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589969 NORMAS LEGALES Domingo 19 de junio de 2016 El Peruano / Código Incumplimiento Cali fi cación ConsecuenciaMedidas preventivas aplicables según corresponda C.4c El incumplimiento de cualquiera de las condiciones de acceso y permanencia previstas en los siguientes artículos:Artículo 38Artículo 39Artículo 40Artículo 41 numerales41.1.8, 41.2.2, 41.2.3, 41.2.4, 41.2.5, 41.2.6, 41.3.2, 41.4 y 41. 5Artículo 42 numerales42.1.3, 42.1.9, 42.1.11, 42.1.13, 42.1.14,42.1.20, 42.1.22, 42.1.24 y 42.2.4Artículo 44Artículo 45 numerales45.1. 2 y 45. 1.4Artículos 55Artículo 76que no se encuentren tipi fi cadas como infracciones.Leve Suspensión de la autorización por 60 días para prestar el servicio de transporte terrestre.Suspensión precautoria de la autorización para prestar servicios de transporte en la ruta o del servicio especial de personal, o del servicio de transporte privado de personas o del servicio si se trata de transporte de mercancías o mixto. (…)» «ANEXO 2 TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES a) Infracciones contra la Formalización del Transporte Código Infracción Cali fi cación ConsecuenciaMedidas preventivas aplicables según corresponda F.1 INFRACCIÓN DE QUIEN REALIZA ACTIVIDAD DE TRANSPORTE SIN AUTORIZACIÓN, CON RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DEL PROPIETARIO DEL VEHÍCULO Prestar el servicio de transporte de personas, de mercancías o mixto, sin contar con autorización otorgada por la autoridad competente o en una modalidad o ámbito diferente al autorizado.Muy grave Multa de 1 UIT. Retención de la licencia de conducir.Internamiento preventivo del vehículo. (…) F.6INFRACCION DEL CONDUCTOR Obstruir la labor de fi scalización en cualesquiera de los siguientes casos: a) Negarse a entregar la información o documentación correspondiente al vehículo, a su habilitación como conductor, al servicio que presta o actividad de transporte que realiza, al ser requerido para ello. b) Brindar información no conforme, a la autoridad competente, durante la fi scalización con el propósito de hacerla incurrir en error respecto de la autorización para prestar el servicio, de la habilitación del vehículo o la del conductor. c) Realizar maniobras evasivas con el vehículo para evitar la fi scalización. d) Incurrir en actos de simulación, suplantación u otras conductas destinadas a hacer incurrir en error a la autoridad competente respecto de la autorización para prestar el servicio, o respecto de la habilitación del vehículo o la del conductor.Muy Grave Suspensión de la licencia de conducir por noventa (90) días calendario. Multa de 0.5 UITRetención de la licencia de conducir Artículo 2.- Incorporaciones al Reglamento Nacional de Administración de Transporte Incorpórense el numeral 49.5 al artículo 49; los numerales 100.4.3.8 y 100.4.3.9 al artículo 100; los numerales 112.1.14, 112.1.15 y 112.2.4 del artículo 112 y los códigos de infracción F.7 e I.8 al Anexo 2 de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Reglamento Nacional de Administración de Transporte aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC; en los términos siguientes: «Artículo 49.- Normas generales (…) 49.5 Cuando una autoridad distinta a aquella que otorgó la autorización, detecte la presunta comisión de una infracción relacionada a la prestación del servicio en una modalidad y/o ámbito distinto al autorizado, deberá comunicarlo a la entidad que otorgó tal autorización para las acciones legales que correspondan; sin perjuicio del procedimiento sancionador que, de ser el caso, se inicie.»«Artículo 100.- Sanciones administrativas (…)100.4.3.8 Suspensión de la licencia de conducir por noventa (90) días calendario. 100.4.3.9 Cancelación de la licencia de conducir e inhabilitación de fi nitiva para obtener nueva licencia. (…)» «Artículo 112.- Retención de licencia de conducir 112.1 La retención de la Licencia de Conducir puede ser efectuada por la autoridad competente, incluida la PNP, y procede en los siguientes casos: (…) 112.1.14 Por atentar contra la integridad física del inspector durante la realización de sus funciones. 112.1.15 Por prestar el servicio de transporte de personas, de mercancías o mixto, sin contar con