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589961 NORMAS LEGALES Domingo 19 de junio de 2016 El Peruano / D.A. Nº 007-2016-DA-MDMM.- Aprueban “La Implementación progresiva del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección S electiva de Residuos Sólidos Domiciliarios del Distrito de Magdalena del Mar “ 590049 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA R.A. Nº 091-2016-ALC/MDPP .- Declaran aprobada la habilitación urbana de oficio de terreno rústico ubicado en el distrito 590050 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Ordenanza Nº 477-MDR-2016.- Aprueban el Reglamento de Prácticas Saludables para la Prevención y Control del Dengue, Chikungunya y Zika en el distrito 590051PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO R.A. Nº 606-2016-MPC-AL.- Encargan funciones de Gerente de Ejecución Coactiva, dependiente de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas 590053 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANTA Acuerdo Nº 066-2016-GM-MPA.- Autorizan viaje de Regidores a Chile, en comisión de servicios 590053 PODER EJECUTIVO COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes del MINCETUR a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 189-2016-MINCETUR Lima, 15 de junio de 2016CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, y sus modi fi catorias; el Sector Comercio Exterior y Turismo tiene la responsabilidad de elaborar y ejecutar los planes y programas nacionales sectoriales de desarrollo en materia de integración; asimismo representa al Perú en los foros y organismos internacionales de comercio y esquemas de integración y actúa como órgano de enlace entre el Gobierno Peruano y los organismos internacionales de integración y de comercio internacional, en el ámbito de su competencia, llevando a cabo negociaciones en materia de comercio exterior e integración; Que, el MINCETUR viene participando activamente en la Alianza del Pací fi co, integrada por Colombia, Chile, Perú y México, con el objetivo de conformar un área de integración que asegure la plena libertad para la circulación de bienes, servicios, capitales y personas, así como consolidar una plataforma económica común hacia el mundo, especialmente hacia el Asia; los países miembros se encuentran representados por los Ministerios responsables de Comercio Exterior y de Relaciones Exteriores y han realizado reuniones a nivel presidencial, ministerial y del Grupo de Alto Nivel – GAN, así como reuniones de los Grupos Técnicos y de Grupos de Expertos; Que, en la ciudad de Puerto Varas, República de Chile, del 27 de junio al 01 de julio de 2016, se llevarán a cabo las reuniones de los Coordinadores Nacionales de la Alianza del Pací fi co, del GAN, con los Estados Observadores, del Consejo de Ministros y la XI Cumbre Presidencial de la Alianza del Pací fi co; para reuniones se ha previsto una agenda de trabajo, a fi n de continuar con el desarrollo de más acuerdos en distintas disciplinas, para consumar la libre circulación de bienes, servicios, personas y capitales entre sus Países Miembros y profundizar aún más su integración; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice su viaje, para participar en la Reunión del GAN como representante del Perú por el sector comercio exterior, y prestar apoyo técnico a la Titular del Sector durante las Reuniones del Consejo de Ministros, con los Estados Observadores y en la XI Cumbre Presidencial; Que, asimismo, solicita la autorización de viaje del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director General de Negociaciones Comerciales Internacionales, y de un grupo de profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR asistan a las referidas reuniones brindando soporte técnico, y coordinen con las delegaciones de los demás países miembros; Que, es necesario encargar las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior y de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, en tanto duren las ausencias de sus titulares; Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio