Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2016 (16/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Sábado 16 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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del Interior y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de enero del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores Encargada del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior y Encargado del Despacho del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 1334805-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban los Lineamientos de la Estrategia Nacional de Promoción y Gestión de Talentos Rurales para la Agricultura Familiar al 2021, denominada "Escuela Nacional de Talentos Rurales"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0604-2015-MINAGRI Lima, 11 de diciembre de 2015 VISTO: El Oficio N° 0870-2015-MINAGRI-DVPA-DIPNA/ DGPA de la Dirección General de Políticas Agrarias, sobre la aprobación de los Lineamientos de la Estrategia Nacional de Promoción y Gestión de Talentos Rurales para la Agricultura Familiar al 2021, denominada "Escuela Nacional de Talentos Rurales"; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048, establece que el ahora Ministerio de Agricultura y Riego es el órgano rector del Sector Agricultura y Riego, el cual, entre otros, diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles del gobierno; Que, el Ministerio de Agricultura y Riego, en el marco de sus competencias compartidas, ejerce la función de desarrollar y promover la investigación, capacitación, extensión y transferencia de tecnología para el desarrollo y modernización del Sector Agricultura y Riego, en coordinación con los sectores e instituciones que corresponda; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2015-MINAGRI, se aprobó la Estrategia Nacional de Agricultura Familiar 2015-2021, en adelante la Estrategia Nacional, que tiene por objetivo orientar y organizar la intervención integral del Estado a favor del logro de resultados en los agricultores y agricultoras familiares, sobre la base del uso sostenible de los recursos naturales y en el marco de los procesos de desarrollo e inclusión social en beneficio de la población rural; Que, el Lineamiento 9, Gestión del Conocimiento e Innovación de la Estrategia Nacional, orienta a promover la capacidad de investigación científica, potenciar el conocimiento e incrementar la competitividad de los agricultores y agricultoras familiares, a través del mejor uso del conocimiento individual y colectivo, enfatizando

el conocimiento tradicional, la sistematización y el desarrollo de conocimientos en torno a la agricultura familiar, generando mecanismos para involucrar a la comunidad académica; Que, el mencionado Lineamiento tiene como acciones estratégicas, a mediano plazo, la masificación de modelos de asistencia técnica y capacitación horizontal (yachachiq, kamayoq, Escuelas de Campo, entre otros), que promueven el intercambio de conocimientos y aprendizajes entre los agricultores y agricultoras de diversas zonas y regiones, así como en materia pecuaria; y, la sistematización y difusión de los conocimientos y prácticas ancestrales para la sostenibilidad de los sistemas productivos, la seguridad alimentaria y nutricional, el cambio climático, la valoración positiva del rol de las agricultoras, la gestión de la agrobiodiversidad y la generación de conocimientos científicos; Que, los alcances del citado Lineamiento 9, contribuyen al funcionamiento del Sistema Nacional de Innovación Agraria - SNIA, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1060, el mismo que tiene por objeto promover el desarrollo de la investigación, el desarrollo tecnológico, la innovación y la transferencia tecnológica en materia agraria, con la finalidad de impulsar la modernización y la competitividad del Sector Agricultura y Riego, cuya rectoría la ejerce el Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA; Que, la Resolución Ministerial Nº 224-2012-AG, dispuso que el Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA proceda a inscribir en su Registro de Proveedores de Asistencia Técnica a los Extensionistas Campesinos Kamayoq, Yachachiq, Promotores Campesinos y otros extensionistas de culturas andinas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0015-2015-MINAGRI, modificado por Resolución Ministerial N° 0588-2015-MINAGRI, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, que dispone que la Dirección de Desarrollo Agrario, a través de la Sub Dirección de Capacidades Productivas, proponga e implemente mecanismos y estrategias de capacitación y asistencia técnica, para la mejora de los procesos productivos, teniendo como ámbito de intervención las zonas rurales del territorio nacional; Que, con el fin de contribuir a ampliar y fortalecer los servicios de extensión, asistencia técnica y capacitación rural, adecuados a las necesidades y demanda de los productores y productoras de la agricultura familiar, brindados por Talentos Rurales, en el marco del Sistema Nacional de Innovación Agraria (SNIA) y de la Política Nacional Agraria, resulta necesario expedir la resolución ministerial que apruebe los Lineamientos de la Estrategia Nacional de Promoción y Gestión de Talentos Rurales para la Agricultura Familiar al 2021, denominada "Escuela Nacional de Talentos Rurales"; Que, de conformidad con el artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades; precisa que para otras funciones que no sean las indicadas, el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo; Que, en tal virtud, debe crearse un grupo de trabajo que constituya un espacio de coordinación institucional y diálogo para la implementación de la Estrategia Nacional de Promoción y Gestión de Talentos Rurales para la Agricultura Familiar al 2021, denominada "Escuela Nacional de Talentos Rurales"; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de Lineamientos Aprobar los Lineamientos de la Estrategia Nacional de Promoción y Gestión de Talentos Rurales para la

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