Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2016 (24/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Miércoles 24 de febrero de 2016 /

El Peruano

Que, mediante Oficio Nº 117 ONUPER/OAMP de fecha 02 de diciembre 2014, el Consejero para Asuntos de Mantenimiento de la Paz en la Representación Permanente del Perú ante las Naciones Unidas, hace conocer al Viceministro de Políticas para la Defensa del Ministerio de Defensa, la propuesta uruguaya de que CIENTO SESENTA (160) efectivos del Perú podrían conformar parte del Batallón Uruguayo desplegado en el noreste de Haití (Mone Casse); Que, en relación al considerando precedente, el Director General de Relaciones Exteriores del Ministerio de Defensa mediante Oficio Nº 2717-2014-MINDEF/VPD/ B/01.d, de fecha 24 de diciembre de 2014, informa de la aceptación de la propuesta presentada por el Gobierno Uruguayo, para participar con CIENTO SESENTA (160) efectivos militares peruanos, como parte del Batallón Uruguayo desplegado en la Guarnición de Mone Casse al noreste de Haití; Que, es de suma importancia mantener el contacto con el personal militar que se encuentra cumpliendo una Misión en Operaciones de Paz de las Naciones Unidas ya que eleva la moral y se puede dar solución a sus necesidades más urgentes; así como, efectuar las coordinaciones con las autoridades de la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH) y del Batallón Uruguayo; Que, por razones del servicio el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas ha priorizado el viaje de DOS (2) integrantes del Equipo de verificación de la instalación, el funcionamiento y mantenimiento del personal y del material de la Compañía de Infantería Chanka en las instalaciones de la Guarnición de Mone Casse al noreste de la República de Haití; Que, el inciso 15) del Artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece como una de sus funciones: Supervisar y fomentar en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la participación de las Fuerzas Armadas en Operaciones de Paz, de conformidad con los objetivos de la Política de Seguridad y Defensa Nacional; Que, el inciso 4.7 del Artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1136, Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, establece que: El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas es el órgano encargado de planificar, coordinar y conducir la participación de las Fuerzas Armadas en las Operaciones de Paz; asimismo, el inciso 7.21 del artículo 7º, norma y supervisa la participación de las Fuerzas Armadas en los acuerdos y compromisos nacionales e internacionales asumidos por el Estado; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a la Base Mone Casse - República de Haití, del personal militar que se nombra en la parte resolutiva, a fin que realicen in situ la verificación de la instalación, el funcionamiento y mantenimiento del personal y del material de la Compañía Infantería Chanka, por cuanto los resultados a obtener redundarán en beneficio del personal y del Sector Defensa; Que, los gastos que ocasione la presenta autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 de la Unidad Ejecutora Nº 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/ SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias que reglamentan los viajes al exterior del Personal Militar

y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 0022015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a lo acordado por el Ministro de Estado en el Despacho de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del 29 de febrero al 04 de marzo de 2016, a las instalaciones de la Guarnición de "Mone Casse" ubicada al noreste de la República de Haití, del personal militar que se detalla a continuación, para realizar in situ la verificación de la instalación, el funcionamiento y mantenimiento del personal y del material de la Compañía Infantería Chanka desplegada en apoyo al Batallón de Uruguay, para la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH); de acuerdo al detalle siguiente:
- General División Oscar de Jesús RETTO Otero - Capitán de Navío AP Jorge Eduardo TEJADA Mazuelos CIP 111109400 00895787 DNI 07035636 09301956

Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes (Lima ­ Puerto Príncipe ­ Lima): US$. 1,800 x 2 personas (Incluye TUUA) Viáticos: US$.430.00 x 5 días x 2 personas Total: US$ 3,600.00 US$ 4,300.00 US$ 7,900.00

Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni los nombres de los participantes. Artículo 4°.- El Personal Militar comisionado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5°.-La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1348724-5

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Argentina, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 047-2016-DE/MGP Lima, 23 de febrero de 2016

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