Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2016 (01/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Miércoles 1 de junio de 2016 /

El Peruano

de 2016, para las acciones de recepción y acondicionamiento por parte de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ONPE, de las instituciones educativas públicas y privadas señaladas en la parte considerativa de la presente resolución, las mismas que servirán como local de votación para las Elecciones Generales convocadas para el domingo 05 de junio del presente año. Artículo 2.- Disponer que las autoridades educativas reprogramen las actividades académicas establecidas para dichas fechas, a fin de cumplir con las referidas actividades del periodo académico. Artículo 3.- Los Directores de las Instituciones Educativas son responsables de cautelar que la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ ONPE, entregue las instalaciones de las Instituciones Educativas luego del proceso de Elecciones Generales, en las mismas condiciones de conservación en que fueron cedidos. Artículo 4.- Las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces y las Unidades de Gestión Educativa Local, en el marco de sus atribuciones, supervisarán el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1387103-1

SALUD
Incorporan Anexos a la Directiva N° 201-MINSA/DGSP-V.01 Directiva Administrativa para la Certificación de Establecimientos de Salud Amigos de la Madre, la Niña y el Niño, aprobada por R.M N° 609-2014/MINSA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 353-2016/MINSA Lima, 27 de mayo del 2016 Visto, el Expediente N° 16-008565-006, que contiene el Informe N° 003-2016-EVN-DINEV-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud dispone que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas; Que, el artículo 4 de la precitada Ley dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tiene impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales a) y b) del artículo 5 de la Ley antes citada disponen que son funciones rectoras del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, el artículo 71 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016-SA, dispone que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, responsable de dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas en Salud Pública en materia de Prevención de Enfermedades No Transmisibles y Oncológicas; Salud Mental; Prevención y Control de la Discapacidad; Salud de los Pueblos Indígenas; Salud Sexual y Reproductiva, así como las correspondientes por Etapas de Vida; Que, el numeral 6.3 de la Directiva Administrativa N° 201-MINSA/DGSP-V.01 Directiva Administrativa para la Certificación de Establecimientos de Salud Amigos de la Madre, la Niña y el Niño, aprobada por Resolución Ministerial N° 609-2014/MINSA, establece entre otras etapas para la certificación como Establecimiento Amigo de la Madre, la Niña y el Niño, la Evaluación interna y la Evaluación externa; Que, a efecto de emitir dicha certificación, el Anexo 01 de la precitada Directiva Administrativa contempla como parte del proceso de medición para la certificación correspondiente, la entrevista al personal de la salud, así como a las usuarias (gestante, puérperas y madre de niños hasta 2 años), sin embargo no se cuentan con instrumentos estandarizados que permitan realizar las evaluaciones interna y externa;

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aceptan renuncia de Jefe de la Oficina General de Información Estadística y Estudios Socioeconómicos del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0132-2016-JUS Lima, 31 de mayo de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0210-2015JUS se designó al señor Pedro Enrique Noriega Barraza en el cargo de Director de Sistema Administrativo IV, Nivel F-5, Jefe de la Oficina General de Información Estadística y Estudios Socioeconómicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, el señor Pedro Enrique Noriega Barraza ha presentado su renuncia al mencionado cargo, por lo que corresponde emitir la resolución de aceptación de renuncia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29809; Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Pedro Enrique Noriega Barraza, como Director de Sistema Administrativo IV, Nivel F-5, Jefe de la Oficina General de Información Estadística y Estudios Socioeconómicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1387104-1

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