Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2016 (01/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Miércoles 1 de junio de 2016 /

El Peruano

se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, asimismo, el artículo 6 de la mencionada Ley dispone que todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confianza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que, el artículo 9 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR, establece que el empleador tiene la facultad para normar reglamentariamente las labores, dictar las órdenes necesarias para la ejecución de las mismas, entre otras; Que, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 90 y 91 del Reglamento Interno de Trabajo del Seguro Integral de Salud, aprobado por Resolución Jefatural Nº 192-2012/SIS y modificatorias, el Titular está facultado para establecer y efectuar los desplazamientos de personal que considere necesarios dentro de su operación; encontrándose previsto el encargo, entre tales desplazamientos; Que, el artículo 96 del referido Reglamento, define al encargo como la acción del personal que procede sólo en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directa; siendo que el artículo 97 de la precitada norma establece como requisitos para que proceda el encargo que éste se efectúe mediante Resolución Jefatural, sustentada en el artículo 9 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR y que, además, exista la plaza, se encuentre vacante y esté debidamente presupuestada; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 135-2016/SIS, se aceptan las renuncias de los médicos cirujanos Ana Elenia Chancasanampa Montalván, Otto Oliveros Suárez Angles y Rocio del Pilar Leiva Cerna, a los cargos de confianza de Gerentes Macro Regionales de las Gerencias Macro Regionales Centro, Sur y Oriente, respectivamente; asimismo, se da término al encargo de funciones de la médico cirujano Morayma Geronima Salazar Calero, como Directora de la Unidad Desconcentrada Regional Tacna; Que, estando a lo señalado en el considerando precedente, resulta conveniente efectuar las acciones de personal que correspondan, a fin de asegurar la operatividad de las Gerencias Macro Regionales Oriente, Centro y Sur, así como de la Unidad Desconcentrada Regional Tacna; Con el visto bueno del Secretario General, del Director General de la Oficina General de Administración de Recursos y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y los numerales 11.8 y 11.9 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la médico cirujano Morayma Geronima Salazar Calero en el cargo de confianza de Gerente Macro Regional de la Gerencia Macro Regional Sur del Seguro Integral de Salud. Artículo 2.- Encargar a la médico cirujano Morayma Geronima Salazar Calero, las funciones de Directora de la Unidad Desconcentrada Regional Tacna, en adición a sus funciones de Gerente Macro Regional de la Gerencia Macro Regional Sur. Artículo 3.- Encargar a la CPC Patricia Paola Gil Zamora, las funciones de Gerente Macro Regional de la Gerencia Macro Regional Oriente, en adición a sus funciones de Directora de la Unidad Desconcentrada Regional San Martín. Artículo 4.- Encargar al médico cirujano Walter Arturo Macavilca Peschiera, las funciones de Gerente Macro Regional de la Gerencia Macro Regional Centro,

en adición a sus funciones de Director de la Unidad Desconcentrada Regional Huánuco. Artículo 5.- Notificar la presente Resolución Jefatural al personal mencionado en el artículo precedente y a las unidades orgánicas del Seguro Integral de Salud para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer que la Secretaría General efectúe la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial "El Peruano" y, en coordinación con la Oficina General de Tecnología de la Información, en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese; JULIO SEGUNDO ACOSTA POLO Jefe del Seguro Integral de Salud 1386991-2

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Modifican la Directiva N° 001-2015-SINEACEPCDAH
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 064-2016-SINEACE/CDAH-P Lima, 30 de mayo de 2016 VISTOS: El memorándum Nº 074-2016-SINEACE/ST-DEAEBTP y el Informe N°018-2016/SINEACE/ST-DEA-EBTP, de fechas 6 y 20 de mayo del 2016 respectivamente, emitidos por la Directora de Evaluación y Acreditación de Educación Básica y Técnico Productiva del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 17.3 del artículo 17° del Reglamento de la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa -SINEACE, aprobado con Decreto Supremo N° 018-2007-ED, establece que a solicitud de las instituciones y programas educativos, se podrán reconocer procesos de acreditación realizados por agencias acreditadoras del extranjero, cuyas funciones sean compatibles con la naturaleza del SINEACE y tengan reconocimiento oficial en sus respectivos países o por el organismo internacional a que pertenecen; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 175-2015-SINEACE/ CDAH-P, de fecha 22 de diciembre de 2015, se aprobó el documento técnico normativo denominado "Directiva que regula el procedimiento para el reconocimiento de las acreditaciones realizadas a instituciones educativas, carreras, programas u opciones ocupacionales por agencias o redes acreditadoras del extranjero y nacionales vinculadas a agencias o redes acreditadoras internacionales"; Que, a través de los documentos de vistos, la Directora de Evaluación y Acreditación de Educación Básica y Técnico Productiva del SINEACE solicita se proceda a la modificación del formato N° 04 de la directiva antes indicada, atendiendo a que el mismo presenta error de redacción, proponiendo para tal efecto el nuevo texto que recoge la opinión de la Oficina de Asesoría Jurídica

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