Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2016 (21/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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2.3 En materia de gestión administrativa

NORMAS LEGALES

Domingo 21 de febrero de 2016 /

El Peruano

2.3.1 Autorizar, la elaboración de expedientes técnicos o estudios definitivos, así como la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública declarados viables, pudiendo realizar ambas autorizaciones en un solo acto. Los proyectos viables aprobados en su Presupuesto Institucional de Apertura se consideran ya autorizados y por lo tanto no requieren una autorización expresa, salvo para aquellos proyectos de Inversión Pública que implican modificación presupuestaria. La autorización podrá ser otorgada mediante cualquier medio escrito bien sea memorando, proveído, entre otros. 2.4. Delegaciones en materia del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público: Designar y delegar facultades al Gerente General Regional a fin de que represente al Gobierno Regional de Ica en las siguientes facultades: 2.4.1 Remitir la solicitud para el registro de contrato 2.4.2 Suscribir el contrato de Locación de Servicio 2.4.3 Suscribir el Anexo N° 01 Término de Referencia del Servicio. 2.4.4 Remitir la solicitud para la prórroga y/o renovación contratos 2.4.5 Suscribir el Anexo N° 8 Adenda 2.4.6 Remitir la solicitud para el pago correspondiente 2.4.7 Otros documentos relacionados con el FAG ­ Fondo de Apoyo Gerencial del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Tercero.- Delegaciones al Gerente Regional de Administración y Finanzas: Delegar en el Gerente Regional de Administración y Finanzas las siguientes facultades y atribuciones durante el año fiscal 2016: 3.1 En materia de gestión de los recursos humanos: 3.1.1 Constituir el Comité Electoral para la elección de los representantes de los Trabajadores ante el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo ­ CAFAE. 3.1.2 Constituir el Comité electoral para la elección de los representantes de los trabajadores ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. 3.1.3 Autorizar los viajes a los Departamentos diferentes a Ica y las provincias dentro del Departamento de Ica, en comisión de servicios, que excedan los quince (15) días calendario. 3.2 En materia de contratación pública:

3.2.11 Celebrar contratos complementarios de bienes y servicios. 3.2.12 Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual, autorizándolas de ser el caso. 3.2.13 Aprobar la resolución de contratos por caso fortuito o fuerza mayor, por el incumplimiento de los mismos cuando sea imputable por el contratista, así como en otros supuestos previstos por la Ley. 3.3 En materia de gestión administrativa: 3.3.1 Delegar en el Gerente Regional de Administración y Finanzas la representación legal del Gobierno Regional ante cualquier tipo de autoridad administrativa, así como suscribir convenios, acuerdos, memorandos de entendimiento, contratos, adendas y cualquier otro acto relacionado con los fines de la institución; salvo los casos en los que el Gobernador Regional decidiera avocarse u otorgue facultades especiales a otros funcionarios 3.3.2 Delegar en el Gerente Regional de Administración y Finanzas la suscripción de los contratos y adendas sujetos a las disposiciones reguladas en la Directiva N° 006-2015-CG/PROCAL, gestión de Sociedades de Auditoría, sus modificatorias y/o la regulación que la reemplace. 3.4 En materia presupuestaria y financiera: 3.4.1 Designar a los titulares y suplentes de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras del Pliego del Gobierno Regional de Ica. 3.4.2 Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, a propuesta de la Subgerencia de Presupuesto de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a que se refiere el numeral 40.2 del artículo 40° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 3.4.3 Suscribir los Estados Financieros y Presupuestarios requeridos para la elaboración de la Cuenta General de la República y remitirla ante la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, conforme a las normas sobre la materia. Artículo Cuarto.- Delegaciones al Subgerente de Abastecimiento de la Gerencia Regional de Administración y Finanzas: Delegar en el Subgerente de Abastecimiento de la Gerencia Regional de Administración y Finanzas las siguientes facultades y atribuciones durante el año fiscal 2016: 4.1 En materia de contratación pública:

3.2.1 Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, sus modificaciones y evaluar su ejecución. 3.2.2 Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección. 3.2.3 Autorizar los procesos de estandarización. 3.2.4 Aprobar el otorgamiento de la buena pro a las propuestas que superen el valor referencial en procedimientos de selección para la ejecución de obras, hasta el límite máximo previsto por ley. 3.2.5 Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección para la contratación de bienes, servicios u obras. 3.2.6 Suscribir Convenios interinstitucionales para encargar procedimientos de selección a entidades públicas, así como aprobar el expediente de contratación y las bases en calidad de entidad encargante. 3.2.7 Aprobar las Bases de todos los procedimientos de selección, incluyendo las provenientes de contrataciones directas sólo en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27° de la Ley. 3.2.8 Designar a los integrantes de los Comités de Selección. 3.2.9 Autorizar la participación de expertos independientes en los comités de selección. 3.2.10 Celebrar y suscribir los contratos derivados de los procedimientos de selección para la contratación de bienes, servicios y obras, así como suscribir adendas para su modificación de corresponder, con excepción de los procedimientos de selección para las contrataciones directas.

4.1.1 Aprobar la reserva del valor estimado y del referencial en los procedimientos de selección. 4.1.2 Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios hasta por el máximo permitido por Ley. 4.1.3 Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes y servicios hasta por el máximo permitido por Ley. 4.1.4 Representar al Gobierno Regional de Ica ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE y ante el Tribunal de Contrataciones del Estado, en los procedimientos, trámites y gestiones que se realicen antes dichas instancias de acuerdo con las normas de contrataciones del Estado. 4.1.5 Autorizar la contratación de bienes y servicios de cualquier tipo, con personas naturales o jurídicas, cuyos montos sean menores o iguales a 8UIT y/o que se encuentren fuera del ámbito de aplicación de la ley de contrataciones del Estado y su Reglamento, suscribiendo o resolviendo los contratos, órdenes o documentos respectivos. 4.2 En materia de gestión administrativa: 4.2.1 Suscribir formularios, minutas y cualquier otro tipo de documento notarial respecto al cambio de características de los vehículos de propiedad del Gobierno Regional de Ica, tales como cambio de color, cambio de motor, cambio de carrocería, cambio de ejes de ruedas,

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