Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2016 (06/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Sábado 6 de febrero de 2016 /

El Peruano

Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Javier Francisco Muñoz Cárdenas, a la ciudad de Barcelona, Reino de España, del 20 al 27 de febrero de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Clase Viáticos N° Total Económica día US $ días Viáticos US $ 1 202,00 540,00 6 3 240,00

Nombres y apellidos Javier Francisco Muñoz Cárdenas

Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Javier Francisco Muñoz Cárdenas, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaría General (e) 1341880-2

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Delegan facultades a diversos funcionarios de la ONP
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 008-2016-JEFATURA/ONP Lima, 29 de enero 2016 VISTO: El Memorándum Nº 060-2016-OAD/ONP de fecha 20 de enero de 2016, emitido por la Oficina de Administración, y el Informe Nº 064-2016-OAJ/ONP de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) se creó mediante el Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323, como una entidad a cargo de la administración del Sistema Nacional de Pensiones al que hace referencia el Decreto Ley Nº 19990, así como del Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales-Decreto Ley Nº 18846, la Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los

Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, Ley Nº 30003, y otros regímenes previsionales a cargo del Estado, que les sean encargados conforme a ley; Que, la ONP fue reestructurada integralmente a través de la Ley Nº 28532, y en cumplimiento de la Segunda Disposición Transitoria de la Ley Nº 29158 ­ Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, ha sido calificada como un Organismo Público Técnico Especializado por el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28532, señala que el Jefe de la ONP puede delegar en el Gerente General o en funcionarios de alto nivel, las funciones y facultades que se le reconocen en dicho artículo, con excepción de las mencionadas en los incisos 1, 4, 5, 9, 10, 12 y 13; Que, por su parte, el inciso 40.2 del artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto ­ aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF dispone que el Titular de la Entidad puede delegar la facultad de aprobación de las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, a través de disposición expresa, la que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, de otro lado, el Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, dispone en su artículo 10º que las entidades públicas pueden realizar actos de administración y gestión de los bienes de propiedad estatal; Que, asimismo, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Ley Nº 30225, establece los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procedimientos de contrataciones de bienes, servicios y obras; y conforme lo dispone el artículo 8º, el Titular de la Entidad puede delegar sus atribuciones, excepto la declaración de nulidad de oficio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra, la aprobación de las contrataciones directas salvo aquellas que disponga el reglamento de acuerdo a la naturaleza de la contratación y los otros supuestos que se establezcan en el reglamento; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 1742013-EF/10 y su modificatoria, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), el cual contiene la estructura orgánica de la institución, diseñada conforme al criterio de desconcentración contenido en la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, asimismo, con Resolución Jefatural Nº 070-2013-JEFATURA/ONP y su modificatoria se aprobó el Manual de Organización y Funciones de la ONP; Que, habiéndose aprobado una nueva normativa de contratación pública a través de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, resulta necesario efectuar la delegación de competencias en materia de contratación pública, dentro del marco de las disposiciones contenidas en la mencionada Ley, con excepción de las establecidas expresamente en dicha normativa; En mérito a las consideraciones expuestas, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 5º de la Ley Nº 28532 como Titular de la ONP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR, en el Gerente General, las siguientes facultades: 1.1 En materia administrativa a) Suscribir convenios en nombre y representación de la ONP. b) Aprobar la formalización de las modificaciones presupuestarias efectuadas en el Nivel Funcional Programático, a que se refiere el artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. c) Designar a los titulares y suplentes de las cuentas bancarias de la Entidad. d) Emitir la resolución que autorice a la ONP iniciar ante el Poder Judicial un Proceso Contencioso Administrativo. e) Autorizar, mediante memorándum, las encargaturas de los puestos de empleados de confianza y/o de libre designación y remoción. Para efectos de realizar las encargaturas se deberá tener en cuenta la idoneidad y competencias del personal que las asumirá.

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