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578765 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de febrero de 2016 El Peruano / Francisco Muñoz Cárdenas, quien presta servicios en dicha Dirección, a la ciudad de San Francisco, California, Estados Unidos de América, para que en representación de PROMPERÚ, participe en la referida feria, realizando acciones de promoción de exportaciones de importancia para el país; Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Javier Francisco Muñoz Cárdenas, a la ciudad de San Francisco, Estados Unidos de América, del 13 al 19 de marzo de 2016, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y apellidos Pasajes aéreos Clase Económica US $ Viáticos día US $ N° días Total Viáticos Javier Francisco Muñoz Cárdenas 1 192,00 440,00 6 2 640,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Javier Francisco Muñoz Cárdenas, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1348279-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal militar a Haití, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 046-2016-DE/ Lima, 23 de febrero de 2016 Visto, el Memorándum de Entendimiento entre la República Oriental del Uruguay y la República del Perú del 24 de febrero de 2015, para la participación de las Fuerzas Armadas de ambos países en la actividad operacional combinada, bajo el mandato de la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH) ratifi cado por Decreto Supremo N° 017-2015-RE, de fecha 13 de abril de 2015.