Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2016 (28/06/2016)
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TEXTO DE LA PÁGINA 122
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NORMAS LEGALES
Martes 28 de junio de 2016 /
El Peruano
REGIONAL DE MOQUEGUA para los estudiantes que demuestren Alto Rendimiento Académico y Deportivo y representen a la Región Moquegua en competencias oficiales en el Ámbito Nacional e Internacional. Artículo Segundo.- DEL FINANCIAMIENTO: De los recursos generados mediante el contrato establecido con Urbi Propiedades, por el ALQUILER del área materia del contrato, propiedad del Gobierno Regional de Moquegua, por la suma de 8 dólares el metro cuadrado, hasta el periodo de recuperación, cuyo destino a ser priorizado será para los estudiantes que demuestren Alto Rendimiento Académico y Deportivo, así mismo para fines de apoyo al desarrollo económico y social de la Región. Artículo Tercero.- DE LA REPRESENTACIÓN Los alumnos (as) elegidos para representar al Gobierno Regional Moquegua fuera de la jurisdicción, deberán contar con el apoyo y financiamiento del presupuesto que aprueba en la presente norma. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Crease un Directorio Regional para la administración conformado por 6 integrantes del Departamento de Moquegua, los mismos que deberán Reglamentar la administración y usos del Fondo Regional de Apoyo Económico y Social en un plazo de 30 días hábiles a la Publicación de la Presente. Lo conforman: 1.- Dos Representantes del Gobierno Regional de Moquegua. 2.- Un Representante del Gerencia Regional de Educación. 3.- Un Representante del Instituto Peruano del Deporte. 4.- Un Representante del Instituto Nacional de Cultura. 5.- Un Representante de la Defensoría del Pueblo, en calidad de veedor. 6.- Un Representante del Consejo Regional, en calidad de veedor. Segunda.- Disponer al Ejecutivo del Gobierno Regional y la Gerencia Regional de Planificación, Presupuesto, Acondicionamiento territorial, Dirección Regional Administración, el cumplimiento de la presente Norma. Tercera.- Publicar la presente Norma en el Diario El Peruano, y el Portal de la página Web del Gobierno Regional de Moquegua. GINA ALICIA VALDIVIA VELEZ Consejera Delegada Consejo Regional Moquegua POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Moquegua, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil catorce. MARTIN A. VIZCARRA CORNEJO Presidente Regional 1397429-1
fecha 07 de abril del 2016, el Pleno del Consejo Regional aprobó el Dictamen Nº 07-2016-COPPAT-CR-GRM presentado por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º y 192º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establecen, respectivamente, que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, la Ley Nº 27867, ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su artículo 13º, indica que el Consejo Regional "Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (...)", asimismo, en el Artículo 15º en su literal b), establece como atribución del Consejo regional, aprobar el Plan de Desarrollo Regional concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulación entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinación Regional; Que, el mismo cuerpo legal en su artículo 32º, define que "La gestión del Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, así como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobados de conformidad con las políticas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente"; Que, la Ley Nº 28059, ley Marco de la Inversión Descentralizada en su artículo 11º inciso b) establece que el Plan de Desarrollo Regional Concertado y el Presupuesto Participativo deberán de ser concertados con los Alcaldes Provinciales y representantes de la sociedad civil regional en el Consejo de Coordinación Regional y luego aprobado en el Consejo Regional mediante Ordenanza Regional"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM, del 22 de junio del 2011, se aprobó el Plan Bicentenario Perú al 2021, disponiendo que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajustarán sus Planes Estratégicos a los objetivos estratégicos de desarrollo Nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021; por lo que con Decreto Supremo Nº 089-2011-PCM, del 29 de noviembre del 2011, se autoriza al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CEPLAN, iniciar el proceso de actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, Plan Bicentenario 2021, señalando asimismo que el proceso de actualización, se realizará mediante la coordinación multisectorial, interinstitucional e intergubernamental; Que, mediante Informe Nº 026-2016-GRPPAT/ G.R.MOQ, el Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Moquegua remite el Plan de Desarrollo Regional Concertado Moquegua hacia el 2021, el mismo que ha sido socializado con las Municipalidades y Sociedad Civil, conforme se tiene de las actas de presentación y validación en las tres provincias y diversas reuniones del equipo Técnico, así como ante la Sociedad Civil a través del PPR; Que, mediante Informe Nº 111-2016-DRAJ/ GR.MOQ, el Director Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Moquegua remite el Informe Nº 47-2016-JFZZ-DRAJ/GR.MOQ que opina que se prosiga con el trámite de aprobación del Plan de Desarrollo Regional Concertado Moquegua hacia el 2021; Por lo que, en uso de sus atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; el Reglamento Interno del Consejo, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2011-CR/GRM; el Consejo Regional de Moquegua, con el voto por Mayoría de sus miembros y con dispensa del trámite de aprobación del acta ha aprobado la:
Aprueban el Plan de Desarrollo Regional Concertado Moquegua hacia el 2021
ORDENANZA REGIONAL Nº 04-2016-CR/GRM 7 de abril del 2016 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en Sesión Ordinaria Nº 04-2016-CR/GRM, de