Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2016 (09/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 398-2016-P-CSJLI/PJ Lima, 7 de julio de 2016 VISTOS Y CONSIDERANDOS:

NORMAS LEGALES
VISTA:

Sábado 9 de julio de 2016 /

El Peruano

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

La Resolución Administrativa N° 146-2016-CE-PJ, de fecha 15 de junio de 2016, publicada el 28 de junio del año en curso en diario oficial "El Peruano"; y , CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa de vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispone convertir, a partir del 1 de agosto de 2016, el 18° y 38° Juzgados Penales de la Subespecialidad Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, en 38° y 39° Juzgados de Trabajo de la misma Corte Superior respectivamente, los cuales completarán el Tercer Sub Módulo Corporativo Laboral para conocer los procesos de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; Que, la Resolución Administrativa citada dispone en su artículo Segundo que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, deberá ejecutar el proceso de redistribución del 18° y 38° Juzgados Penales Permanentes con subespecialidad Reos en Cárcel, los expedientes que al 31 de julio de 2016 no se encuentren expedientes para sentenciar ni cuenten con vista de causa, así como adoptar las medidas necesarias a fin de evitar el quiebre de procesos penales; Que, en mérito a lo indicado, corresponde a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, disponer las acciones administrativas respectivas a fin de dar cumplimiento a lo antes citado; Por lo expuesto, y en ejercicio de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER el CIERRE DE TURNO del 18° y 38° Juzgado Penal Permanente para procesos con Reos en Cárcel de Lima a partir de la publicación de la presente resolución administrativa. Artículo Segundo.- DISPONER a partir del día siguiente de publicación de la presente resolución administrativa al 31 de julio de 2016, la REDISTRIBUCIÓN de los expedientes que al 31 de julio de 2016 no se encuentren expeditos para sentenciar ni cuenten con vista de causa de los Juzgados citados, debiendo remitir al Centro de Distribución General (CDG) o Mesa de Partes correspondiente, la totalidad de sus expedientes para ser redistribuidos entre todos sus pares permanentes de manera aleatoria y equitativa, con sus escritos y cargos de notificación, debidamente cosidos y foliados en números y letras, adjuntando los cuadernos anexos completos bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- DISPONER que los escritos ingresados hasta un día antes de la publicación de la presente resolución administrativa, para los órganos jurisdiccionales señalados en el artículo primero, sean atendidos conforme a Ley, bajo responsabilidad; y que los escritos ingresados a partir de la publicación de la presente resolución administrativa, para los órganos jurisdiccionales señalados en el artículo primero, sean remitidos a los Juzgados correspondientes, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- DISPONER que las solicitudes de medidas cautelares y/o limitativas de derechos presentadas a partir de la publicación de la presente resolución administrativa a la Mesa de Partes correspondiente a los órganos jurisdiccionales señalados en el artículo primero, serán distribuidas en forma aleatoria, para su atención urgente, entre los órganos jurisdiccionales receptores a que refiere el mencionado artículo primero; salvo que tales solicitudes deriven de procesos materia de la presente redistribución, en cuyo supuesto se redistribuirán conjuntamente con éstos. La custodia de los depósitos judiciales estará a cargo de los Administradores de las Sedes Judiciales respectiva. Artículo Quinto.- DISPONER que aquellos cuadernos de incidentes o cautelares derivados de expedientes principales, que por cualquier razón se encuentren fuera del despacho de los órganos jurisdiccionales convertidos, serán remitidos a la Mesa de Partes correspondiente

Que, mediante el ingreso número 279036-2016, la doctora Norma Gregoria Farfán Osorio, Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Laboral Liquidadora Transitoria de Lima, solicita licencia sin goce de haber por el periodo del 12 al 22 de julio del presente año. Que, estando a lo expuesto, resulta necesario a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de la Segunda Sala Laboral Liquidadora Transitoria de Lima adoptar las medidas administrativas pertinentes, procediéndose a la designación de los Jueces conforme corresponda. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor SEGUNDO ORE DE LA ROSA CASTRO HIDALGO, Juez Titular del 14° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Laboral Liquidadora Transitoria de Lima a partir del día 12 de julio del presente año y mientras dure la licencia de la doctora Farfán Osorio, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Segunda Sala Laboral Liquidadora Transitoria Dr. Roberto Vílchez Dávila Presidente Dr. Benjamin Jacob Carhuas Cantaro (P) Dr. Segundo Ore De La Rosa Castro Hidalgo (P) Artículo Segundo.- DESIGNAR al doctor ALAN VLADIMIR CORTEZ MORENO, como Juez Supernumerario del 14° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima, a partir del día 12 de julio del presente año y mientras dure la promoción del doctor Castro Hidalgo. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura, Coordinación de Personal de esta Corte Superior, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1402533-2

Disponen el cierre de turno del 18° y 38° Juzgado Penal Permanente para procesos con Reos en Cárcel de Lima y emiten otras disposiciones
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 399-2016-P-CSJLI-PJ Lima, 5 de julio de 2016

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