Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2016 (08/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Lunes 8 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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Metropolitana de Lima y la Provincia Constitucional de Callao, teniendo como población objetivo a las personas de 14 años y más de edad que residen en dichos ámbitos; Que, resulta necesario autorizar la ejecución de la "Encuesta Permanente de Empleo" - 2016, la que cuenta con los documentos metodológicos: ficha técnica, manuales de capacitación y el cuestionario correspondiente a utilizar; los mismos que requieren ser aprobados de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del INEI; Estando a lo propuesto por la Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales, con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática". SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, la ejecución de la "Encuesta Permanente de Empleo" - 2016, que será aplicada a 19,200 viviendas particulares, ubicadas en el Área Metropolitana de Lima y la Provincia Constitucional de Callao, la que estará a cargo de la Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales. Artículo 2º.- Aprobar, el cuestionario de la referida Encuesta, el mismo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 3º.- Establecer, como periodo de ejecución de la referida Encuesta, del 05 enero al 31 de diciembre de 2016, la misma que se efectuará en la modalidad de entrevista directa. Regístrese y comuníquese. ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1342532-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Designan Asesora de la Superintendencia
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 023-2016-SUSALUD/S Lima, 3 de febrero de 2016 VISTO: El Memorándum Nº 00106-2016-SUSALUD/OGPER de fecha 03 de febrero de 2016, de la Oficina General de Gestión de las Personas; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 9º, 11º y 13º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, en armonía con el Decreto Legislativo Nº 1158 que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud ­ SUNASA, se crea la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; encargada de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud; registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, así como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS UGIPRESS, en el ámbito de su competencia;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 086-2012-EF se aprobó la Escala Remunerativa del Pliego Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, hoy SUSALUD; Que, por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de SUSALUD; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 730-2014/ MINSA, de fecha 26 de setiembre de 2014, se aprueba el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Superintendencia Nacional de Salud ­ SUSALUD; y, mediante Resolución de Superintendencia Nº 021-2015-SUSALUD/S, publicada el 06 de febrero del 2015, se aprueba el reordenamiento de cargos del CAP Provisional de SUSALUD, instrumento de gestión que tiene previsto el cargo de confianza de Asesor de la Superintendencia, identificado con el Código Nº 134012 y Clasificación EC; Que, el Clasificador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 012-2015-SUSALUD/S, publicada el 30 de enero de 2015, establece como función general del cargo de Asesor brindar asesoramiento técnico ­ administrativo y/o político social así como coordinar con los diferentes órganos de la institución en tareas específicas que se le asigne, así como realizar coordinaciones con entes externos; Que, de acuerdo al artículo 9º y literales d), h) y t) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA, la Superintendente es el órgano de mayor jerarquía de la institución, y tiene como funciones organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de SUSALUD, designar a los trabajadores en cargos de dirección y confianza, y expedir las resoluciones que correspondan al ámbito de sus funciones; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 016-2016-SUSALUD/S se dio por concluida, a partir del 01 de febrero de 2016, la designación del Abogado Agustín Segundo Silva Vite en el cargo de confianza de Asesor de la Superintendencia; por lo que, encontrándose vacante dicha plaza, se estima necesario designar a la Abogada Nelly Jeanette Palacios Torres en el cargo de confianza de Asesora de la Superintendencia; Que, de conformidad con los artículos 3º y 6º de la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, la designación de servidores en cargos de confianza se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad, y surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Con los vistos del Secretario General, del Director General de la Oficina General de Gestión de las Personas y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica (e); y, Estando a las facultades conferidas por el artículo 9º y los literales d), h) y t) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA. SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR, a partir del 08 de febrero de 2016, a la Abogada NELLY JEANETTE PALACIOS TORRES en el cargo de confianza de Asesora de la Superintendencia. Artículo 2º.- DISPONER la notificación de la presente Resolución a la interesada; así como a la Oficina General de Gestión de las Personas, Oficina General de Administración y Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, para los fines correspondientes, conforme a sus respectivas funciones. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Oficina de Comunicación Corporativa la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, encargar a la Oficina General de Asesoría Jurídica la publicación de la presente Resolución en la Página Web Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Superintendente 1342371-1

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