Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2016 (03/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Miércoles 3 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

577051

Artículo 4.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1341308-4

jurídicas que desarrollan experiencias exitosas en Cultura del Agua en el país. Artículo 2°.- Organización e implementación La Dirección de Gestión del Conocimiento y Coordinación Interinstitucional de la Autoridad Nacional del Agua, organizará e implementará anualmente el Premio Nacional Cultura del Agua, para cuyo efecto dictará las disposiciones necesarias. Artículo 3°.- Financiamiento La implementación del "Premio Nacional Cultura del Agua" se atenderá con cargo al presupuesto de la Dirección de Gestión del Conocimiento y Coordinación Interinstitucional de la Autoridad Nacional del Agua. Regístrese, comuníquese y publíquese, JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1341283-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Crean el "Premio Nacional Cultura del Agua"
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 034-2016-ANA Lima, 2 de febrero de 2016 VISTO: El Memorando N° 372-2016-ANA-OPP/UP, de fecha 27 de enero de 2016, del Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 144-2015-ANA-DGCCI/ACINF de fecha 29 de diciembre de 2015, de la Dirección de Gestión del Conocimiento y Coordinación Interinstitucional de la Autoridad Nacional del Agua; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997, modificado por Ley Nº 30048, se aprobó la Ley de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, que creó la Autoridad Nacional del Agua, como organismo público responsable de dictar normas y establecer procedimientos para la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos; Que, según el inciso o), del artículo 6°, del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2010AG, es función de la Autoridad Nacional del Agua, promover programas de educación, difusión y sensibilización sobre la importancia del agua para la humanidad, destinadas al establecimiento de una cultura del agua que reconozca el valor social, ambiental y económico de dicho recurso; Que, mediante Informe del Visto, se señala que es necesario instaurar un reconocimiento expreso a las personas naturales o jurídicas que en forma individual o colectiva desarrollen experiencias exitosas que contribuyen a promover la Cultura del Agua en el país, fomentando así su difusión y replicabilidad; Que, de igual forma, el Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, mediante el Memorado del Visto, manifiesta su conformidad para crear el Premio Nacional Cultura del Agua, pues señala, que contribuirá con el logro de los objetivos institucionales de la Autoridad Nacional del Agua, propiciando el uso sostenible de los recursos hídricos; Que, en ese sentido, se ha visto por conveniente crear el "Premio Nacional Cultura del Agua", que contribuirá al reconocimiento de las buenas prácticas, experiencias, proyectos educativos e investigaciones que promuevan el uso eficiente, el ahorro, la conservación, la protección de la calidad o incremento de la disponibilidad de los recursos hídricos en el ámbito nacional, propiciando su difusión; Con los vistos de la oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo N° 06-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Objeto de la Norma Crear el "Premio Nacional Cultura del Agua" como reconocimiento del Estado a las personas naturales o

Disponen la prepublicación en el portal web de la Autoridad Nacional del Agua, del "Reglamento para la Elaboración y Aprobación del Plan de Descargas de las Presas Públicas y Privadas del Perú"
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 035-2016-ANA Lima, 2 de febrero de 2016 VISTO: El Memorando N° 091-2016-ANA-DEPHM, de fecha 29 de enero de 2016, del Director (e) de la Dirección de Estudios de Proyectos Hidráulicos Multisectoriales; y, CONSIDERANDO: Que, según el numeral 3 del artículo 15° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, es función de la Autoridad Nacional del Agua, dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos; Que, el artículo 34° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, establece que la Dirección de Estudios de Proyectos Hidráulicos Multisectoriales, autoriza la ejecución de estudios de presas integrantes de la infraestructura hidráulica mayor de carácter multisectorial, la ejecución de dichas presas, y aprobar los correspondientes planes de descarga; Que, mediante el documento del visto, la Dirección de Estudios de Proyectos Hidráulicos Multisectoriales remite el Informe N° 001-2016-ANA-DEPHM-JRCHA, que sustenta la propuesta de "Reglamento para la Elaboración y Aprobación del Plan de Descargas de las Presas Públicas y Privadas del Perú", y concluye que dicha propuesta está articulada al Plan de aprovechamiento de las disponibilidades hídricas; asimismo, indica que se ha reformulado a fin que su cumplimiento y obligatoriedad involucre a los entes de la Autoridad Nacional del Agua, operadores y usuarios; Que, según artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia; Que, por otro lado, el artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en

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