Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2016 (01/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Miércoles 1 de junio de 2016 /

El Peruano

constitución, la cual estará conformada únicamente por representantes de las diversas categorías de asociados que tiene APDAYC, quienes no deberán ser miembros del Consejo Directivo suspendido, quedando como sigue: · Un representante de los asociados fundadores. · Un representante de los asociados principales. · Un representante de los asociados activos. · Un representante de los asociados vitalicios. · Un representante de los asociados pre-activos. · Un representante de los asociados expectantes. · Un representante conjunto de los herederos y de los autores administrados; y, · Un representante de las editoras. (iii) ENCARGÓ a la Secretaría Técnica de la Comisión de Derecho de Autor el desarrollo de un proceso electoral con la finalidad de elegir a los miembros de la Junta Administradora que actuarán en representación de los asociados y administrados de Asociación Peruana de Autores y Compositores (APDAYC). (iv) ORDENÓ la inscripción de la resolución en cuestión en el Registro de Infractores a la Legislación sobre el Derecho de Autor. (v) Puso en conocimiento del Ministerio Público la resolución en cuestión para los fines que estime pertinentes. Sexto.- Por las razones expuestas REVOCAR la Resolución N° 100-2014/CDA-INDECOPI de fecha 14 de febrero de 2014 en el extremo que dispuso poner en conocimiento la resolución en cuestión a las siguientes entidades: - La Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores (CISAC). - La Comisión de Fiscalización del Congreso de la República. - La Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural del Congreso de la República Séptimo.- Dejar FIRME la Resolución N° 100-2014/ CDA-INDECOPI de fecha 14 de febrero de 2014 en lo demás que contiene. Octavo.- Solicitar al Directorio del INDECOPI la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", pudiendo publicarse en el mismo la resolución completa o la parte resolutiva de la misma y el enlace a la misma en la página web de la institución (www. indecopi.gob.pe). Con la intervención de los Vocales: Néstor Manuel Escobedo Ferradas, Carmen Jacqueline Gavelan Díaz, Gonzalo Ferrero Diez Canseco y Ramiro Alberto del Carpio Bonilla NÉSTOR MANUEL ESCOBEDO FERRADAS Presidente de la Sala Especializada en Propiedad Intelectual
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CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29438, modifica el Art, 10° del Decreto Legislativo N° 502, estableciendo que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) publicará en el diario oficial "El Peruano" y difundirá por cualquier medio válido a su alcance, a los organismos del Estado y a cualquier persona natural o jurídica interesada, el primer día útil del mes siguiente al que corresponda y con carácter de norma legal, la variación mensual que haya experimentado el índice de Precios al Consumidor en el ámbito del nivel nacional y el índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana; Que, mediante Resolución Ministerial N° 685-2010EF/10, se designó a los integrantes de la Comisión Especial, conformada por tres representantes del Banco Central - BCRP; del Ministerio de Economía y Finanzas MEF y del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, encargada de fijar una metodología para construir un indicador estadísticamente confiable para la medición del índice de Precios al Consumidor (IPC) en el ámbito del nivel nacional; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, ha elaborado el cálculo del índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional, aplicando la metodología aprobada por la referida Comisión Especial, por lo que es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual del índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y del índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de mayo 2016 y la variación acumulada, así como aprobar su publicación en el Boletín Mensual; y Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de \| Indicadores Económicos y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional (Base: diciembre 2011 = 100) correspondiente al mes de mayo 2016, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada.
AÑO /MES 2016 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO 114,18 114,37 115,06 115,08 115,21 0,42 0,17 0,60 0,02 0,11 0,42 0,58 1,19 1,21 1,32 NÚMERO ÍNDICE BASE: Dic. 2011 VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA

Integrada mediante Resolución N° 133-2014/CDA-INDECOPI de fecha 26 de febrero de 2014 y aclarada mediante Resolución N° 284-2014/CDAINDECOPI de fecha 13 de mayo de 2014.

Artículo 2°.- Aprobar el índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana (Base: 2009 = 100), correspondiente al mes de mayo 2016, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada.
AÑO / MES 2016 ENERO 122,23 122,44 123,17 123,19 123,45 0,37 0,17 0,60 0,01 0,21 0,37 0,55 1,15 1,16 1,37 FEBRERO MARZO ABRIL MAYO NÚMERO ÍNDICE BASE: 2009 = 100 VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA

1387018-1

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Índices de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de mayo de 2016
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 186-2016-INEI Lima, 31 de mayo de 2016

Artículo 3°.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información Oficial del índice de Precios Promedio Mensual al Consumidor a Nivel Nacional, y del

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