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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2016 (06/12/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 19

605925 NORMAS LEGALES Martes 6 de diciembre de 2016 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos directamente recaudados del pliego a favor del Gobierno Regional de Ayacucho. Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados hasta por un monto total ascendente a S/ 215 000,00 (Doscientos quince mil con 00/100 Soles), a favor del Gobierno Regional de Ayacucho, para ser destinados exclusivamente para el mantenimiento del mecanismo de Ventanilla Única, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: 2.4.1 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/ 215 000,00 TOTAL EGRESOS S/ 215 000,00 Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1 de la presente resolución se efectuará según el siguiente detalle: A la Región Ayacucho : Organismo Público Pliego : N° 444 Gobierno Regional de Ayacucho Unidad Ejecutora : N° 001 Sede Central- Región de Ayacucho Unidad Ejecutora SIAF : N° 0770 Entidad Bancaria : Banco de la Nación Cuenta Corriente : N° 00-401-036628 CCI : N° 018-401-000401036628-06 RUC : N° 20452393493 Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación Interinstitucional para el mantenimiento de la Ventanilla Única celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Ayacucho. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1460630-1 Autorizan transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Tumbes, para ser destinados exclusivamente para el mantenimiento del mecanismo de Ventanilla Única RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 503-2016-MEM/DM Lima, 1 de diciembre de 2016 VISTO: El Informe N° 085-2016-MEM/DGFM-VU de fecha 22 de noviembre de 2016, de la Coordinación Nacional de la Ventanilla Única de la Dirección General de Formalización Minera del Ministerio de Energía y Minas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el literal b) de la Vigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se autorizó al Ministerio de Energía y Minas efectuar transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales para ser destinados a fi nanciar, exclusivamente, el mantenimiento del mecanismo de Ventanilla Única en el marco del Proceso de Formalización Minera; Que, la referida disposición señala que dichas transferencias de recursos a ser fi nanciadas con cargo al presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, se autorizan mediante resolución del titular del pliego, la que se publica en el diario ofi cial El Peruano, previa suscripción de convenios y/o adendas, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales; Que, asimismo, se establece la obligación de los Gobiernos Regionales de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fi nes distintos para los cuales fueron transferidos; Que, con fecha 16 de noviembre de 2016, se suscribe el Convenio de Cooperación Interinstitucional para el mantenimiento de la Ventanilla Única entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Tumbes; Que, en ese sentido, en aplicación de lo establecido en la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, resulta necesario autorizar la transferencia fi nanciera de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Tumbes, mediante la correspondiente resolución del titular del pliego; De conformidad con lo dispuesto en la Vigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304- 2012-EF; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos directamente recaudados del pliego a favor del Gobierno Regional de Tumbes. Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados hasta por un monto total ascendente a S/ 223 300,00 (Doscientos veintitrés mil trescientos con 00/100 Soles), a favor del Gobierno Regional de Tumbes, para ser destinados exclusivamente para el mantenimiento del mecanismo de Ventanilla Única, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gasto Corriente: 2.4.1 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/ 223 300,00 TOTAL EGRESOS S/ 223 300,00 Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1 de la presente resolución se efectuará según el siguiente detalle: A la Región Tumbes : Organismo Público Pliego : N° 461 Gobierno Regional de Tumbes Unidad Ejecutora : N° 000936 Sede Central- Región de Tumbes Unidad Ejecutora SIAF : N° 000936 Entidad Bancaria : Banco de la Nación Cuenta Corriente : N° 00-691-020592 CCI : N° 018-691-00069102059268 RUC : N° 20484003883 Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación interinstitucional para el mantenimiento de la