Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2016 (08/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Viernes 8 de enero de 2016

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional; y, el Decreto Legislativo N° 738; SE RESUELVE: Artículo 1.- Prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas Prorrogar la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en la provincia de Yauli del departamento de Junín, del 10 de enero al 8 de febrero de 2016, con el fin de asegurar el control y mantenimiento del orden interno y evitar actos de violencia o cualquier ilícito que se pudieran cometer con ocasión de las movilizaciones y cualquier otro tipo de acto vandálico. Artículo 2.- De la actuación de las Fuerzas Armadas 2.1. La actuación de las Fuerzas Armadas constituirá una tarea de apoyo a la misión de la Policía Nacional del Perú y no releva la activa participación de esta. El control del orden interno permanece en todo momento a cargo de la Policía Nacional del Perú. 2.2. La actuación de las Fuerzas Armadas estará dirigida a contribuir y garantizar la plena vigencia del derecho a la libertad y seguridad personales, a la libertad de tránsito por las vías y carreteras, el derecho a la paz, a la tranquilidad, el adecuado funcionamiento de los servicios públicos esenciales y resguardar puntos críticos vitales para el normal desarrollo de las actividades de la población afectada, facilitando de este modo que los efectivos de la Policía Nacional del Perú concentren su accionar en el control del orden público y la interacción con la población del departamento a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Suprema. Artículo 3.- De la intervención de las Fuerzas Armadas La intervención de las Fuerzas Armadas se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1095, que establece las Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional. Artículo 4.- Estado de Derecho La intervención de las Fuerzas Armadas, conforme a la presente Resolución Suprema, no implica en modo alguno la restricción, suspensión ni afectación de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política del Perú, las leyes y los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos de los que el Perú es parte. Artículo 5.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1331475-1

Que, el artículo 167º de la Constitución Política del Perú establece que el Presidente de la República es el Jefe Supremo de la Policía Nacional; Que, el artículo 23º del Decreto Legislativo Nº 1149 ­ Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, establece que el cargo es el puesto laboral específico establecido en el Cuadro de Organización, que se asigna al personal con empleo, de acuerdo a las Listas de Rendimiento Profesional o Técnico, especialidades funcionales y antigüedad; Que, el numeral 1) del artículo 28 del Decreto Legislativo Nº 1149 ­ Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, establece que la asignación en el cargo de los Oficiales Generales se aprueba por Resolución Suprema; De conformidad con la Ley Nº 29158 ­ Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1135 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2013-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Asignar al señor Teniente General de la Policía Nacional del Perú Salvador Aniceto IGLESIAS PAZ, en el cargo de Jefe de Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú, con efectividad a partir del 1 de enero de 2016. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1331478-1 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2016-IN Lima, 7 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo 167º de la Constitución Política del Perú establece que el Presidente de la República es el Jefe Supremo de la Policía Nacional; Que, el artículo 23º del Decreto Legislativo Nº 1149 ­ Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, establece que el cargo es el puesto laboral específico establecido en el Cuadro de Organización, que se asigna al personal con empleo, de acuerdo a las Listas de Rendimiento Profesional o Técnico, especialidades funcionales y antigüedad; Que, el numeral 1) del artículo 28 del Decreto Legislativo Nº 1149 ­ Ley de la Carrera y Situación del Personal de la Policía Nacional del Perú, establece que la asignación en el cargo de los Oficiales Generales se aprueba por Resolución Suprema; De conformidad con la Ley Nº 29158 ­ Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1135 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2013-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Asignar al señor Teniente General de la Policía Nacional del Perú Eleuterio DIAZ PEREZ, en el cargo de Inspector General de la Policía Nacional

Asignan a Tenientes Generales a diversos cargos de la Policía Nacional del Perú
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2016-IN Lima, 7 de enero de 2016

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