, registro, calificación, custodia, seguridad, conservación, administración, arrendamiento, asignación en uso temporal o definitiva, disposición y venta en subasta pública, de los objetos, instrumentos, efectos y ganancias generadas por la comisión de delitos en agravio del Estado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2004-AG, se crea la Comisión Multisectorial de Lucha contra la

Tala llegal CMLTI, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros; la misma que mediante Decreto Supremo N° 076-2014-PCM, fue adecuada conforme a la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, con el objeto de proponer acciones que coadyuven a la lucha contra la Tala Ilegal, en defensa de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, el artículo 28 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece, entre otros, que la fusión, cambio de dependencia o adscripción, se acuerdan por Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; asimismo, el numeral 3 del artículo 36 de la citada Ley, establece que las Comisiones Multisectoriales de naturaleza permanente, son creadas con fines específicos para cumplir funciones de seguimiento, fiscalización o emisión de informes técnicos en el sector al cual están adscritas; Que, mediante Decreto Supremo N° 061-2016-PCM se aprueba la adscripción de organismos públicos y la modificación de la dependencia, adscripción o fusión de instancias de la Presidencia del Consejo de Ministros a diversos ministerios; aprobándose en el artículo 2 de la mencionada norma, la fusión por absorción de la Comisión Nacional de Bienes Incautados ­ CONABI en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y en el artículo 3, la modificación de la dependencia o adscripción de la Comisión Multisectorial Permanente de Lucha contra la Tala Ilegal de la Presidencia del Consejo de Ministros al Ministerio de Agricultura y Riego; asimismo, en el artículo 4 del citado Decreto Supremo, se señala que el cambio de dependencia o adscripción de Comisiones al que se refiere el artículo 3 de la referida norma comprende la transferencia de funciones de la Comisión, asi como la transferencia de recursos presupuestales, personal y acervo documentario, según corresponda; Que, la Décima Tercera Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se requieran realizar como consecuencia de la fusión de direcciones, programas, dependencias, entidades, organismos públicos y comisiones, así como las transferencias de funciones que se efectúen entre entidades del Poder Ejecutivo como parte de la reforma de la estructura del Estado, de acuerdo con la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante Oficio N° 2718-2016-JUS/SG el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, solicita la aprobación de una Transferencia de Partidas hasta por la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 3 552 324,00) de la Unidad Ejecutora 015 Comisión Nacional de Bienes Incautados ­ CONABI del pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros a favor del pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 061-2016-PCM; la misma que se encuentra sustentada en el Acta N° 002-2016-OGPPMINJUS/PPT ­ CONABI y el Oficio N° 335-2016PCM/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, en los cuales se señala el monto de la transferencia presupuestal validado por la Comisión de Transferencia de CONABI al MINJUS, así como la estructura funcional programática de los egresos y la desagregación de los ingresos en el presente año fiscal, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados; Que, el Ministerio de Agricultura y Riego mediante Oficio N° 2132-2016-MINAGRI-SG, solicita la aprobación de una Transferencia de Partidas hasta por la suma de TRESCIENTOS OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 308 936,00) del pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros a favor del pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 061-2016-PCM; el mismo que se encuentra sustentado en el Acta de la Sesión N° 5 de fecha 30 de

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