Norma Legal Oficial del día 29 de febrero del año 2016 (29/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Lunes 29 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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que se refiere la Ley General de Educación Nº 28044, y promover su desarrollo cualitativo; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°30220, Ley Universitaria, se declaró en reorganización el SINEACE, autorizando al Ministerio de Educación a que mediante resolución ministerial constituya un Consejo Directivo Ad-Hoc para el Sistema, a fin de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del organismo y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de su reorganización; Que, el artículo 7° de la Resolución Ministerial N°3962014-MINEDU, modificado por Resolución Ministerial N° 269-2015-MINEDU, establece entre las funciones del Consejo Directivo Ad-Hoc, aprobar los planes, lineamientos, directivas y demás documentos de gestión para ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del SINEACE y los procesos en desarrollo; Que, con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad-Hoc N°093-2015-COSUSINEACE/CDAH-P, se aprobó la "Norma que define la estructura funcional no orgánica transitoria del Ente Rector del SINEACE"; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N°097-2015-COSUSINEACE/CDAH-P y sus modificatorias, se aprobó la "Norma que define la estructura de puestos del Ente Rector del SINEACE", estando dentro de ella la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Superior Universitaria, por lo que corresponde emitir el acto resolutivo designando al profesional que se hará cargo de dicha Dirección; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, Ley N° 30220, Ley Universitaria; y Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir del 1° de marzo 2016, al Doctor Víctor Ruperto Carrasco Cortez, en el cargo de Director de la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Superior Universitaria del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE. Artículo 2º.- Disponer que la presente resolución sea notificada a la persona indicada en el artículo precedente, así como a la Oficina de Recursos Humanos para los trámites correspondientes. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc SINEACE

Corte Superior de Justicia del Callao, mediante Oficio N°055-2016-UPD-CSJCL, de fecha 04 de febrero del 2016. y CONSIDERANDO: Que, es atribución del Presidente de la Corte Superior de Justicia dirigir la política interna de su Distrito Judicial, así como adoptar las medidas pertinentes, con la finalidad de brindar un eficiente servicio de administración de justicia, en aplicación de lo previsto en el numeral 3) del artículo 90° del Texto Único Ordenando de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Que la Ley N° 29783- Ley de Seguridad y Salud en el trabajo establece en su Artículo 48°, como Rol del empleador, lo siguiente: "el empleador ejerce un firme liderazgo y manifiesta su respaldo a las actividades de su empresa en materia de seguridad y salud en el trabajo; asimismo, debe estar comprometido a fin de promover y mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable en concordancia con la mejores prácticas y con el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo"; seguidamente en su artículo 49° precisa como obligaciones del empleador entre otros: "a) Garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores en el desempeño de todos los aspectos relacionados con su labor, en el centro de trabajo o con ocasión del mismo. b) Desarrollar acciones permanentes con el fin de perfeccionar los niveles de protección existentes. c) Identificar las modificaciones que puedan darse en las condiciones de trabajo y disponer lo necesario para la adopción de medidas de prevención de los riesgos laborales."(el resaltado es nuestro). Que, es así que durante las Visitas efectuadas a los distintos órganos jurisdiccionales que conforman esta Corte Superior de Justicia, se ha verificado que el incremento de la carga procesal y la limitación de ambientes disponibles en años anteriores, han originado situaciones de hacinamiento-entre otros- de las áreas donde funcionan los Juzgados Especializados en lo Penal del Callao; lo que a su vez ha limitado un debido mantenimiento de las mismas; situaciones que afectan ostensiblemente las condiciones de trabajo necesarias para los señores Magistrados y auxiliares Jurisdiccionales. Que, dicha situación debe ser revertida para brindar un adecuado servicio de impartición de justicia a los señores abogados y litigantes que acuden a nuestra sede judicial y asimismo garantizar un adecuado ambiente de trabajo que motive y estimule la labor diaria, así como otras afectaciones a la salud que los ambientes reducidos con poca ventilación producen. Que como primera acción, se dispuso mediante oficio N° 503-2016-P-CSJCL/PJ que se estructure un plan de trabajo para la adecuada distribución y ordenamiento, -entre otrosde los juzgados Penales de esta Corte Superior. Que, conforme a lo manifestado por el Administrador del Módulo Corporativo Penal de esta Corte Superior de Justicia, para dar solución en parte al problema, se han venido utilizando espacios que dejaron los órganos jurisdiccionales que fueron trasladados a la nueva sede ubicada en la Avenida Oscar R. Benavides con la Avenida Santa Rosa; pero además, propone otras acciones que considera deben implementarse para dar una solución integral a dicha problemática, conforme es de verse del contenido del oficio N°057-2016-AJP-CSJCL/PJ de la fecha, por lo que dicho aporte debe ser considerado atendiendo a las soluciones propuestas. Que, mediante oficio N°086-2016-GAD-CSJCL/ PJ, el Gerente de Administración Distrital, remite el proyecto de Distribución y Ordenamiento de los Órganos Jurisdiccionales elaborad os por la Unidad de Planificación y Desarrollo de esta Corte Superior; por lo que debe ser aprobado para que se ejecuten las tareas necesarias para tal efecto. Estando a las facultades conferidas a los Presidentes de Corte, en los numerales 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE:

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PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen la redistribución y reordenamiento de diversos Juzgados Especializados en lo Penal del Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N°58-2016-P-CSJC/PJ
Callao, 10 de febrero de 2016 VISTO: El Oficio N°057-2016-AJP-CSJCL/PJ, de la fecha, suscrito por el Administrador de los Juzgados Corporativos del Módulo Penal del Callao y el Proyecto "Plan de Trabajo de Distribución y Ordenamiento de los Órganos Jurisdiccionales", remitido por el Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Unidad Ejecutora de la

Artículo Primero: DISPONER la Distribución y Reordenamiento de los Juzgados Especializados en lo Penal del Callao de la Sede ubicada en la Avenida Dos de Mayo cdra. 5 S/N Callao, aprobándose para tal efecto el proyecto remitido por la Gerencia de Administración Distrital mediante oficio N° 086-2016-GAD-CSJCL/PJ. Artículo Segundo: DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital, adopte las medidas pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero;

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