Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2016 (17/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Jueves 17 de marzo de 2016 /

El Peruano

n) Participar en la formulación del programa de inversión de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional, así como en el seguimiento y monitoreo de su ejecución. o) Gestionar y administrar la información sobre proyectos, actividades y la base de datos en el ámbito de su competencia, así como atender las solicitudes de información requeridas p) Informar a la Dirección Ejecutiva sobre el avance de los programas, proyectos y actividades a su cargo. q) Participar en la elaboración, actualización y propuesta de directivas y normas técnicas en materias de su competencia, en coordinación con la Dirección de Normatividad Vial de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. r) Promover la investigación tecnológica relacionada a materias de su competencia, con el apoyo de las universidades y en coordinación con la Dirección de Estudios Especiales de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. s) Elaborar y expedir resoluciones de Gerencia sobre asuntos de su competencia. t) Proponer, elaborar y visar proyectos de Resoluciones Directorales, contratos, adendas y convenios, en lo que corresponda a materias de su competencia. u) Emitir informes y documentos que requiera la Procuraduría Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en los procesos administrativos, judiciales y arbitrales cuando se soliciten, en materias de su competencia. v) Brindar información y apoyo a la Unidad Gerencial de Supervisión y Calidad, para desarrollar acciones de supervisión y calidad de los proyectos y actividades bajo su competencia. w) Coordinar con las Unidades Zonales las acciones materia de su competencia. x) Las demás funciones que le asigne el Director Ejecutivo, en el ámbito de su competencia Artículo 46.- La Unidad Gerencial de Puentes e Intervenciones Especiales está a cargo de un Gerente, que es designado por el Viceministro de Transportes, depende jerárquicamente del Director Ejecutivo de PROVIAS NACIONAL y mantiene relaciones funcionales y de coordinación con los órganos del Proyecto. UNIDAD GERENCIAL DE DERECHO DE VIA Artículo 47.- La Unidad Gerencial de Derecho de Vía es responsable de las tareas relacionadas con los aspectos técnicos, administrativos y legales vinculados con la liberación y saneamiento físico-legal del derecho de vía, su preservación y la gestión del Patrimonio Vial que conforma la Red Vial Nacional a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 48.- La Unidad Gerencial de Derecho de Vía tiene las siguientes funciones:

a) Conducir las acciones y organizar la custodia y vigilancia del derecho de vía en coordinación con la Unidad Gerencial de Conservación y a través de las Unidades Zonales. b) Efectuar el seguimiento y monitoreo a las acciones de preservación del derecho de vía, velando porque los distintos involucrados desarrollen las actividades conducentes a su preservación en el marco de sus competencias. c) Gestionar y coordinar el proceso de defensas posesorias y realizar las intervenciones que correspondan en coordinación con la Unidad Gerencial de Conservación, el Contratista-Conservador, Contratistas, Concesionarios, la Procuraduría Pública del MTC y las Unidades Zonales. d) Participar y emitir opinión sobre los estudios de afectaciones prediales ­ PACRI en coordinación con la Unidad Gerencial de Estudios. e) Implementar los Planes de Compensación y Reasentamiento Involuntario - PACRI , gestionar Certificados de Inexistencia de Restos Arqueológicos CIRA, Planes de Monitoreo Arqueológico (PMA) y otros, para la liberación de las áreas que serán afectadas por el derecho de vía, en la ejecución de proyectos de infraestructura de transporte relacionada con la Red Vial Nacional, competencia del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional- PROVÍAS NACIONAL o incluida en Contratos de Concesión. f) Realizar las actividades para la actualización e implementación de los PACRI, la gestión para liberar las interferencias de los servicios públicos y otros que se encuentren dentro del Derecho de Vía, respecto de los Contratos de Concesión de los proyectos de infraestructura de transporte que comprenden la Red Vial Nacional, otorgados o a ser otorgados al sector privado bajo concesión o cualquier otra forma que involucre una relación contractual de mediano a largo plazo. g) Realizar el saneamiento físico-legal de los predios liberados y progresivamente del derecho de vía que conforman la Red Vial Nacional a cargo del MTC, en coordinación con la Oficina de Administración. h) Otorgar las autorizaciones para la colocación de avisos no publicitarios dentro del derecho de vía de la infraestructura de transporte relacionada con la Red Vial Nacional, en el ámbito de su competencia y de acuerdo a la normativa vigente. i) Otorgar las autorizaciones para el uso del derecho de vía de la infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional, en coordinación con la Unidades Zonales; conforme a la normativa vigente. j) Suministrar información actualizada del Margesí del Patrimonio Vial de la Red Vial Nacional a cargo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL, a las unidades orgánicas competentes del MTC, así como gestionar la base de datos correspondiente. k) Proveer la información necesaria sobre las rutas de la Red Vial Nacional a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, para actualizar el Registro Nacional de Carreteras- RENAC del Sistema Nacional de CarreterasSINAC.

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN

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