Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2016 (28/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 128

591102 PROVINCIAS

NORMAS LEGALES

Martes 28 de junio de 2016 /

El Peruano

de Desarrollo Humano, Social y Económico, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Ordenanza, la misma que tendrá las siguientes atribuciones y/o funciones: (...) ATRIBUCIONES Y/O FUNCIONES: GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO, SOCIAL Y ECONÓMICO: / Área de sanidad animal · Participar en la elaboración de la estrategia de asistencia técnica de sanidad animal para realizar acciones de sanidad animal para la asistencia técnica en la prevención y control de enfermedades parasitarias a nivel local. En función a esta estrategia las municipalidades definirán su intervención. · Proponer los principales ámbitos de su jurisdicción y principales enfermedades parasitarias por especie (en bovinos, ovinos caprinos, camélidos sudamericanos domésticos) que se presentan con mayor agresividad en el ámbito local, priorizando las poblaciones con mayores riesgos. · Proponer la programación física y financiera para la actividad de prevención y control de enfermedades parasitarias a nivel local y elevar a la Oficina de planificación y presupuesto o quien haga sus veces para su evaluación y tramite según corresponda para su aprobación. · Elaborar el padrón de productores pecuarios de su jurisdicción. · Elaborar manuales y procedimientos metodológicos para ejecución de acciones de prevención y control de enfermedades parasitarias a nivel local bajo el asesoramiento técnico del Servicio Nacional de Sanidad Agraria. · Coordinar y participar para la aprobación del Plan Operativo Institucional incluyendo las tareas para acciones de sanidad animal para la asistencia técnica en la prevención y control de enfermedades parasitarias a nivel local. · Capacitación a ejecutores (Médicos veterinarios, técnicos pecuarios, Ingenieros Zootecnistas, promotores pecuarios) de la práctica privada. · Capacitar a los productores pecuarios para realizar acciones de sanidad animal para la asistencia técnica en la prevención y control de enfermedades parasitarias a nivel local. · Realizar acciones de difusión: Impresos, avisos radiales, televisivos, medios de informáticos (correo electrónico, página web y redes sociales) de campaña de tratamiento de enfermedades parasitarias. · Aplicar buenas prácticas pecuarias en la crianza de sus animales (aplicación de antiparasitarios). · Seguimiento y evaluación del tratamiento de los animales según Plan Operativo Institucional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Oficina General de Administración, Oficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Desarrollo Humano, Social y Económico, el seguimiento a la modificación de los instrumentos de gestión municipal según corresponde, para el cumplimiento de lo dispuesto por la presente Ordenanza; Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza Municipal; Artículo Cuarto.- ESTABLECER que la presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en concordancia al artículo 44º de la Ley 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades; Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Unidad de Informática y Sistemas, la publicación del íntegro de la presente Ordenanza, en la página web de la institución Municipal (www.munisayan.gob.pe) y en el portal del Estado Peruano (www.perú.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN
Aprueban la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad, incorporando la función de sanidad animal
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2016-MDS/A Sayán, 22 de junio de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYÁN POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAYÁN VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 0103-2016-MDS/OPP, de fecha 21 de junio de 2016, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, donde se sustenta la necesidad de modificar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), a fin de incorporar la función de sanidad animal para la asistencia técnica en prevención y control de enfermedades parasitarias a nivel local, a la Gerencia de Desarrollo Humano, Social y Económico; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, referida al saneamiento, salubridad y salud, en subtítulo 2, de funciones específicas compartidas de las municipalidades provinciales, numeral2.3, menciona proveer los servicios de saneamiento rural cuando estos no puedan ser atendidos por las municipalidades distritales o las de los centros poblados rurales, y coordinar con ellas para la realización de campañas de control de epidemias y sanidad animal; y en el subtítulo 4. Funciones específicas compartidas de las municipalidades distritales, en el numeral 4.2, menciona proveer los servicios de saneamiento rural y coordinar con las municipalidades de centros poblados para la realización de campañas de control de epidemias y control de sanidad animal; Que, de acuerdo al numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar Ordenanzas; Estando a lo expuesto y contando con la aprobación por unanimidad del Concejo municipal en Pleno, en el Cumplimiento de las facultades conferidas por el numeral 8) del Art. 9º y los Artículos 39º,40º y 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; se aprobó por UNANIMIDAD la siguiente norma: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) INCORPORANDO LA FUNCION DE SANIDAD ANIMAL PARA LA ASISTENCIA TÉCNICA EN PREVENCIÓN Y CONTROL DE LAS ENFERMEDADES PARASITARIAS A NIVEL LOCAL A LA GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO, SOCIAL Y ECONÓMICO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) incorporando la función de sanidad animal para la asistencia técnica en prevención y control de enfermedades parasitarias a nivel local, a la Gerencia

FÉLIX VÍCTOR ESTEBAN AQUINO Alcalde 1397382-1

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