Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2016 (24/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Miércoles 24 de febrero de 2016 /

El Peruano

Ratifican el "Acuerdo Administrativo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de Canadá para la aplicación del Convenio de Seguridad Social entre la República del Perú y Canadá"
DECRETO SUPREMO Nº 013-2016-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo Administrativo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de Canadá para la aplicación del Convenio de Seguridad Social entre la República del Perú y Canadá" fue suscrito el 10 de abril de 2014, en la ciudad de Ottawa, Canadá; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo Administrativo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de Canadá para la aplicación del Convenio de Seguridad Social entre la República del Perú y Canadá", suscrito el 10 de abril de 2014, en la ciudad de Ottawa, Canadá. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Acuerdo Administrativo, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1348724-2

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2° de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase las "Enmiendas al Código Técnico relativo al control de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los motores diésel marinos (Código Técnico sobre los NOx 2008)" adoptadas por Resolución MEPC 177(58) de la Organización Marítima Internacional el 10 de octubre de 2008. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4° y 6° de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro de las referidas Enmiendas, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1348724-3

Ratifican el "Acuerdo entre la República del Perú y la Confederación Suiza sobre Exención mutua de visado para Titulares de Pasaportes Diplomáticos, Especiales o de Servicio Válidos"
DECRETO SUPREMO Nº 015-2016-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo entre la República del Perú y la Confederación Suiza sobre Exención mutua de visado para Titulares de Pasaportes Diplomáticos, Especiales o de Servicio Válidos" fue suscrito el 14 de diciembre de 2015, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo entre la República del Perú y la Confederación Suiza sobre Exención mutua de visado para Titulares de Pasaportes Diplomáticos, Especiales o de Servicio Válidos", suscrito el 14 de diciembre de 2015, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Acuerdo, así como la fecha de entrada en vigencia.

Ratifican las "Enmiendas al Código Técnico relativo al control de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los motores diésel marinos (Código Técnico sobre los NOx 2008)"
DECRETO SUPREMO Nº 014-2016-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, las "Enmiendas al Código Técnico relativo al control de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los motores diésel marinos (Código Técnico sobre los NOx 2008)" fueron adoptadas por Resolución MEPC 177(58) de la Organización Marítima Internacional el 10 de octubre de 2008; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;

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