Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2016 (21/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Domingo 21 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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duplicado de Tarjeta de Propiedad, duplicados de placas, entre otros. 4.2.2 Suscribir Declaraciones Juradas sobre vehículos de propiedad del Gobierno Regional de Ica, que no se encuentren debidamente registrados en la Oficina de Registro Vehicular de Ica, estando facultado para iniciar el trámite administrativo de primera inscripción de dominio. 4.2.3 Aprobar el alta y baja de los bienes muebles e inmuebles cuya titularidad recaiga en el Gobierno Regional de Ica, así como emitir los actos resolutivos relacionados con el registro, administración supervisión y disposición de los bienes de propiedad de la entidad que se encuentren bajo administración del Gobierno Regional de Ica. 4.2.4 Autorizar, excepcionalmente impresiones a color para casos debidamente justificados, conforme a las normas sobre la materia. Artículo Quinto.- Delegaciones al Subgerente de Supervisión y Liquidación de Proyectos de la Gerencia Regional de Administración y Finanzas. Delegar en el Subgerente de Supervisión y Liquidación de Proyectos de la Gerencia Regional de Administración y Finanzas las siguientes facultades y atribuciones durante el año fiscal 2016: 5.1 En materia de gestión administrativa: 5.1.1 Designar a los Comités de Recepción de Obra relacionados a su ámbito de competencia. 5.1.2 Aprobar, suscribir, elaborar otra u observar las liquidaciones de los contratos de ejecución o consultoría de obras, así como otros bajo competencia de la Subgerencia, contratados por el Gobierno Regional. Artículo Sexto.- Delegaciones al Subgerente de Gestión de los Recursos Humanos de la Gerencia Regional de Administración y Finanzas: Delegar en el Subgerente de Gestión de los Recursos Humanos de la Gerencia Regional de Administración y Finanzas las siguientes facultades y atribuciones durante el año fiscal 2016: 6.1 En materia de gestión de los Recursos Humanos: 6.1.1 Autorizar la contratación del personal bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, conforme a lo establecido por el Decreto Legislativo N° 1057, su Reglamento y modificatorias así como las disposiciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR sobre la materia, siempre y cuando el monto de la contraprestación mensual sea menor a los Ocho mil nuevos soles 6.1.2 Autorizar el Desplazamiento de Personal, asignación, encargo, rotación reasignación, destaque, permuta, comisión de servicios y transferencia. 6.1.3 Disponer el ascenso, promoción, reingreso y reposición del personal del Gobierno Regional. 6.1.4 Suscribir las Resoluciones de Encargatura para los cargos de confianza en el Gobierno Regional de Ica, con excepción del Gerente General Regional, los Gerentes Regionales, Subgerentes y los Directores Regionales, en el Gobierno Regional de Ica. 6.1.5 Suscribir os contratos por prestación de servicios en las modalidades de Servicios Personales y suplencia. 6.1.6 Suscribir los contratos del personal contratado bajo el régimen del Contrato Administrativo de Servicios, a excepción de los funcionarios contratados bajo tal régimen contractual. Artículo Séptimo.- Delegaciones al Subgerente de Tecnologías de la Información de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial: Delegar en el Subgerente de Tecnologías de la Información de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la autorización para publicar mensual y detalladamente las estadísticas regionales, conforme al numeral 9) del artículo 29° del Reglamento de Organización y Funciones del Gobiernos Regional de Ica. Artículo Octavo.- Delegaciones generales a las Unidades de Organización del Gobierno Regional de Ica:

8.1 Delegar a los Directores Regionales respectivos la facultad de dirigir la ejecución y velar por el cumplimiento de los planes y programas del Gobierno Regional de Ica que hayan sido expresamente adscritos, constituidos, conformados u de otra forma asignado a sus Despachos, exclusivamente en el ámbito de su respectiva competencia funcional, conforme al numeral 5) del artículo 29° del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica 8.2 Delegar a los Gerentes Regionales respectivos la facultad de dirigir la ejecución y velar por el cumplimiento de los planes y programas del Gobierno Regional de la que hayan sido expresamente adscritos, constituidos, conformados y de otra forma asignado a su Despacho, exclusivamente en el ámbito de su respectiva competencia funcional, conforme al numeral 5) del artículo 29° del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica. Artículo Noveno- De las actuaciones realizadas Los funcionarios a los cuales se les ha delegado las facultades y atribuciones indicadas en los artículos 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8° y 9° de la presente Resolución, están obligados a dar cuenta mensualmente al Gobernador Regional respecto de las actuaciones derivadas de la delegación otorgada. Artículo Décimo.- De las observancia de requisitos legales La delegación de facultades a que se refiere la presente resolución comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo Décimo Primero.- La ejecución de lo dispuesto en la presente resolución no demandará recursos adicionales a los previstos en la entidad. Artículo Decimo Segundo.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", salvo disposición contraria prevista en la propia resolución. Artículo Decimo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica (www.regionica.gob.pe) y en el diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y cúmplase. FERNANDO CILLÓNIZ BENAVIDES Gobernador Regional 1347394-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE BREÑA
Declaran la restitución a funcionaria como Responsable del Libro de Reclamaciones de la Municipalidad Distrital de Breña
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 032-2016-MDB Breña, 12 de febrero de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE BREÑA VISTO: El Memorándum Nº 162-2016-GAF/MDB del 10.02.2016 de la Gerencia de Administración y Finanzas; sobre designación del responsable del Libro de Reclamaciones; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 08 de

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