Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2016 (06/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Martes 6 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Turismo ­ MINCETUR, participe en la Reunión Técnica de Expertos de Inversión sobre el Sistema Multilateral para la Resolución de Disputas de Inversión, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de los artículos precedentes, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : Viáticos (US$ 540,00 x 03 días) : US$ US$ 2 367,07 1 620,00

como gestione la realización de todas las condiciones previas del primer desembolso del préstamo; Que, de conformidad con la Ley N° 27790- Ley de Organización y Funciones del MINCETUR, el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR y sus modificatorias. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Francisco Ruiz Zamudio, Director General de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior, como Coordinador General del Proyecto de Inversión Pública "Mejoramiento de los Servicios de Facilitación de Comercio Exterior a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE Segunda Etapa San Isidro Lima-Lima" y responsable de la administración y gestión para la puesta en operación de la Unidad Ejecutora 005: Ventanilla Única de Comercio Exterior- Segunda Etapa, en el Pliego 035: MINCETUR. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe), al día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la Sra. Rivas Plata Saldarriaga presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1460099-1

Designan Coordinador General del Proyecto de Inversión Pública "Mejoramiento de los Servicios de Facilitación de Comercio Exterior a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE Segunda Etapa de San Isidro Lima - Lima"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 422-2016-MINCETUR/DM San Isidro, 2 de diciembre de 2016 Vistos, el Informe N° 129-2016-MINCETUR/VMCE/ DGFC/DVUCEPT/JFR-YND y el Memorándum N° 539-2016-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR. CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N°101-2016-EF se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, la cual está destinada a financiar parcialmente el Proyecto de Inversión Pública "Mejoramiento de los Servicios de Facilitación de Comercio Exterior a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE Segunda Etapa San Isidro Lima-Lima"; Que, a consecuencia de la operación de endeudamiento referida, el Gobierno Peruano y el BID suscribieron el Contrato de Préstamo N° 3546/OC-PE, el cual establece diversas condiciones previas para efectivizar el primer desembolso del préstamo, entre ellas, que la Unidad Ejecutora esté constituida y conformada por personal técnico necesario; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 364-2016-MINCETUR/DM se formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 005: Ventanilla Única de Comercio Exterior- Segunda Etapa, en el Pliego 035: MINCETUR, la misma que empezará a operar a partir del 2017, así como se conformó el equipo técnico que la integrará, entre ellos se consignó la figura del Coordinador General del Proyecto de Inversión Pública mencionado; Que, en el contexto antes descrito, y en tanto se hagan las adquisiciones y contrataciones que serán financiadas por el BID, resulta necesario contar con el responsable que asuma la función de Coordinador General del Proyecto para que gestione los actos preparatorios que permitan la operación de la Unidad Ejecutora citada, así

EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1460891-1

DEFENSA
Constituyen el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal, encargado de la elaboración del Informe para la Transferencia de Gestión en el Ministerio de Defensa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1472-2016 DE/SG Lima, 5 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 15-2016PCM de fecha 28 de julio de 2016, se nombró Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, al señor Cosme Mariano González Fernández; Que, el artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta y emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades, pudiéndose encargar otras funciones que no sean las indicadas a grupos de trabajo; Que, asimismo, el numeral 8.2 de la Directiva Nº 003-2016-CG-GPROD - Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades de Gobierno Nacional, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG, establece que el Titular de la entidad del Gobierno Nacional que finalice su gestión antes de concluir el periodo establecido, debe constituir un Grupo de Trabajo, como máximo el mismo día de su cese, para realizar el proceso de transferencia de gestión; Que, en tal sentido, resulta necesario constituir el Grupo de Trabajo encargado de realizar las actividades a las que se refieren los dispositivos legales señalados procedentemente, entre ellas, la elaboración del Informe para la Transferencia de Gestión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y el Reglamento de Organización y Funciones

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