Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2016 (28/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 122

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NORMAS LEGALES

Martes 28 de junio de 2016 /

El Peruano

REGIONAL DE MOQUEGUA para los estudiantes que demuestren Alto Rendimiento Académico y Deportivo y representen a la Región Moquegua en competencias oficiales en el Ámbito Nacional e Internacional. Artículo Segundo.- DEL FINANCIAMIENTO: De los recursos generados mediante el contrato establecido con Urbi Propiedades, por el ALQUILER del área materia del contrato, propiedad del Gobierno Regional de Moquegua, por la suma de 8 dólares el metro cuadrado, hasta el periodo de recuperación, cuyo destino a ser priorizado será para los estudiantes que demuestren Alto Rendimiento Académico y Deportivo, así mismo para fines de apoyo al desarrollo económico y social de la Región. Artículo Tercero.- DE LA REPRESENTACIÓN Los alumnos (as) elegidos para representar al Gobierno Regional Moquegua fuera de la jurisdicción, deberán contar con el apoyo y financiamiento del presupuesto que aprueba en la presente norma. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Crease un Directorio Regional para la administración conformado por 6 integrantes del Departamento de Moquegua, los mismos que deberán Reglamentar la administración y usos del Fondo Regional de Apoyo Económico y Social en un plazo de 30 días hábiles a la Publicación de la Presente. Lo conforman: 1.- Dos Representantes del Gobierno Regional de Moquegua. 2.- Un Representante del Gerencia Regional de Educación. 3.- Un Representante del Instituto Peruano del Deporte. 4.- Un Representante del Instituto Nacional de Cultura. 5.- Un Representante de la Defensoría del Pueblo, en calidad de veedor. 6.- Un Representante del Consejo Regional, en calidad de veedor. Segunda.- Disponer al Ejecutivo del Gobierno Regional y la Gerencia Regional de Planificación, Presupuesto, Acondicionamiento territorial, Dirección Regional Administración, el cumplimiento de la presente Norma. Tercera.- Publicar la presente Norma en el Diario El Peruano, y el Portal de la página Web del Gobierno Regional de Moquegua. GINA ALICIA VALDIVIA VELEZ Consejera Delegada Consejo Regional Moquegua POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Moquegua, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil catorce. MARTIN A. VIZCARRA CORNEJO Presidente Regional 1397429-1

fecha 07 de abril del 2016, el Pleno del Consejo Regional aprobó el Dictamen Nº 07-2016-COPPAT-CR-GRM presentado por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º y 192º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establecen, respectivamente, que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, la Ley Nº 27867, ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su artículo 13º, indica que el Consejo Regional "Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (...)", asimismo, en el Artículo 15º en su literal b), establece como atribución del Consejo regional, aprobar el Plan de Desarrollo Regional concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulación entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinación Regional; Que, el mismo cuerpo legal en su artículo 32º, define que "La gestión del Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, así como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobados de conformidad con las políticas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente"; Que, la Ley Nº 28059, ley Marco de la Inversión Descentralizada en su artículo 11º inciso b) establece que el Plan de Desarrollo Regional Concertado y el Presupuesto Participativo deberán de ser concertados con los Alcaldes Provinciales y representantes de la sociedad civil regional en el Consejo de Coordinación Regional y luego aprobado en el Consejo Regional mediante Ordenanza Regional"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM, del 22 de junio del 2011, se aprobó el Plan Bicentenario Perú al 2021, disponiendo que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajustarán sus Planes Estratégicos a los objetivos estratégicos de desarrollo Nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021; por lo que con Decreto Supremo Nº 089-2011-PCM, del 29 de noviembre del 2011, se autoriza al Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, iniciar el proceso de actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, Plan Bicentenario 2021, señalando asimismo que el proceso de actualización, se realizará mediante la coordinación multisectorial, interinstitucional e intergubernamental; Que, mediante Informe Nº 026-2016-GRPPAT/ G.R.MOQ, el Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Moquegua remite el Plan de Desarrollo Regional Concertado Moquegua hacia el 2021, el mismo que ha sido socializado con las Municipalidades y Sociedad Civil, conforme se tiene de las actas de presentación y validación en las tres provincias y diversas reuniones del equipo Técnico, así como ante la Sociedad Civil a través del PPR; Que, mediante Informe Nº 111-2016-DRAJ/ GR.MOQ, el Director Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Moquegua remite el Informe Nº 47-2016-JFZZ-DRAJ/GR.MOQ que opina que se prosiga con el trámite de aprobación del Plan de Desarrollo Regional Concertado Moquegua hacia el 2021; Por lo que, en uso de sus atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; el Reglamento Interno del Consejo, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2011-CR/GRM; el Consejo Regional de Moquegua, con el voto por Mayoría de sus miembros y con dispensa del trámite de aprobación del acta ha aprobado la:

Aprueban el Plan de Desarrollo Regional Concertado Moquegua hacia el 2021
ORDENANZA REGIONAL Nº 04-2016-CR/GRM 7 de abril del 2016 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en Sesión Ordinaria Nº 04-2016-CR/GRM, de

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