Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2016 (28/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 115

El Peruano / Martes 28 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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Titular de la Fiscalía Suprema de Control Interno, propone la designación de la doctora Nimia Nélida Borrero Pulache de Valiente, Fiscal Superior Provisional, como Jefa de la Oficina Desconcentrada de Control Interno del Distrito Fiscal de Sullana; Que, mediante Acuerdo N° 4331 adoptado en Sesión Extraordinaria de fecha 22 de junio de 2016, la Junta de Fiscales Supremos acordó aprobar la propuesta formulada por el Fiscal Supremo de Control Interno, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la doctora MARÍA VIOLETA DE LAMA VILLASECA, Fiscal Superior Provisional, como Jefa de la Oficina Desconcentrada de Control Interno del Distrito Fiscal de Sullana, materia de la Resolución de Junta de Fiscales Supremos Nº 090-2014-MP-FN-JFS de fecha 14 de octubre de 2014. Artículo Segundo.- Designar a la doctora NIMIA NÉLIDA BORRERO PULACHE DE VALIENTE, Fiscal Superior Provisional, como Jefa de la Oficina Desconcentrada de Control Interno del Distrito Fiscal de Sullana. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Despacho de la Fiscalía de la Nación, a la Fiscalía Suprema de Control Interno, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Sullana, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Gerencia Central de Potencial Humano y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 1397723-13

atención de otras necesidades de bienes y servicios ya programados, a pesar de contar con otras opciones que no generan gasto alguno a la Institución; Que, estando en implementación progresiva la vigencia del Nuevo Código Procesal Penal, aprobado por el Decreto Legislativo N° 957, que establece en su artículo 128°, que cuando se ignore el lugar donde se encuentra la persona que deba ser notificada, la resolución se le hará saber por edicto que se publicará en el Diario Oficial de la sede de la Corte Superior o a través del Portal o página web de la Institución, sin perjuicio de las medidas convenientes para localizarlo; Que, resulta necesario modificar, lo dispuesto en el artículo 46° del Reglamento mencionado en el primer considerando, a fin de adecuar la necesidad de publicación de los edictos con la asignación de los recursos institucionales; Estando a lo propuesto y contando con los vistos de la Oficina Central de Planificación y Presupuesto, Oficina de Asesoría Jurídica, Gerencia Central de Logística, y de la Gerencia General y; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR, el artículo 46° del "Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones entre Autoridades", aprobado por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 5476-2014-MPFN, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 46°. Diligenciamiento de la Notificación: Las notificaciones por edicto que determine publicar el Fiscal a cargo del caso, cuando se ignore el lugar donde se encuentra la persona que deba ser notificada, deberán efectuarse a través de la página web del Ministerio Público, excepcionalmente, cuando exista mandato judicial expreso y en el caso en que no sea posible, por las condiciones tecnológicas y la lejanía de la dependencia fiscal, el Fiscal podrá disponer la notificación por edicto a través del Diario Oficial o el de mayor circulación de la circunscripción del Distrito Fiscal, previa disponibilidad presupuestal aprobada a través de la Gerencia General o Gerencia Administrativa en las Unidades Ejecutoras, debiendo fijar el edicto en el mural de la fiscalía y en los sitios que aseguren su mayor difusión, debiendo constar en acta las fechas en que se exhibieron. En todos los casos, la publicación se efectuará por un periodo de tres (03) días hábiles consecutivos, incorporando como acreditación en la carpeta fiscal las constancias de la publicación vía web emitidas por el personal del área encargada o, de ser el caso, el primer y el último ejemplar de las publicaciones realizadas en los diarios". Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina Central de Tecnologías de la Información la publicación y difusión de la presente Resolución en la Página Web de la Institución. Artículo Cuarto.- Lo dispuesto en la presente Resolución entrará en vigencia a partir del tercer día hábil de su publicación en la página web de la Institución. Artículo Quinto.- REMITIR copia de la presente Resolución aprobada a las Presidencias de la Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales, Gerencias Administrativas de las Unidades Ejecutoras, Gerencia General, Oficina Central de Planificación y Presupuesto, Oficina Central de Tecnologías de la Información y a la Oficina de Asesoría Jurídica. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1397736-1

Modifican el "Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones entre Autoridades"
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2916-2016-MP-FN Lima, 24 de junio de 2016 VISTOS: El Oficio N° 595-2016-MP-FN-GG de la Gerencia General y Oficio N° 648-2016-MP-FN-GG-OCPLAP/03 de la Oficina Central de Planificación y Presupuesto, relacionados con la notificación por edictos, y; CONSIDERANDO: Que, la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 5476-2014-MP-FN, del 29 de diciembre de 2014, aprobó el "Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones entre Autoridades", con la finalidad de garantizar la validez, eficacia, oportunidad, transparencia y eficiencia en las actuaciones fiscales, así como, garantizar la seguridad y bienestar de los ciudadanos; Que, las dependencias Fiscales vienen solicitando la publicación de notificaciones por edicto a través del Diario Oficial de la sede del Distrito Fiscal y de otro de mayor circulación durante tres días consecutivos, afectando la disponibilidad presupuestal al no contar con los recursos suficientes para cubrir dicha demanda y por tanto tener que disponer de los recursos destinados para la

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