Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2016 (12/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Sábado 12 de marzo de 2016 /

El Peruano

Aprueban transferencia de Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones otorgada mediante R.M. Nº 308-2009-MTC/03, a favor de Tecnojess S.A.
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 898-2015-MTC/03 Lima, 30 de diciembre de 2015 VISTA, la solicitud presentada mediante Expediente Nº 2015-073225 por la empresa B & Q SERVICIOS TECNOLOGICOS S.A.C., para la aprobación de la transferencia de su concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, a favor de la empresa TECNOJESS S.A.C.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 308-2009MTC/03 de fecha 21 de abril de 2009, se otorgó a la empresa B & Q SERVICIOS TECNOLOGICOS S.A.C. concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico; suscribiéndose el respectivo Contrato de Concesión el 15 de julio de 2009; Que, con Resolución Directoral Nº 359-2009-MTC/27 de fecha 15 de julio de 2009, se inscribió en el Registro de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, a favor de la empresa B & Q SERVICIOS TECNOLOGICOS S.A.C., el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico; y, se aprobó la Ficha de Inscripción No. 161; Que, mediante el expediente de Vista, la empresa B & Q SERVICIOS TECNOLOGICOS S.A.C. solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la aprobación de la transferencia de la Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, otorgada por Resolución Ministerial Nº 308-2009-MTC/03, a favor de la empresa TECNOJESS S.A.C.; Que, el artículo 51º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que "los derechos otorgados por el Estado (...) (concesiones, autorizaciones, licencias y permisos) son intransferibles, salvo autorización previa del Ministerio (...)", señalando, además, que "la inobservancia de esta condición produce la resolución de pleno derecho del contrato de concesión o la anulación automática en el caso de autorizaciones, permisos y licencias"; Que, el artículo 117º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, establece que "(...) las concesiones y las asignaciones de espectro relativas a aquéllas son intransferibles total o parcialmente, salvo aprobación previa y expresa del Ministerio, la cual será formalizada mediante resolución viceministerial"; Que, la Cláusula Décima del Contrato de Concesión Única suscrito con la empresa B & Q SERVICIOS TECNOLOGICOS S.A.C., aprobado por Resolución Ministerial Nº 308-2009-MTC/03, referida a las limitaciones de la cesión de posición contractual, transferencia de la concesión o reorganización societaria, establece que "LA CONCESIONARIA no podrá ceder la posición contractual derivada del presente Contrato, ni podrá transferir o gravar, arrendar ni usufructuar, total o parcialmente, bajo ningún título, los derechos, intereses u obligaciones que de él se deriven o de EL REGISTRO, ni realizar actos de reorganización societaria, con excepción de la transformación, sin la previa aprobación expresa y por escrito de EL MINISTERIO, quien podrá denegarlo sólo por causa justificada (...)";

Que, mediante Informe Nº 2011-2015-MTC/27, la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones opina que, habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para aprobar la transferencia de concesión para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa B & Q SERVICIOS TECNOLOGICOS S.A.C. respecto a la transferencia de la Concesión Única que le fuera otorgada por Resolución Ministerial Nº 308-2009-MTC/03, a favor de la empresa TECNOJESS S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y sus modificatorias; el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones otorgada a la empresa B & Q SERVICIOS TECNOLOGICOS S.A.C. por Resolución Ministerial Nº 308-2009-MTC/03, a favor de la empresa TECNOJESS S.A.C. Artículo 2º.- Aprobar la Adenda al Contrato de Concesión Única, mediante la cual se formaliza la transferencia descrita en el artículo precedente, y autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones a suscribir la adenda en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3º.- Reconocer a la empresa TECNOJESS S.A.C. como nuevo titular de la Concesión Única otorgada por Resolución Ministerial Nº 308-2009MTC/03, a partir de la fecha de suscripción de la Adenda a que se refiere el artículo precedente, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la referida Concesión Única. Artículo 4º.- La presente resolución quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda a la cual se refiere el artículo 2º de la presente Resolución, no es suscrita por la empresa B & Q SERVICIOS TECNOLOGICOS S.A.C. y la empresa TECNOJESS S.A.C., en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1354934-1

Otorgan autorizaciones a personas naturales para prestar servicios de radiodifusión en FM en localidades de diversos departamentos
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 310-2016-MTC/03 Lima, 23 de febrero de 2016

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